Estos son los beneficios tributarios que Ocampo propone acabar
Crédito: Yamith Mariño
Exenciones que había por la catástrofe del Armero, por antiguas, y las que otorgaba la economía naranja, por injustificadas, hacen parte de la lista de derogaciones que busca el ministro de Hacienda en su reforma tributaria.
Las reformas tributarias siempre traen al final el famoso artículo de “vigencia y derogatorias” en el que se anuncia que la tributaria empieza a regir desde que el presidente la convierte en ley, y se listan los artículos, parágrafos y números de lista que se deben eliminar del estatuto tributario para que no entren en conflicto con las nuevas normas que se aprueben, o porque son medidas que ya no valen.
En la reforma de Ocampo, este artículo es más corto que en proyectos anteriores y además anuncia la eliminación de algunos beneficios tributarios creados para incentivar a ciertos sectores o proteger actividades.
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Las derogatorias incluyen el fin de las reducciones en el pago de impuesto a la renta para el sector hotelero, que ya se había anunciado desde la tributaria de 2021. Estas son: no pago de renta durante 30 años para los hoteles que se construyan o remodelen y no pago de renta por 20 años para actividades de ecoturismo.
Otro beneficio que se acaba -y que había pasado de agache desde 1985- es el que exime de impuestos la venta de inmuebles en la zona de influencia del volcán Nevado del Ruiz, una medida útil hace 37 años cuando la erupción del nevado ocasionó la catástrofe de Armero, pero sin mucho sentido en la actualidad.
En línea con lo anunciado por el gobierno, las exenciones tributarias para las actividades de la denominada economía naranja, que se iniciaron en 2019, también se eliminan, así como el beneficio de las megainversiones.
También se termina para los cafeteros la posibilidad de descontar hasta el 40 por ciento de su renta líquida gravable (es decir de los ingresos sobre los que efectivamente se les va a cobrar el impuesto) como compensación por el pago de los salarios a sus jornaleros, así como los demás gastos y deducciones por las que deben responder por tener empleados, ya que esta se considera un costo más de producción en la cosecha de café.
Además, las empresas ya no podrían descontar en sus declaraciones de renta las contribuciones que hacen a nombre de sus empleados para fondos mutuos de ahorro e inversión, ni para los fondos que administran las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
Y como ya pasó la crisis por la pandemia de COVID-19, también se eliminan las exenciones tributarias para las empresas que apoyen las labores de vacunación contra este virus.
Los apostadores tampoco se salvan. Quienes ganen sus apuestas en hipódromos o canódromos y reciban menos de 410 UVT, es decir menos de 15,6 millones de pesos, también pagarán el impuesto a las ganancias ocasionales.
Esta lista también incluye los ya discutidos beneficios para la gasolina en zonas de frontera, que por ahora no paga IVA ni sobretasa, y empezaría a pagar estos impuestos; y las disposiciones sobre el Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica, que se creó en 1997. Sobre este último tema, José Antonio Ocampo advirtió que la intención del gobierno no era perjudicar las industrias del libro y del cine, motivo por el cual, durante la discusión en el Congreso, él y su equipo estaban dispuestos a corregir esos errores.