Los indígenas narcos que querían evadir la extradición
20 Mayo 2022

Los indígenas narcos que querían evadir la extradición

En los últimos tres años, una decena de indígenas acusados de narcotráfico buscaron salvarse de la extradición resguardándose en su derecho a ser juzgados por sus respectivas comunidades.

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Por Carlos Obregón

La esposa de Álvaro Leonel Ordóñez García, miembro del Resguardo Indígena de Ipiales, solo se enteró de que este andaba en el negocio de narcotráfico a las seis de la mañana del 21 de enero de 2020, cuando hombres de la Fiscalía llegaron a su casa a preguntar por él y le dijeron que quedaba detenido con fines de extradición. El indictment reportó el envío de 1.200 kilos del alcaloide realizado entre marzo y diciembre de 2018, motivo por el cual las autoridades de Estados Unidos lo andaban reclamando para ser juzgado por la Corte de La Florida.

Ordóñez, a través de sus abogados, alegó que él ya había sido juzgado en el cabildo indígena por ese delito, y que, en consecuencia, la extradición no procedía. 

El artículo 246 de la Constitución les reconoce a los pueblos indígenas el ejercicio de funciones jurisdiccionales. Esto quiere decir que los cabildos indígenas tienen la potestad de juzgar y castigar a miembros de su resguardo de acuerdo con sus propias leyes. Cobijándose bajo esta excepcionalidad, Ordóñez intentaba evitar la extradición, basado en el principio de que nadie puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos.

La Corte Suprema de Justicia, que es el organismo encargado de autorizar o no la extradición, revisó el caso y descubrió que los argumentos del cabildo indígena, que demostraban que Ordóñez ya había sido juzgado, eran “abstractos, genéricos y gaseosos” y no tenían nada que ver con los delitos imputados, motivo por el cual le dio vía libre a la extradición.

Un magistrado que participó en el estudio de la solicitud, pero que prefirió mantener su nombre en reserva, le comentó a Cambio que en los últimos años ha aumentado el número de casos en que indígenas acusados por delitos de tráfico de drogas acuden al amparo de sus fueros legales para evitar ser enviados a pagar condenas en el exterior. Sin embargo, en muchos casos lo que ha habido es un intento de burlar la justicia ordinaria, aprovechándose de un vacío legal que no permite saber a ciencia cierta qué tipo de delitos puede conocer la jurisdicción indígena y cuáles la justicia ordinaria.

Según fuentes de la Corte Suprema, los narcotraficantes han utilizado este vacío a su favor. Enterados de que van a ser extraditados, los imputados buscan armar un proceso en la jurisdicción indígena para librarse de la extradición, o buscan ser trasladados de las cárceles ordinarias a los centros de armonización de los resguardos, donde pueden fácilmente evadir la pena. 

En los últimos tres años, más de una decena de indígenas buscaron sin éxito burlar la justicia ordinaria con argumentos que la Corte consideró insuficientes, bien porque no demostraron pertenecer a ningún cabildo en el momento en que cometieron el delito, bien porque habían sido juzgados en el cabildo por delitos distintos de los que se les acusaba. 

Los expedientes de los imputados describen varias de las modalidades usadas por los delincuentes para impedir la extradición.

La maleta de La Gorda

Kevin Alejandro Ruiz Vivas, alias la Gorda, miembro del resguardo indígena de Tumburao, Cauca, era oficial de la Dirección de Antinarcóticos, en Bogotá, cuando el 24 de mayo de 2018 fue detenido por la Fiscalía, acusado de pertenecer a una red de narcotraficantes que operaba en el aeropuerto El Dorado, donde Ruiz ejercía su trabajo. 

El indicment revela que Ruiz fue cómplice de un cargamento de dos kilos de heroína y 20 kilos de cocaína que viajaron en una maleta desde Bogotá hasta República Dominicana el 14 de febrero de 2017. 

Tras su captura, Ruiz buscó que el cabildo de Tumborao lo juzgara según sus propias leyes, y, tras un proceso expedito, recibió una pena de seis años en una finca de armonización y resocialización. Sin embargo, la Corte demostró que Ruiz había sido juzgado después de la solicitud de extradición, y que, por lo tanto, la solicitud imperaba sobre el proceso indígena. Así, el 12 de diciembre de 2019, la Gorda fue enviado a Estados Unidos a comparecer por sus delitos.

Lanchas rápidas repletas de coca

Sócrates Gabriel Barros Fince –alias Chunchún o el Indio– fue detenido en Valledupar el 29 de marzo de 2021, acusado de participar en el envío de más de 3.500 kilos de cocaína a Estados Unidos por las rutas de República Dominicana y Puerto Rico. El cabildo indígena de Portete, Alta Guajira, intercedió por él, alegando que los hechos se habían registrado en territorio ancestral y no en aguas internacionales, y que, por lo tanto, tenía derecho a que se le juzgara en el cabildo. La Corte Suprema no solo rechazó el argumento sino que recriminó duramente a las autoridades ancestrales por “utilizar la jurisdicción indígena para tramitar procesos amañados con la finalidad de evitar el juzgamiento de conductas que trascienden la territorialidad”. En efecto, el delito de narcotráfico es considerado un delito trasnacional.

Algo similar ocurrió con Javier Velásquez Ipuana. El 15 de julio de 2018, la autoridad de la comunidad de Jotomana (wayuu) le armó un proceso por llevar estupefacientes en Uribia y le impuso una pena de cinco años de encierro y el sometimiento a rituales de sanación. Pero “portar estupefacientes” era poco. Según la Corte de La Florida, Velásquez intentaba llevar cerca de 400 kilos de cocaína a Estados Unidos utilizando lanchas rápidas. El 21 de abril de 2017, fue interceptado por la Marina Real de los Países Bajos y la Guardia Costera de los Estados Unidos a unas 100 millas náuticas al norte de La Guajira. La Sala concluyó que los delitos por los cuales fue solicitado en extradición Velásquez Ipuana eran muy diferentes a los que su comunidad le impuso como castigo. En pocas palabras, el castigo que le impuso el cabildo fue por portar estupefacientes en Uribia, mientras que la extradición se había solicitado por traficar en aguas internacionales. 

El indígena que no demostró serlo

En abril de 2018, Pablo Ricardo Quiñones fue pedido por España en extradición, por los delitos de tráfico de drogas y blanqueo de capitales. Quiñones actuaba desde España con otros presuntos narcotraficantes para llevar cocaína a los Países Bajos, desde Ecuador, entre 2015 y 2016, a través de cargamentos de flores. En su defensa, alegó que tenía derecho a ser procesado por la jurisdicción indígena del Alto San Jorge (Córdoba), que ya le había adelantado una investigación. Pero la Corte conceptuó que Quiñones no había demostrado pertenecer al resguardo Zenú, ni que los hechos habían ocurrido en territorio ancestral, como era más que evidente.

Una pequeña diferencia de conceptos

En noviembre de 2016, la DEA empezó a seguir de cerca a una organización que operaba en Colombia, Ecuador, Guatemala, Costa Rica y México, y –se sospechaba¬ surtía a los carteles mexicanos. La operación produjo la incautación de 39.000 kilogramos de cocaína y 90.5 gramos de heroína, en la que terminó involucrado Ligio Giraldo Belalcázar Portilla.

Aunque el resguardo de Siona Yo’ Corobé de Bajo Santa Elena, en Puerto Asís (Putumayo), solicitó suspender el trámite contra Belalcázar, a quien castigó por ocho años, la Corte halló que esa condena estaba “motivada en conductas punibles totalmente diferentes a las expuestas” por el gobernador indígena.  En otras palabras, el cabildo expuso a la Corte que Belalcázar había sido sancionado por permitir el paso de hombres armados por los territorios del resguardo, así como por llevar y traer dinero del Ecuador; pero la Corte puso de presente que sus autoridades no lo castigaron por otra acusación: hacer parte de una organización trasnacional dedicada a distribuir cocaína en los Estados Unidos, cargos por los cuales fue solicitado en extradición el 24 de octubre de 2019.

Un indígena tardío

Darly Rodrigo Sánchez Ruiz –alias Don Rodrigo– fue delatado por varios hombres con los que hizo negocios para enviar droga a Estados Unidos desde el Pacífico entre 2015 y 2017, y por eso lo reclamó Estados Unidos en febrero 2018. En un intento por evadir la extradición, Sánchez Ruiz aseguró que era miembro del resguardo La Laguna, Siberia, en Caldono (Cauca), donde se hizo procesar por  “desarmonización del territorio en actividad ilícita de concertación de personas para delinquir, y narcotráfico”. El cabildo condenó a Sánchez a siete años el 16 de junio de 2019. Sin embargo, la Corte conceptuó que Sánchez solo había podido demostrar su carácter indígena en 2019, una fecha posterior a los delitos, y que no había podido demostrar que hubiera estado integrado efectivamente a la comunidad aborigen en ejercicio de sus creencias y principios. 

El hombre que se salvó

Entre todos estos imputados, hubo uno que sí pudo salvarse de la extradición por su condición de indígena. A José María Yama Guacanés lo conocían en el mundo del tráfico de drogas como José Elías Guerrón Ponce o Cucho.

Según su indictment, este indígena había gestionado 400 kilogramos de cocaína, 49 granadas y tres lanzagranadas antitanque que se cargaron en una avioneta en una pista en Ipiales. Por eso el Distrito Sur de Nueva York pidió, el 14 de diciembre de 2015, que se le detuviera con fines de extradición.

¿Cómo se salvó? Antes de que la Corte decidiera sobre su extradición, el 30 de octubre de 2016 el resguardo indígena de San Juan lo condenó a diez años. Los jueces ancestrales consideraron que este hombre, con apenas dos años de escuela, había sido “utilizado como mensajero” por un “patrón” que lo manipuló. La Sala Penal consideró que Yama Guacanés había sido juzgado en Colombia por la jurisdicción indígena, y negó la solicitud.  

El vacío legal

Cuando la Constitución del 91 creó la Jurisdicción Indígena, advirtió que esta jurisdicción tendría que armonizarse con la jurisdicción ordinaria de acuerdo a la ley. Pero esto no ha sucedido. A falta de una ley estatutaria que armonice ambas jurisdicciones, para saber qué tipo de delitos pueden ser juzgados por la Indígena y cuáles por la Ordinaria, ha sido la Corte Constitucional, por medio de sus sentencias, la que ha sentado jurisprudencia respecto de proteger el derecho a la identidad cultural y la autonomía de las comunidades indígenas. 

Hasta hace algunos años, la Corte Suprema había sido más o menos flexible frente a los delitos que eran juzgados por la Jurisdicción Indígena. Sin embargo, el aumento de casos en los que, por pura viveza, los narcotraficantes la han utilizado para evadir la justicia ordinaria ha obligado a la Corte a ponerles más atención. De paso, esta ‘malicia indígena’ pone sobre el tapete la urgencia de que haya una ley estatutaria que le permita a la justicia ordinaria actuar con mayor libertad en casos tan graves como el narcotráfico.

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