¿Qué hacer y dónde denunciar un caso de acoso o abuso laboral en Colombia?
1 Diciembre 2022

¿Qué hacer y dónde denunciar un caso de acoso o abuso laboral en Colombia?

Si considera que sus derechos como trabajador están siendo vulnerados en la empresa donde labora, esta información le interesa.

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A propósito del caso en el que una extrabajadora denunció retrasos de hasta dos años en el pago de su liquidación y desprotección en sus derechos de seguridad social por parte de la empresa Jon Sonen, CAMBIO les cuenta a qué rutas puede recurrir si identifica que está siendo víctima de abuso o acoso laboral.

La ley colombiana define al acoso laboral como “toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia de este”.

Para clarificar si las conductas que usted considera están por fuera de la ley son acoso laboral, la ley 1010 de 2006 fijó seis modalidades de este para estandarizar las denuncias:

  • Maltrato laboral: Todo acto de violencia contra la integridad física o moral, la libertad física o sexual y los bienes de quien se desempeñe como empleado o trabajador; toda expresión verbal injuriosa o ultrajante que lesione la integridad o los derechos a la intimidad y al buen nombre de quienes participen en una relación de trabajo.
  • Persecución laboral: Toda conducta cuyas características de reiteración o evidente arbitrariedad permitan inferir el propósito de inducir la renuncia del empleado o trabajador, mediante la descalificación, la carga excesiva de trabajo y cambios permanentes de horario que puedan producir desmotivación laboral.
  • Discriminación laboral: Todo trato diferenciado por razones de raza, género, edad, origen familiar o nacional, credo religioso, preferencia política o situación social que carezca de toda razonabilidad desde el punto de vista laboral.
  • Entorpecimiento laboral: Toda acción para obstaculizar el cumplimiento de la labor con perjuicio para el trabajador. Constituyen acciones de entorpecimiento laboral, entre otras, la privación, ocultación o inutilización de los insumos, documentos o instrumentos para la labor y la destrucción o pérdida de información.
  • Inequidad laboral: Asignación de funciones a menosprecio del trabajador.
  • Desprotección laboral: Toda conducta tendiente a poner en riesgo la integridad y la seguridad del trabajador mediante órdenes o asignación de funciones sin el cumplimiento de los requisitos mínimos de protección y seguridad para el trabajador.

Según el Ministerio de Trabajo, menoscabar el autoestima y la dignidad de un empleado también hace parte del acoso o abuso laboral. 

¿Qué hacer si quiero denunciar?

El primer paso será agotar las instancias que sean pertinentes en la empresa que lo contrata. Puede ser el departamento de recursos humanos o una oficina de bienestar institucional, en caso de que en la compañía no existan estas dependencias, informe con detalle a una persona con una posición jerárquica la situación que lo aqueja.

Si no hay solución a la vista, deberá remitir la queja al MinTrabajo. Los canales de atención de esta cartera para radicar denuncias por acoso laboral son las líneas telefónicas (601) 3779999 Opción 2, si está en Bogotá y la línea nacional gratuita 018000 112518. También puede ampliar su queja a través de www.mintrabajo.gov.co.

Recuerde contar en detalle la situación que usted considera en acoso laboral y adjuntar pruebas como documentos o fotos, si las tiene.

El inspector de trabajo que reciba la queja deberá estudiar el caso y remitir a un juez de trabajo de la República el caso para que sancione, si así lo encuentran necesario.

Cuando la víctima del acoso laboral es un servidor público, la competencia para conocer de la falta disciplinaria corresponde a la Procuraduría o a las Salas Jurisdiccional Disciplinaria de los Consejos Superior y Seccionales de la Judicatura.

Por otro lado, el MinTrabajo está en facultades de adelantar actuaciones administrativas para que la empresa denunciada tenga que avanzar en medidas correctivas y preventivas para evitar nuevas situaciones que atenten contra los derechos de los trabajadores.

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