El reversazo de la Corte en el caso de la esposa de Iván Moreno y el ‘carrusel de contratos de Bogotá’
8 Septiembre 2022

El reversazo de la Corte en el caso de la esposa de Iván Moreno y el ‘carrusel de contratos de Bogotá’

Lucy Elvira Luna, esposa del exsenador Iván Moreno Rojas.

Aunque hace dos meses la Corte Suprema de Justicia anuló la condena en contra de Lucy Elvira Luna, por el carrusel de la contratación, el alto tribunal acaba de admitir un error y volvió a condenarla por esos hechos.

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La Corte Suprema de Justicia admitió que tuvo "un error de cálculo” al revisar la pena que el Tribunal Superior de Bogotá le había impuesto a Lucy Elvira Luna Albarracín, esposa del exsenador Iván Moreno Rojas; y que ese error llevó a que, hace apenas dos meses, declarara “equivocadamente” la prescripción de la acción penal y anulara la condena que había dictado el Tribunal Superior de Bogotá en su contra, como responsable del delito de concusión en el caso del ‘carrusel de contratos’.

Así las cosas, la Corte ratificó que Lucy Elvira Luna es responsable –en calidad de cómplice– de concusión, que no ha pasado el tiempo suficiente para la prescripción y que, por eso, debe ser condenada.

Sin embargo, como la Corte dice que Lucy Elvira Luna no es interviniente sino cómplice del delito de concusión (lo cual significa que fue cómplice de las coimas que se pagaron a funcionarios por los contratos en la época de la Alcaldía de Samuel Moreno), le baja la condena de ocho años y medio de prisión (impuesta por el Tribunal Superior de Bogotá) a seis años y dos meses de prisión. Además, contrario a la decisión anterior, le da el beneficio de casa por cárcel por considerar que no representa peligro para la comunidad y que no evadirá el cumplimiento de la pena.

 

“En este caso, desde el 24 de abril de 2013, fecha en que se realizó la audiencia de imputación, al 22 de septiembre de 2021, en que se aprobó la sentencia de segunda instancia, habían transcurrido ocho años, cuatro meses y 28 días, término inferior a nueve años cuatro meses y 15 días, que se requiere para que la acción penal prescriba (…) Igualmente no se puede mantener el monto de la pena que el tribunal le asignó a Lucy Elvira Luna Albarracín como interviniente, pues en la decisión se analizó en detalle que su intervención fue a título de cómplice”, dice el documento.

Para profundizar

El proceso penal contra Lucy Elvira Luna Albarracín ha tenido una insólita cantidad de ‘reversazos’. Un juez de primera instancia la absolvió del proceso por el que estuvo en juicio, durante años, como interviniente del delito de concusión. Entonces, la Fiscalía apeló y, en septiembre de 2021, el Tribunal Superior de Bogotá revocó esa sentencia y la condenó a ocho años y cinco meses de prisión, sin beneficio de casa por cárcel. Ante el nuevo panorama, su abogado interpuso una impugnación especial para que la Corte revisara el caso; y el 29 de junio de este año, la Corte dijo que la esposa de Iván Moreno no era interviniente en los hechos, sino cómplice, y que, como el tiempo de su condena debía ser más bajo, el delito había prescrito, es decir, ya había superado el tiempo límite para ser investigada y condenada por los hechos.


No siendo suficiente, hoy la Corte dice que cometió un error de cálculo y que no han pasado los nueve años y cuatro meses que exige la ley, por lo que revierte la decisión y condena a Lucy Elvira Luna por ser cómplice del ‘carrusel de contratos’.

La Fiscalía demostró que Luna es responsable del constreñimiento que se hizo a Miguel Eduardo Nule Velilla para que le entregara, a la empresa que ella designara, dos áreas libres de disposición en la vía Bogotá-Girardot, para construir dos estaciones de servicio. Incluso, dice la investigación que esta mujer amenazó a los primos Nule con evitar que les fueran entregados nuevos proyectos urbanísticos en la capital, si no cumplían con los compromisos de la red de corrupción.

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