Fiscal Barbosa no pagó seguridad social de empleadas de la Fiscalía que llevó a su casa
16 Diciembre 2022

Fiscal Barbosa no pagó seguridad social de empleadas de la Fiscalía que llevó a su casa

El fiscal general, Francisco Barbosa, aceptó que empleadas contratadas para el aseo de la Fiscalía trabajaron en su casa, pero omitió los pagos que debió hacerles por ley.

Crédito: Foto: Yamith Mariño

Aunque el fiscal general dijo en una entrevista que el personal de aseo contratado por y para la Fiscalía sí trabajó en su casa, pero que lo hizo en sus días libres y que él les pagó por esos servicios, CAMBIO constató que no las contrató como lo exige la ley.

Por: Sylvia Charry

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CAMBIO tuvo acceso a los certificados de aportes al Sistema de Seguridad Social de las dos empleadas de servicios generales que hacían parte de la planta de personal de la empresa UT SOLOASEO- EMINSER y que, a pesar de que habían sido contratadas para labores de aseo y cafetería de la Fiscalía, terminaron trabajando en la casa del fiscal general, Francisco Barbosa. Según esos documentos, la única empresa que les pagó la seguridad social fue la contratada por la Fiscalía. Es decir, el fiscal Barbosa, que aceptó en una entrevista que las dos mujeres trabajaron en su casa, pero en sus “días libres” y que les pagó “con recursos propios”, no las contrató con todos los requisitos que exige la ley.

 

Hace unas semanas, CAMBIO reveló varios documentos y testimonios que probaban periodísticamente que Dora Priscila Muñoz Parra, quien tenía el cargo de operaria, y Sara Inés Segura Ortega, quien tenía el de operaria de aseo y cafetería, terminaron trabajando en la casa del fiscal Barbosa y él no tuvo más remedio que aceptarlo. Uno de los documentos, por ejemplo, se titula “Personal del despacho 2022” y fue elaborado el 31 de enero de este año por Egidio Fajardo Ariza, quien es agente de Protección y Seguridad IV y, para ese momento, estaba asignado al esquema de seguridad del fiscal general de la nación.

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“La Fiscalía nunca ha pagado ningún bien o servicio personal del fiscal ni de su familia. Esas personas no eran ni son servidoras públicas ni están ni estaban en la planta de la Fiscalía, no devengan salario de la entidad. Trabajaban por turnos en una empresa privada que contrató la institución. Efectivamente, ellas, como personas privadas y por fuera de cualquier jornada en la institución, ayudaron en mi casa con el trasteo y se les pagó con recursos de la familia. Usted dirá por qué se hizo. Porque esas personas son altamente confiables, superaron todos los estudios de seguridad. No podía tener en mi casa a personas que no dieran esa tranquilidad. Le repito: esas personas eran de una empresa privada sin vínculos con la Fiscalía, no eran funcionarias, trabajaron en sus días libres con una remuneración que se hizo con recursos propios. No hay nada ilegal, ético o moral. Absolutamente nada. No hay ningún aspecto fraudulento, no hay circunstancia extraña, no hay desviación de recursos públicos, como lo certificó la misma Fiscalía General de la Nación”, dijo en Semana.

 

Sin embargo, no hay nada más alejado de la realidad. Las relaciones de trabajo en Colombia, específicamente, las obligaciones de las partes, están reguladas en el artículo el 58 del Código Sustantivo del Trabajo y, las mismas, fueron reiteradas en una circular del Ministerio del trabajo del pasado 27 de enero del 2022. Ese código exige que, además de pagarles los días trabajados, el empleador haga los respectivos aportes a la seguridad social (pensión, ARL, salud) como corresponde. El fiscal Barbosa no lo hizo así.

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En el caso de Dora Muñoz, según las planillas de los aportes, la empresa Eminser fue la única que hizo aportes a su salud, pensión y ARL (riesgos laborales), en 2021 y en 2022, la única empresa que pagó su seguridad social fue SEASIN.


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En el caso de Sara Inés Segura, el único aportante en 2021 fue EMINSER y en 2022, fue Eminser y Limpieza Institucional Lasu.


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En ninguno de los casos aparecen aportes adicionales al Sistema de Seguridad Social de estas dos empleadas de servicios generales que, hasta por lo menos marzo de este año, trabajaron en la casa del fiscal Barbosa. Es decir, no hay evidencia de que el fiscal las haya contratado legalmente en sus días libres. Para expertos en el tema, eso no sólo sería una indelicadeza, sino que podría acarrearle al fiscal general sanciones y multas.

“Frente a las consecuencias, el no pago de seguridad social por parte de empleadores podría llevar a sanciones no solo en la Unidad de Pensiones y Parafiscales (UGPP) sino que el Ministerio de Trabajo puede abrir investigaciones e imponer sanciones por omitir el pago de las obligaciones, en cuanto a la cotización en seguridad de los trabajadores. Estos empleadores que omiten la obligación de aportar a la seguridad social son sujetos de vigilancia por parte de la UGPP y pueden llegar a asumir multas por montos importantes por esos incumplimientos”, explicó a Camilo Gómez, abogado especialista en derecho laboral y profesor de la Universidad Externado.


Las consecuencias de no pagar la seguridad social de los empleados, como lo exige la ley, pueden ser hasta vitalicias. Por ejemplo, Dora Muñoz y Sara Inés Segura estuvieron desprotegidas contra accidentes todo el tiempo que laboraron en la casa del fiscal general. Por eso, si les hubiera ocurrido algo, sería él y su familia los únicos responsables de asumir lo que corresponde a las prestaciones, tanto económicas como asistenciales, que se deriven de los accidentes.

Por su parte, el abogado especialista en derecho laboral Manuel Duarte explicó que hay dos decretos clave que regulan el trabajo doméstico que se remunera con sumas mensuales inferiores a un SMLMV. “En todo caso, si las trabajadoras ganaban menos de un mínimo al mes, tendrían que haberles cotizado su seguridad social ya sea a través del 1174 de 2020, que regula el piso mínimo de protección social o, según lo dice el decreto 1072 de 2015, que es una cotización por días”, dijo.

Finalmente, Alejandra Trujillo, una tercera abogada especialista en derecho laboral consultada por CAMBIO, especificó que, incluso, las dos empleadas podrían demandar al fiscal por no hacer los debidos aportes a su seguridad social. “Aunque ayudaran solo para un trasteo tendrían que haberles garantizado sus derechos. Si el fiscal no hizo los aportes correspondientes, las consecuencias también podrían ser demandas en su contra por parte de las dos empleadas”.

Por ahora, lo cierto es que aunque el fiscal Barbosa asegura que las contrató por días y asumió que el país creería en su buena fe al decir que no había "nada ilegal, ético o moral", CAMBIO encontró pruebas que muestran lo contrario y que deberán ser evaluadas por las autoridades competentes.

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