¿Sería posible fusionar Procuraduría y la Contraloría?
2 Agosto 2022

¿Sería posible fusionar Procuraduría y la Contraloría?

Crédito: Yamith Mariño

Ambos órganos podrían ejercer control y vigilancia para posteriormente acusar ante un juez que determine si existió falta disciplinaria o fiscal. Un experto plantea cómo funcionaría la alternativa.

Por: Juan Pablo Vásquez

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Una de las propuestas de Gustavo Petro que más generó reacciones, luego de su triunfo en segunda vuelta, fue la de acabar con la Procuraduría General de la Nación y convertirla en una “gran fiscalía anticorrupción”. El presidente electo vivió en carne propia las sanciones del Ministerio Público y fue a raíz de su caso que el sistema interamericano ordenó al Estado colombiano modificar la ley para que los funcionarios electos por voto popular no puedan ser destituidos a través de sanciones administrativas.

Pablo Díaz, un abogado santandereano que ha sido docente en más de siete universidades y funcionario de diferentes entes de control, plantea la unión de la Procuraduría con Contraloría como solución a esta problemática, que se ha ignorado por cerca de dos años. CAMBIO conversó con él sobre la profundidad de su propuesta.

CAMBIO: ¿Por qué sería prudente fusionar la Procuraduría con la Contraloría?

Pablo Díaz: Para cumplir el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre el caso de Gustavo Petro que se profirió en 2020. En esa sentencia se expresó que no era correcto, desde una perspectiva jurídica, que entidades administrativas inhabilitaran a personas elegidas por voto popular. La Corte IDH determinó que eso era competencia de un juez. La Procuraduría y Contraloría ejercen funciones administrativas. La primera desde la óptica disciplinaria y la segunda desde la fiscal. La vigilancia y control que estipula la Constitución, bien sea desde un ámbito disciplinario o fiscal, podría concentrarse en una sola entidad, que se convierta, a la postre, en un ente que acuse ante un verdadero juez, como lo impone el fallo de la Corte IDH, en procesos disciplinarios y fiscales. 

Pero lo que propongo no es solo a raíz de ese fallo, también es para que se cumpla con el debido proceso y el derecho a la defensa. No tiene sentido que Procuraduría y Contraloría tengan la capacidad de acusar y juzgar en un solo proceso. Es sano para las garantías procesales que se condensen las funciones en un solo órgano que investigue y acuse ante un juez. 

CAMBIO: ¿Cuál sería ese órgano jurisdiccional que tomaría la decisión final?

P.D.: Ese es un tema que se ha tocado bastante y, en especial, dentro de la Contraloría durante todos estos años. En alguna época se sugirió crear un tribunal de cuentas que se encargara de definir la responsabilidad fiscal. Hoy, con el fallo de la Corte IDH, vuelve a tomar importancia esa posición, que algunos contralores plantearon desde lo fiscal, pero ahí también se puede incluir lo disciplinario. 

Se podría crear un tribunal que se encargue de definir los procesos disciplinarias y fiscales. Sin embargo, también sería más efectivo, rápido y menos costoso que esa función recayera sobre los jueces de lo contencioso administrativo, que son quienes hoy, al final del día, conocen de las sanciones disciplinarios y de fallos con responsabilidad fiscal. Se podría asignar esa función al Consejo de Estado. En ese caso, habría que crear una sala que se encargue de decidir esas situaciones disciplinarias y fiscales por la cantidad de procesos que hay en la jurisdicción contenciosa. Esa vía sería mucho más rápida que crear un tribunal de lo disciplinario y fiscal. 

CAMBIO: Además de cumplir con el fallo de la Corte IDH, ¿qué otro benefició destacaría usted de este gran órgano en el que se fusionarían Procuraduría y Contraloría?

P.D.: En últimas, ese órgano supremo de control disciplinario y fiscal se convertiría en un órgano de investigación y acusación ante la jurisdicción contencioso administrativa. Existiría un verdadero trámite adversarial en el que un órgano de control acusaría, un acusado se defendería y un juez definiría si es culpable o no. Entre otras cosas, uno de los grandes problemas del sistema de control colombiano es que afecta los principios de seguridad jurídica y celeridad. Un proceso disciplinario o uno fiscal pueden demorarse más de cinco años. Al final, las personas demandan ese acto administrativo y el proceso se demora otro tanto. Estamos hablando de cerca de 12 años para que haya una cosa juzgada. Si se le introduce al juez contencioso administrativo el conocimiento de estas situaciones, se reducen esos tiempos. Ese cambio no solamente garantizaría el cumplimiento de la orden de la Corte IDH, también reduciría los términos de juzgamiento y garantizaría una verdadera cosa juzgada. Actualmente el limbo jurídico es muy alto. 

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CAMBIO: ¿Esta fusión implicaría suprimir y acabar con cargos de personas que hoy se desempeñan en Procuraduría y Contraloría?

P.D.: Yo no lo vería así. Creo que hay que aprovechar el talento humano, la experiencia que se tiene en temas disciplinarias y fiscales en Procuraduría y Contraloría, respectivamente, por muchos servidores públicos de planta. Estas personas pasarían a este gran órgano y se encargarían de investigar lo fiscal y disciplinario. 

CAMBIO: La procuradora Margarita Cabello insistió en que la reforma que hizo a la Procuraduría el año pasado tenía como finalidad cumplir con el fallo de la Corte IDH. ¿Sí sirvió para algo?

P.D.: Esa reforma a la Procuraduría creó una sala de instrucción y una de juzgamiento, pero siguió siendo la misma institución cumpliendo ambas funciones (acusar y juzgar). La reforma convirtió en jueces a algunos funcionarios que ya estaban en la Procuraduría. La Corte Constitucional ahora está estudiándola y no le auguro éxito a esa reforma. Con la Contraloría pasó algo similar. La ley que intentó adaptar el control fiscal de la Contraloría al fallo de la Corte IDH a través del control automático de legalidad también se cayó en la Corte Constitucional. En Colombia tenemos la particularidad de legislar a toda hora pero sin coherencia. Para acatar un mismo fallo, la Procuraduría le dio investidura de juez a unos funcionarios y la Contraloría creó un control automático que se cayó. Por eso tiene todo el sentido unificar las funciones de ambas instituciones y que un juez imparcial juzgue. 

Pablo Díaz

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CAMBIO: O sea, ¿no solucionaron nada esas reformas?

P.D.: Pues no porque no tiene sentido que en una misma entidad haya funcionarios que investiguen y otros que deciden. Eso le quita cualquier credibilidad y objetividad. La procuradora y el contralor, al final del día, son los jefes de todos los funcionarios sin importar de que acusen o juzguen. Lo ideal es que un juez independiente sea el que decida si hay responsabilidad disciplinaria o fiscal.

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