
Alimentos ultraprocesados.
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¡Aliste el bolsillo! Estos son los productos que subirán de precio por la reforma tributaria
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Algunos alimentos ultraprocesados tendrá un incremento progresivo de hasta el 10 por ciento este año. Le contamos lo que dice la normativa y cómo aplicará, según la cantidad de azúcares añadidos, grasa, y sodio.
Por: Redacción Cambio

El próximo 1 de noviembre entrará en vigencia el artículo 54, 513-1 de la reforma tributaria, que aumentará progresivamente el impuesto para bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados, dependiendo del contenido de azúcar, grasa y sodio de los productos.
La normativa establece que: "La tarifa del impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas se expresa en pesos por cien mililitros (100 ml) de bebida y el valor unitario está en función del contenido de azúcar en gramos (g) por cada cien mililitros”. De igual forma, el incremento se aplicará de forma progresiva hasta el 2025.
En ese sentido, habrá un aumento del diez por ciento para este año; del 15 por ciento en 2024; y del 20 por ciento en 2025.
Además, el incremento dependerá de la cantidad de azúcar que tenga el producto. Es decir, para los productos mayores a seis gramos y menores a diez, el aumento será de 18 pesos por cada 100 ml de azúcares añadidos, mientras que, para los que superen los diez gramos será de 35 pesos.
¿Cuál será el aumento progresivo de las tarifas de las bebidas ultraprocesadas?
En caso de que el producto sea mayor o igual a seis gramos y menor a diez gramos de azúcares añadidos, el aumento para este año es de 18 pesos y para el 2024 de 28 pesos.
Por otro lado, si la cantidad de azúcares añadidos es mayor o igual a diez gramos, el incremento será de 35 pesos para 2023 y de 55 pesos para el próximo año.
Para el 2025, si los productos tienen menos de cinco gramos de azúcares añadidos, no se pagará nada adicional; mayor o igual a cinco gramos menor a nueve gramos el impuesto será de 38 pesos; y si el producto tiene más o la cantidad es igual a nueve gramos de azúcares añadidos será de 65 pesos.
En cada actualización de las tarifas, el responsable de expedir el acto administrativo con el porcentaje de incremento es la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
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¿Qué pasará con los productos comestibles ultraprocesados?
En el caso de los productos comestibles ultraprocesados con alto contenido en azúcares añadidos, sodio o grasas, el hecho generador es el mismo, es decir, "la producción, venta, retiro de inventarios o los actos que impliquen la transferencia de dominio a titulo gratuito u oneroso y los importados".
Para estos alimentos, las tarifas se aplicarán según la cantidad e sodio, azúcares y grasas saturadas.
Para el sodio, la norma establece que se toma cualquier cantidad de un alimento y se divide el contenido de sodio reportado. Si la relación es superior a uno, aplica para impuesto. También se debe calcular el contenido de sodio en cien gramos y si supera los 300 miligramos, también aplica para impuesto. Solo es necesario cumplir con una de las dos condiciones para ser sujeto de impuesto.
Con los azucares y grasas saturadas, si el resultado que da en la fórmula es un porcentaje mayor o igual a diez por ciento, aplica el descuento.
En el caso de los comestibles, la tarifa de impuesto será del diez por cinto para 2023, quince por ciento para el próximo año y 20 por ciento desde el 2025.
