¿Es verdad que debe elegir un fondo privado de pensión antes de enero 15?

Crédito: Imagen: Freepik

2 Diciembre 2024 04:12 pm

¿Es verdad que debe elegir un fondo privado de pensión antes de enero 15?

Una medida incluida en la reforma pensional menciona la fecha del 15 de enero de 2025 como límite para escoger administradora. Esta es una guía sobre lo que se sabe, lo que no, y lo que usted puede hacer.

Por: Angélica M. Gómez

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De acuerdo con la ley que le dio vida a la reforma pensional, el primero de julio de 2025 empezará a regir en Colombia un nuevo sistema de pensiones, que incluye un pilar contributivo dividido en dos partes: las cotizaciones correspondientes a ingresos por hasta 2,3 salarios mínimos mensuales se ahorrarán obligatoriamente en Colpensiones y quienes reciban remuneraciones superiores a ese monto, cotizarán el saldo restante en lo que hoy se conoce como una administradora privada de pensiones.

La ley también indica que los colombianos tendrán hasta el 15 de enero de 2025, una fecha a mes y medio de distancia, para elegir la administradora de su preferencia en caso de ser necesario. Estas entidades se conocerán desde el próximo año como Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI).

Sin embargo, el Gobierno todavía no expide el decreto que reglamenta la creación y existencia de las ACCAI, sobre las que por ahora se conoce que los requerimientos financieros que tendrán que cumplir para operar en el país son los mismos que ya cumplen las cuatro administradoras de fondos de pensiones (AFP) que actualmente existen. Además, a la oferta de entidades podrán unirse aseguradoras, comisionistas de bolsa y otras entidades financieras.

Cuando las ACCAI estén reglamentadas y existan, los trabajadores colombianos que no estén afiliados a una AFP, o deseen cambiarse de entidad, y tengan ingresos superiores a los 2,3 salarios mínimos podrán acercarse a las oficinas de las entidades para realizar su afiliación o consultar en sus páginas web el trámite virtual necesario en su caso.

Si el decreto de creación de las ACCAI se tarda demasiado, o por las festividades navideñas olvida hacer el trámite, el Gobierno le asignará aleatoriamente según los parámetros que establezca, una entidad y le afiliará a ella. Pero esa decisión no será obligatoria. Si no está de acuerdo o cambia de opinión sobre la entidad elegida, la ley también estableció un periodo de seis meses adicionales para trasladarse de entidad.

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