La advertencia de la Dian a usuarios de Nequi y Daviplata
3 Febrero 2023

La advertencia de la Dian a usuarios de Nequi y Daviplata

Crédito: Fotoilustración de Yamith Mariño.

¿Cuáles son los efectos de los movimientos en billeteras virtuales como Nequi o Daviplata en las declaraciones de renta de los colombianos? La Dian responde.

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Un ciudadano le preguntó a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) por los depósitos de bajo monto que se realizan usando plataformas virtuales como Nequi o Daviplata se podía recibir los beneficios establecidos en el Estatuto Tributario.

Es decir, si esos movimientos en billeteras virtuales se reconocen fiscalmente como "costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables" en la declaración de renta.

La entidad a cargo del recaudo de lo impuestos contestó que no puesto que estos beneficios tributarios están dispuestos para los medios estrictamente dispuestos por la ley, como "depósitos en cuentas bancarias, giros o transferencias bancarias, cheques girados al primer beneficiario, tarjetas de crédito, tarjetas débito u otro tipo de tarjetas o bonos que sirvan como medios de pago en la forma y condiciones que autorice el Gobierno nacional".

Así las cosas, ni Nequi ni Daviplata son aceptados tributariamente como medios de pago.

“Los depósitos de bajo monto son depósitos a la vista que cuentan con regulación y características particulares que los diferencian de los productos de la sección de ahorro, entre ellos, las cuentas de ahorro": se lee en el concepto de la Dian.

Sin embargo, este no sería la última palabra, pues la Dian estaría analizando la situación puesto que cuando se redactó el artículo de Estatuto Tributario en 2010 no existían este tipo de aplicaciones de bajo monto. Entonces, a la luz de los avances tecnológicos, la dirección de impuestos podría modificar la regla para incluir a plataformas de este tipo. 

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