
Crédito: Freepik
¿Qué hacer si no recibe su prima de diciembre? Guía legal y pasos clave
- Noticia relacionada:
- Prima de servicios
- Navidad
- Empresas
La prima de servicios es un derecho laboral esencial que debe pagarse antes del 20 de diciembre. Si su empleador no la cumple, existen mecanismos legales para reclamarla. Les contamos cómo puede garantizar el pago de su dinero.
Por: Juan David Cano

La prima de servicios es una retribución económica al trabajador que refleja los beneficios generados por su labor. Esta prestación equivale a la mitad del salario por semestre trabajado, y se calcula proporcionalmente al tiempo laborado.
¿Cómo calcular la prima de servicios?
Un trabajador con salario mensual de 2.000.000 de pesos con su auxilio de transporte y que trabaja seis meses completos recibirá la mitad del salario. Para aquellos que no han completado el semestre en la empresa, la prima se calcula multiplicando el salario por los días trabajados en esos seis meses y luego dividiendo el resultado entre 360 días.

Por ejemplo, si usted gana el mínimo, que con auxilio de transporte llega a 1.462.000 pesos, pero solo ha trabajado 150 días, el cálculo es el siguiente: 1.462.000 x 150 / 360 = 609.166 pesos.
¿Qué hacer si su jefe no le paga la prima?
Esta prestación debe ser pagada en dos cuotas: una en junio y otra antes del 20 de diciembre. Sin embargo, cuando el empleador incumple, es crucial saber cómo actuar. En esta guía, basada en las directrices del Ministerio de Justicia y del Derecho, CAMBIO les explica los pasos legales por seguir para garantizar el reconocimiento y pago de su prima:
1. Intente llegar a un acuerdo con su empleador
Lo primero que debe hacer ante el incumplimiento del pago de su prima es tratar de dialogar con su empleador. Este paso busca resolver el conflicto de manera directa y amistosa, evitando procedimientos legales más complejos. Documente por escrito cualquier comunicación y acuerdo alcanzado, ya que esto podría ser útil en etapas posteriores.
2. Acuda al inspector de trabajo
Si no logra un acuerdo con su empleador, puede acudir al inspector de trabajo. Este funcionario está facultado para:
- Brindar asesoría legal.
- Recibir quejas formales por incumplimiento de obligaciones laborales.
- Intentar una conciliación en aspectos negociables, como indemnizaciones o plazos de pago.
Para comunicarse con el Ministerio de Trabajo, puede llamar desde un teléfono fijo al número gratuito 01 8000 513 100, o desde un celular a la línea de atención 120.

3. Busque apoyo en otras entidades locales
Si no hay un inspector de trabajo disponible en su zona, puede acudir a:
- La Defensoría del Pueblo.
- La Personería municipal.
- Los consultorios jurídicos de su municipio.
Estas instituciones pueden asesorarlo y, en ciertos casos, intentar una conciliación. Sin embargo, tenga en cuenta que estas entidades no pueden ordenar el pago de prestaciones sociales; para esto, es necesario presentar una demanda ante un juez laboral.
4. Demande ante un juez laboral si es necesario
Cuando no se alcanza un acuerdo o el empleador persiste en el incumplimiento, deberá presentar una demanda laboral. El juez laboral está facultado para decidir el conflicto y ordenar el pago de las sumas adeudadas, incluyendo posibles indemnizaciones e intereses por mora, según lo establecido en el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo.
"Debe pagar al asalariado, como indemnización, una suma igual al último salario diario por cada día de retardo, hasta por veinticuatro (24) meses, o hasta cuando el pago se verifique si el período es menor", se lee en el artículo.

5. Solicite asesoría gratuita si no puede costear un abogado
Si necesita ayuda legal y no cuenta con los recursos para contratar un abogado, puede dirigirse a:
- Las Casas de Justicia.
- Los consultorios jurídicos universitarios.
- La Defensoría del Pueblo o la Personería municipal.
Estos servicios ofrecen orientación gratuita y pueden guiarlo en el proceso de reclamación.
