¿Qué dice el artículo del Plan Nacional de Desarrollo que la Procuraduría pide tumbar?

Margarita Cabello, procuradora general.

Crédito: Fotoilustración: Yamit Mariño.

1 Septiembre 2023 10:09 am

¿Qué dice el artículo del Plan Nacional de Desarrollo que la Procuraduría pide tumbar?

La Procuraduría indicó que el artículo 97 del Plan Nacional de Desarrollo es inconstitucional, por lo que le pide a la Corte Constitucional tumbarlo. ¿Por qué?

Por: Claudia M. Quintero

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En mayo de este año el Congreso aprobó el Plan Nacional de Desarrollo (PND), la hoja de ruta por cuatro años que el Gobierno califica como "uno de los planes más democráticos de la historia". Pese al calificativo, la ley ya tiene 13 demandas en la Corte Constitucional y la Procuraduría acaba de emitir un concepto con el que pide eliminar el artículo 97. 

¿Qué dice el artículo?

Ese punto de la Ley 2229 de 2023 establece que todas las entidades públicas deben afiliarse a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) Positiva, una aseguradora estatal. 

"Con el fin de fortalecer el Sistema de aseguramiento público, de cara a la incorporación de nuevas poblaciones de la comunidad en general, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, todas las entidades y corporaciones públicas se afiliarán a la administradora de riesgos laborales de carácter público, Positiva Compañía de Seguros S.A. o quien haga sus veces", explica el texto. 

El articulo 97 agrega que "las entidades y corporaciones públicas que se encuentran actualmente afiliadas a administradoras de riesgos laborales de carácter privado podrán mantener la afiliación hasta tanto se complete el plazo de los contratos celebrados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley. Vencido el plazo contractual, todas las entidades y corporaciones públicas deberán afiliarse a la administradora de riesgos laborales público".

¿Por qué es inconstitucional, según la Procuraduría?

La entidad considera que imponer la afiliación obligatoria de los trabajadores de entidades y corporaciones del Estado a la ARL Positiva no se ajusta a la Constitución porque "vulnera el principio de unidad de material". 

Esto, según explicó el Ministerio Público, porque "no guarda relación con el desarrollo de los artículos que conforman el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026". 

Por otra parte, según la Procuraduría, el artículo 97 "desconoce la jurisprudencia que señala que, por regla general, no se pueden modificar las leyes ordinarias de seguridad social por medio de la Ley del PND". 

Así las cosas, si se pretende lograr esa modificación, debía realizarse mediante una ley ordinaria y no mediante un PND. "Resulta un elemento extraño a las características de las leyes que aprueban los planes nacionales de desarrollo incluir una enmienda permanente sobre la referida materia, dado el carácter eminentemente planificador y la vocación temporal de los referidos cuerpos normativos”, aseguró Margarita Cabello, procuradora general. 

Además, el Ministerio Público insistió en que el artículo 97 desconoce "el precedente constitucional según el cual es válido que el legislador establezca determinados tratos preferenciales en materia de contratación con instituciones del Estado para favorecer a las aseguradoras de riesgos profesionales públicas, siempre que no llegue a anular las libertades económicas o a violentar el principio de igualdad por medio de la exclusión de las ARP del sector privado de una parte del mercado". 

Las alertas previas 

En marzo, antes de aprobarse el Plan, Fasecolda, gremio de aseguradoras, advirtió sobre este artículo. Según ellos, esta medida lleva a una desestabilización del Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL) e iría en contra de principios constitucionales y económicos. 

Así, al obligar la afiliación de las entidades públicas, se da un desbalance en la competencia del sector. 

Fasecolda aseguró, en su momento, "si bien las entidades públicas pueden optar por afiliarse a una empresa privada del SGRL, deben realizarlo a través de un concurso público; a menos que lo hagan con la administradora pública, caso en el cual lo pueden hacer de manera directa”. 

Cuando se hizo pública la discusión, José Luis Correa, presidente de Positiva, le aseguró a la revista Semana que solo un 0,6 por ciento de las empresas estatales no están con ellos, por lo que el impacto no sería mayor. 

También mencionó que la llegada de los nuevos trabajadores representaría un aumento de 7 por ciento y "tienen las capacidades" para recibirlos. 

Por otra parte, también aseguró que no se trata de un monopolio, porque Positiva "no planea afectar al mercado, pues este es imperfecto y el Estado es el que lo regula". 

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