El insólito caso por el que Rappi terminó regañado por la Corte Constitucional

Rappi.

Crédito: Colprensa.

19 Febrero 2024 09:02 am

El insólito caso por el que Rappi terminó regañado por la Corte Constitucional

Aunque Rappi encontró evidencias de que un rappitendero estaba cometiendo fraude con las propinas de los usuarios, la Corte Constitucional falló a favor del domiciliario acusado. ¿Qué pasó?

Por: Alejandra Bonilla Mora

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El  22 de noviembre de 2022 John Maynard Ayala Pérez se dio cuenta de que fue bloqueado de la aplicación 'Soy Rappi' que usan las personas que quieren trabajar como rappitenderos. Aunque solicitó información a Rappi de por qué había sido bloqueado, esta empresa se limitó a decir que había vulnerado los términos y condiciones de su uso.

Lo que realmente pasó, según Rappi, fue que Ayala Pérez se habría aliado con terceros para defraudar a la empresa. ¿Cómo? Un usuario hacía un pedido y daba una propina de 40.000 pesos al rappitendero. Este estaba en la zona, aceptaba el pedido y cobraba la propina que va directamente al domiciliario, pero la tarjeta de crédito o de débito después mostraba que no tenía cupo o que estaba sin fondos.

El problema es que Rappi no le dijo esto a Ayala, sino solo hasta que todo el caso terminó ante los jueces por una tutela que el domiciliario presentó. El caso llegó a la Corte Constitucional y allí Rappi insistió en que Ayala se habría aliado con personas para defraudar a la empresa.

La defensa de Ayala, en cambio, decía que eso nunca se pudo probar y que Rappi, "en su posición dominante, viene ejerciendo actuaciones violatorias con los rappitenderos, siendo este su normal proceder, inhabilitando las cuentas de los rappitenderos cuando a ellos bien les tenga, sin cumplir con las garantías procesales".

Rappi también indicaba que acá no había una relación laboral, sino que 'Soy Rappi' es una aplicación y quienes la usan aceptan cumplir sus términos y condiciones. 

Con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, la Corte dijo que el debido proceso también debe cumplirse en las relaciones entre privados y en el desarrollo de plataformas digitales.

"El derecho al debido proceso debe hacerse exigible en las relaciones entre particulares, ya que ello evita el ejercicio abusivo y arbitrario de las potestades normativas en cabeza de algunos sujetos de derecho privado, y permite hacer efectivos los mandatos constitucionales (buena fe, solidaridad social) en las relaciones entre los particulares", dijo la Corte.

Por eso, a pesar de las alegaciones de Rappi sobre el presunto fraude, la Corte falló en favor de Ayala Pérez por no respetar el derecho de petición y el debido proceso y ordenó volver a hacer el proceso sancionatorio en su contra, esta vez, con todas las garantías. Además, previno a la empresa para no volver a incurrir en situaciones como estas.

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