
El derecho a la objeción de conciencia es uno de los más importantes de las democracias modernas. No porque sea el más popular o el más invocado, sino por lo que significa. De él se deriva el deber del Estado de reconocer el plano íntimo y fundacional de los individuos.
La Corte Constitucional colombiana ha sido abanderada en la región en desarrollar y proteger el derecho fundamental a la objeción de conciencia y en garantizar su aplicación en distintos ámbitos de la vida: en la educación, ante la obligación de prestar juramento, para oponerse a exigencias laborales o a tratamientos de salud. El caso más conocido es el de la objeción de conciencia al servicio militar, causa que conquistó el Grupo de Derecho de Interés Público de la Universidad de Los Andes con una sentencia histórica en 2009.
Objetar de conciencia permite poner de presente cuáles aspectos de las creencias íntimas entran en conflicto con el cumplimiento de una obligación. Precisamente para eso es que nuestra Constitución reconoce en su artículo 18 la libertad de conciencia y la garantía de no verse forzado a actuar en contra de ella. Para poder invocarla los jueces han señalado que esas creencias deben ser profundas, fijas y sinceras.
Este derecho reconoce que no todos los mandatos generales pueden ser cumplidos por todas las personas. Un médico que profesa la fe católica fervorosamente no puede ser obligado a practicar interrupciones del embarazo, un testigo de Jehová puede oponerse a recibir transfusiones de sangre, un estudiante puede negarse a cantar el himno nacional, un declarante en un proceso judicial tiene derecho a que no le obliguen a decir la verdad jurando por Dios.
De esos pequeños gestos individuales pueden producirse cambios estructurales, como lo logró el movimiento de objetores de conciencia en la guerra de Vietnam en la década de los sesenta en Estados Unidos, movimiento que lideró y ejemplificó el gran Muhammad Ali. Y además hay algo hermoso y profundamente poderoso en valorar y pensar en la conciencia, en esas reglas internas que nos rigen y que determinan nuestro actuar, en la conversación interna que nos guía para ser personas en el mundo.
Por supuesto que el presidente Petro, como el resto de ciudadanos, tiene conciencia. La hemos venido a conocer mejor en estos dos años de discursos y entrevistas. Por eso mismo también puede ejercer el derecho a objetar de conciencia. Para hacerlo debe señalar con claridad qué aspectos de su conciencia, de la arquitectura interna de su alma, justifican su objeción.
Esto es importante por lo menos por dos razones. La primera porque es lo que se le exige a cualquier objetor de conciencia en Colombia. Soldados, estudiantes, miembros de comunidades religiosas, etc. se ven obligados a explicar in extenso en qué consiste su conciencia y por qué ella se opone a la regla que quieren desacatar. Ese mismo estándar debe aplicarse en caso de que el presidente de la república decida objetar el cumplimento de una obligación, con mayor razón si se trata de cumplir una sentencia.
El segundo motivo es que tiene una cantidad enorme de responsabilidades que le otorgó la mayoría del pueblo colombiano al elegirlo como nuestro mandatario. De esos deberes dependen dinámicas esenciales para el bienestar social, político y económico de todo el país. Por tanto, si el presidente se dispone a incumplirlos con base en su fuero interno debe explicarnos por qué y hacerlo de manera suficiente.
Empezar a invocar objeciones de conciencia contra el cumplimiento de órdenes judiciales por parte del mandatario puede resultar en un traumatismo irreparable para el estado de derecho y para la separación de poderes. Además, tiene todo el derecho a no compartir una orden judicial, a considerarla errada, a controvertirla ante las cortes nacionales o internacionales, pero eso es muy diferente a negarse a cumplirla escudándose en una inexplicada objeción de conciencia.
El abogado que se sintió audaz al aconsejarle que invocara la objeción de conciencia para sacudirse una orden judicial causa un enorme daño a un derecho que ha costado siglos afianzar en Colombia. Y resultaba innecesario porque el presidente cumplió la orden, como lo confirmó el Consejo de Estado.
El abuso de la objeción de conciencia ha permitido situaciones absurdas e inconstitucionales como los hospitales enteros o personas jurídicas que se niegan a practicar abortos.
La conciencia es un arma poderosa y el presidente lo sabe. Ojalá la invoque de manera cuidadosa y fundamentada, para nos desprestigiarla. Y ojalá también deje de concentrarse tanto en sus derechos y lo haga más en sus deberes, dentro de los cuales está acatar las órdenes de los jueces. Así no le gusten.

