Silvia Serrano Guzmán
8 Diciembre 2024 03:12 am

Silvia Serrano Guzmán

LAS FAKE NEWS SOBRE LA PROCURADURÍA

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Una de las noticias de la semana señala que una decisión del Consejo de Estado zanjó definitivamente el asunto de las sanciones de la Procuraduría General de la Nación y los derechos políticos. En esta decisión, el alto tribunal aceptó la intervención del juez administrativo en los procesos a ciudadanos elegidos popularmente, como solución a las críticas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Pero decir que se resolvió el problema es un caso de fake news. Es momento de volver a la pregunta esencial de cuál es el lío.

No es sólo que la Corte IDH dio una orden a Colombia de obligatorio cumplimiento. Que acatemos el fallo es lo mínimo que se espera en un estado de derecho. El tema de fondo que analiza el fallo es un diseño institucional que debe preocuparnos a todas las personas porque permite que una entidad tan politizada como la Procuraduría, pueda decidir sobre temas esenciales para el funcionamiento de nuestra democracia: si un funcionario elegido popularmente termina su mandato o si podemos votar por ciertas personas. Este enorme poder se agrava porque el catálogo de conductas por el que la PGN puede tomar esas decisiones es muy amplio. 

La fórmula que acogió el Consejo de Estado, sumándose a la Corte Constitucional, no cumple el fallo de la Corte IDH porque la orden implica que sólo se pueda destituir a funcionarios de elección popular o inhabilitar para dichos cargos, “por condena de juez competente en proceso penal”. Lo que hicieron nuestras cortes fue cambiarle el sentido al fallo internacional para concluir que lo único que se exige es que un juez revise la actuación de la Procuraduría. Pero esto no es cierto. La Convención Americana no pide sólo que sea “juez”, sino que sea en un proceso penal. Ni el juez administrativo es juez penal, ni su intervención en el proceso disciplinario cambia la naturaleza del mismo.

Pero no me quiero quedar en la literalidad de la orden de la Corte IDH sino profundizar en lo que está detrás. Aunque debemos aspirar a democracias que no se definan exclusivamente por lo electoral, la libertad de elegir y ser elegidos y el derecho tanto individual como colectivo a que ese mandato popular se respete, son sus condiciones más básicas. También que sea la ciudadanía la que mantenga, en la mayor medida posible y salvo las conductas más graves, el sano monopolio de castigar en las urnas y con su voto a quienes gobiernan mal y a las malas candidaturas. Las limitaciones a esas condiciones básicas mediante destituciones a funcionarios de elección popular o inhabilitaciones para dichos cargos deben ser la excepción. Por eso, la exigencia de que sea sólo por delitos es no sólo razonable sino un buen resguardo para la democracia. 

Respondo a dos objeciones recurrentes y en principio razonables a esta exigencia. La primera es que se trata de una aproximación punitivista, es decir, que considera al derecho penal como la respuesta a todos los problemas. La segunda es que afectaría la lucha contra la corrupción. Son objeciones distintas pero relacionadas. La primera sólo sería acertada si se propusiera convertir en delitos todas las faltas que hoy permiten la destitución e inhabilitación por vía disciplinaria. Pero no es el caso. El tema central es la corrupción y ya existen en nuestro Código Penal muchos delitos que la castigan. Por eso, ponerle la cara y resolver las causas estructurales de la ineficacia del sistema penal para combatir la corrupción, debería estar en el centro de la discusión y ser la prioridad. 

Lamentablemente, el Congreso y las Altas Cortes siguen gastando sus energías en inventarse salvavidas para forzar la supervivencia de las funciones de la Procuraduría a pesar de que plantean serias amenazas a los derechos políticos y deterioran la democracia. Por su parte, el presidente Petro sigue incumpliendo su promesa de campaña de proponer una reforma profunda a la justicia para luchar contra la corrupción. Pero no sólo seguimos con el problema de fondo. Para colmo de males, en la más reciente elección a Procurador, con la terna y la votación, los tres poderes del Estado en lugar de mitigar los riesgos del diseño que no han sido capaces de transformar, se encargaron de potenciarlos. 

• Codirectora del Centro para la Salud y los Derechos Humanos, U. de Georgetown (EE.UU).

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