Daniel Coronell
30 Mayo 2021

Daniel Coronell

Doblemente desaparecidos

La Policía es un cuerpo civil sin facultades punitivas. Si el detenido ha cometido algún delito tiene que ser llevado ante una autoridad judicial que establecerá la manera en la que debe pagar su deuda con la sociedad.

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La Fiscalía de Colombia vive el período más oscuro de su historia. Tapar los delitos de los poderosos parece ahora su misión principal. Comunicaciones emanadas del organismo investigador muestran el interés en atenuar mediante eufemismos lingüísticos la gravedad de las desapariciones y de incluso decir que no se adecúan al comportamiento descrito en el Código Penal. Así como han querido remplazar la expresión masacre por “homicidio colectivo”, quieren cambiar desaparición por “personas no localizadas”.

El tema es especialmente sensible porque muchos familiares de desaparecidos prefieren no denunciar los hechos por temor a correr la misma suerte. En los últimos días he hablado con familiares de cuatro personas cuyo paradero se desconoce. Los parientes aseguran que tres de ellos fueron detenidos durante las protestas. Sus nombres no aparecen en los listados de detenidos.

Ninguno de los parientes quiere que se conozca públicamente el nombre de su familiar. Dicen que eso no ayuda a encontrarlos y en cambio sí pone en la mira a padres, hermanos y allegados. Uno de ellos me dijo que cuando intentó poner la denuncia le hicieron sentir que en “algo” debía andar su ser querido si le pasó eso.

El silencio de las familias contribuye a la impunidad. La falta de denuncias públicas formales sirve para borrar las huellas de las desapariciones.

La Fiscalía parece empeñada en desestimular las denuncias. Como algunos de los “no localizados” han sido encontrados, la Fiscalía en sus resoluciones resalta repetidamente en negrilla que esas personas “ya fueron localizadas y nunca estuvieron desaparecidas”.

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Más abajo –brevemente y como si fuera lo de menos– comunica que resuelve “continuar con la búsqueda y actividades dispuestas frente a los 99 registros objeto de búsqueda y enlistados en la resolución 00001del 10 de mayo de 2021”.

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Es decir que hasta la misma Fiscalía reconoce que persisten 99 casos de desapariciones, solo hasta el 10 de mayo. Una cifra de por sí alarmante aunque notablemente inferior a la de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, que relaciona 132 casos.

Hablé con dos organizaciones nacionales y una internacional que trabajan en el tema. Todos ellos están sorprendidos y preocupados por la indolencia del gobierno y de la Fiscalía frente a este delito. Los esfuerzos parecen estar más encaminados a negar los casos que a investigarlos.

La desaparición forzada casi siempre empieza con el arresto de una persona y la conducción a un lugar no regular de detención. Es importante saber a dónde van los camiones que llevan personas detenidas.

Las autoridades tienen la obligación de informar sobre la suerte de los arrestados en las protestas. En Colombia ha hecho carrera el uso de una figura legal que establece que la Policía está autorizada para trasladar a una persona a un “centro asistencial o de protección” para evitar el riesgo sobre su vida o la de terceros.

Sin embargo, la ley establece que esos traslados solo pueden efectuarse como último recurso para salvar vidas y que antes de hacerlos es imperativo tratar de entregar al arrestado a sus familiares que deben encargarse preferentemente de su custodia.

La interpretación abusiva de esa norma la ha convertido en patente de corso para conducir civiles a lugares no autorizados de detención. En el mejor de los casos los traslados son aprovechados para golpearlos, insultarlos y amenazarlos. Todo esto a pesar de que la norma establece que ninguna persona indefensa puede ser golpeada por una autoridad. Cualquier conducta violenta sobre una persona inerme constituye el delito de tortura.

En otras ocasiones, simplemente no se vuelve a saber de ellos.

La Policía es un cuerpo civil sin facultades punitivas. Si el detenido ha cometido algún delito tiene que ser llevado ante una autoridad judicial que establecerá la manera en la que debe pagar su deuda con la sociedad. No puede haber torturas, ni ejecuciones. La facultad de ejercer justicia, de manera sumaria, no ha sido delegada en los uniformados.

Si la Fiscalía hiciera investigaciones rigurosas e independientes sobre estos casos –y a eso se sumara una veeduría internacional seria– seguramente no persistiría una de las mayores causas de inconformidad y desconfianza en el Estado.

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