Camilo A. Enciso V.
21 Marzo 2022

Camilo A. Enciso V.

Abogados del diablo

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En medio del mar de críticas relacionadas con los encuentros de Iván Cancino con su cliente paseador, Carlos Mattos, el abogado escribió un trino el 6 marzo, que postula su tesis de lo que requiere ser penalista: 

“Yo soy es abogado de la libertad y si el diablo la requiere estaré listo. Nosotros defendemos causas. Abogados del diablo? Y de quién (sic) lo requiera, el que no esté listo para esa defensa no será penalista jamás.”

Examinar ese planteamiento es importante por múltiples razones. Primero, porque engloba una visión del derecho y la justicia que trasciende a Cancino. Miles de abogados piensan de forma similar. Esta reflexión no gira alrededor de un individuo, sino de una forma de pensar enraizada en nuestra cultura jurídica, que determina gran parte de lo que somos y de la forma en que resolvemos nuestros conflictos. 

El penalista José Mestre, por ejemplo, secundó a su colega diciendo que “los defensores no necesitamos aplausos ni ser reconocidos como faro ético... La sociedad necesita de nuestro trabajo… para garantizar la libertad de sus ciudadanos”.  Años atrás Abelardo de la Espriella había dicho que la ética y el derecho transitan por caminos separados. 

Segundo, porque quienes así piensan y hablan son docentes en varias de las universidades más prestigiosas de Colombia. Su ejemplo y pensamiento son el molde con el cual se forja el acero de las nuevas generaciones de juristas. Sus alumnos ven en ellos referentes a seguir; un símbolo del éxito profesional y de la justicia. Para muchos, su palabra es ley.

Tercero, porque nos ayuda a decidir si Cancino y quienes respaldan su tesis realmente deben ser destinatarios del reproche social o si, por el contrario, deben ser vistos como apóstoles de la libertad, entendida como un bien mayor. Nos ayuda a decidir si merecen el ostracismo o el aplauso, la picota pública o la Cruz de Boyacá. 

Por último, porque la tesis bajo examen sugiere que si alguien quiere ser penalista tiene que ser como ellos. Es decir, “un abogado de la libertad” que, para serlo, debe “defender al diablo”. No importa que sea un paramilitar, narco, asesino de líderes sociales, guerrillero, corrupto o violador de niños. 

La tesis bajo examen tiene un ancla fuerte. Detrás de ella está la idea de que todos tenemos el derecho a ser vencidos en juicio, con pruebas y como resultado de un debido proceso, y que por lo tanto, tenemos el derecho a contar con la representación judicial de alguien versado en las leyes del país en el que estamos siendo investigados o juzgados. Hasta ahí todo bien. 

Pero la idea de que solo podemos ser penalistas si estamos dispuestos a defender el diablo es problemática. Reduce a los abogados a simples autómatas, que deben operar abstraídos de cualquier sentido de la ética o la justicia a la hora de decidir qué causas representan y cuáles no. Asume que los abogados están obligados a defender cualquier caso, por el solo hecho de que cualquier persona tiene derecho a una defensa. 

Entiende, en suma, que los penalistas, para ser considerados como tales, no tienen elección. Difiero. Si bien por regla general son los acusados los que buscan a los penalistas, al final son los penalistas quienes deciden a quiénes representan. Y ahí sus valores, su visión del mundo, su moral y su ética juegan un papel importante. 

Conozco abogados que por consideraciones éticas han rechazado cheques de varios millones de dólares que les han ofrecido conocidos narcotraficantes. Otros que han rechazado casos de pedófilos o feminicidas. Otros más que se han negado a defender guerrilleros o paramilitares. El sistema de valores de esos abogados cuenta y les sirve para tomar decisiones a la hora de tomar casos.

Pero la tesis de Cancino sugiere que esos abogados no pueden ser considerados penalistas. Su teoría supone que el abogado debe ser un instrumento carente de valores en el ejercicio de su profesión, que debe estar dispuesto a defender “al diablo” y que la única regla que debe regir su comportamiento es cumplir con la función que le asigna el Código de Procedimiento Penal: representar el interés de su cliente y servirse en ese propósito de lo que dice la ley. 

Pero la experiencia muestra que la tesis de Cancino no es cierta. Conozco penalistas que solo defienden personas de las que están genuinamente convencidos que son inocentes. Otros no representan acusados, solo víctimas, bien sea víctimas de la guerrilla, de los paramilitares, del ejército, o de los corruptos que los abogados que comparten la misma tesis de Cancino se han especializado en defender. Mientras tanto, otros penalistas le han dedicado su vida a perseguir criminales de todo tipo. 

Iván Velásquez, uno de los juristas más eximios que ha dado la historia reciente de Colombia, siendo magistrado auxiliar de la Corte Suprema de Justicia lideró la investigación que llevó a la condena de 40 parapolíticos. Persiguió las violaciones de los derechos humanos del bloque de búsqueda contra Pablo Escobar en los noventa, defendiendo las garantías de personas que estaban siendo torturadas. Como presidente de la Comisión Internacional de Lucha contra la Impunidad de Guatemala, sacó del poder a dos presidentes corruptos y docenas de ministros.

Otros penalistas han dedicado su vida a la academia, a la enseñanza. Otros se han especializado en representar casos ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Otros más le sirven al país desde el CTI o la Fiscalía, jugándose el pellejo por todos nosotros, así a veces no reconozcamos su esfuerzo. 

Colombia está lleno de heroínas y héroes anónimos. Es a ellos a quienes los colombianos y los estudiantes de derecho deberíamos admirar. 

Yo creo que Cancino es consciente de todo eso. Lo que pasa es que resulta más cómodo defender la otra tesis. La tesis que permite llevar cualquier caso sin sentirse mal por ello y escoger casos solo con base en los honorarios que se cobran y reciben y no con base en la justicia detrás de la causa. Es famoso entre algunos penalistas el cuento según el cual “lo importante es que a la oficina lleguen los clientes ricos y culpables y salgan inocentes pero pobres.” El chiste no debería ser objeto de aplauso sino vituperio.

Finalmente, una reflexión ontológica: creo no engañarme cuando digo que la mayoría de quienes estudiamos derecho lo hicimos con la idea de que desde esa profesión podríamos ser instrumentos de la justicia. Concebíamos el derecho como una herramienta que nos permitiría hacer el bien, mejorar la sociedad, ayudarnos a ser buenos, a ser mejores. A ser lo mejor que podemos ser. 

La tesis de Cancino, por contra, no tiene nada que ver con eso. La justicia no existe en su reflexión. Solo existe el derecho como arma puramente procedimental. Como código. El derecho como mecánica. Y la mecánica permite usar sin vergüenza el derecho como forma de bloquear investigaciones, ganar por prescripción, lograr el vencimiento de términos. La justicia queda borrada del mapa.

Yo creo que el derecho penal y los penalistas podemos ser mejores que lo que la tesis esgrimida por el abogado del empresario corrupto, Carlos Mattos, sugiere. Pienso que nuestra profesión puede servir al propósito de la justicia y la libertad, escritas con letras grandes; al mejoramiento de nuestra sociedad y a la protección de los más vulnerables, y no de aquellos que usan sus posiciones de poder impunemente para beneficio personal.  
 

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