Mariana Garcés
6 Mayo 2022

Mariana Garcés

Estaba cantado

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Se les dijo y se les advirtió. Y los congresistas lo sabían. Más pudo el afán burocrático con fines electorales que el respeto a la Constitución y a nuestro ordenamiento jurídico. En el control de constitucionalidad, por ocho votos a uno, la Corte declaró inexequible el artículo 124 de la Ley 2159 de 2021 mediante la cual se reformó la Ley de Garantías. Las razones esgrimidas por la Corte Constitucional fueron contundentes: se cae por “violar flagrantemente la reserva de ley estatutaria y el principio de unidad de materia”. 

La Ley de Garantías impone restricciones para prevenir los abusos de quien ejerce el poder y busca propiciar igualdad de condiciones para aquellos que participan en los procesos electorales, promoviendo el ejercicio transparente en el gasto público y evitando la contratación directa y la celebración de convenios interadministrativos. Estos convenios interadministrativos son una fórmula para trasladar recursos de la Nación a las entidades territoriales. Nada más tentador para un Gobierno en ejercicio que realizar contratos de prestación de servicios u obras para engrosar el caudal electoral buscando que ese “favor” se le pague con el voto para el candidato que el contratante apoye o sugiera. Esto sucedió antes de las elecciones para el Congreso de la República. 

Estas restricciones operan cuatro meses antes de la fecha en que se llevan a cabo las elecciones; el gobierno Duque, que se rasga las vestiduras diciendo que es el mayor defensor de los derechos constitucionales y además vende a su candidato Federico Gutiérrez como la única opción para preservar el orden constitucional, accedió a que le colgaran este mico a la ley anual de presupuesto en el pliego de modificaciones y ponencia para primer debate. El asunto se discutió y aprobó en las comisiones económicas, es decir en las terceras, y no en la comisión primera como hubiera sido lo legal. Las bancadas que votaron tratan de venderle al país que esa modificación pretendía favorecer a los municipios más pobres del país para reactivar a la Colombia profunda después de la pandemia y del paro nacional. ¡Por favor! que desfachatez. 

La ponencia de la magistrada Diana Fajardo ordena, además, suspender de manera inmediata la totalidad de convenios interadministrativos en trámite con efectos retroactivos. Los contratos que se hayan suscrito en este tiempo deben ser reversados por orden de la Corte. La diligencia se realizó, con pleno conocimiento. El Congreso de la República no está habilitado para modificar una ley estatutaria a través de una ley ordinaria. Este es el abc que conoce cualquier congresista y además lo saben sus unidades legislativas. No querían de ninguna manera favorecer a los más pobres de Colombia, querían tener una carta blanca en elecciones. Es obvio que lo que pretende evitar la Ley de Garantías son negociaciones de favorecimiento político a cambio de dinero o prebendas. Lo que permitió el Gobierno confabulado con el Congreso, fue abrir una puerta a la corrupción en medio de las elecciones. Es así como pretenden cambiar a Colombia. 

Da grima el concepto enviado por la Presidencia de la República y el Ministerio de Hacienda advirtiendo su postura y pregonando que la buena fe debe ser la regla general y que, si llegase a existir sospecha de corrupción, para ello están los organismos de control prestos a investigar. 

Ojalá se inicien las acciones legales de manera inmediata y las investigaciones necesarias contra todos aquellos que votaron de manera ilegal por torcerle el pescuezo a la Ley de Garantías en época preelectoral. 

La Corte Constitucional es tal vez la entidad más respetable con la que cuenta nuestra maltrecha democracia. Cuando parece que todo está perdido y la desolación nos invade, aparece la Corte con sus acertadas decisiones. Una luz en el camino.
 

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