Paola Herrera
23 Mayo 2022

Paola Herrera

La jugadita pensional

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Una “expropiación” a pequeña escala de los aportes a pensión de miles de colombianos se cocina al interior del gobierno de Iván Duque, a solo tres meses de que se termine esta administración y pese a que una de sus banderas, en plena campaña electoral, ha sido rechazar este tipo de medidas. 

Les explico: hace unos días, el Ministerio de Trabajo publicó para comentarios el proyecto de decreto con el que reglamentará el artículo 198 del Plan Nacional de Desarrollo (PND), para la promoción de los Beneficios Económicos Periódicos, más conocidos como Beps.

Las preocupaciones sobre esa reglamentación, que no se entiende por qué tardó cuatro años, coinciden con las críticas que, en su momento, se hicieron al mencionado artículo y que ahora, al volver una realidad esta mini reforma pensional que colaron en la ley del PND, vuelven a cobrar vigencia.

Lo más grave es lo que tiene que ver con lo que muchos expertos han llamado una posible expropiación de los aportes a pensión. En el proyecto de decreto del MinTrabajo se establece que todos los ahorros que las personas tengan en Colpensiones o en los fondos privados y que no les alcanzan para lograr una renta, se convertirían en Beps.

Los Beps existen hace más de siete años en Colombia y funcionan como una alternativa para aquellas personas que no cotizan a pensión, ya sea porque ganan menos del mínimo y no les alcanza o porque son informales. 

Estos colombianos depositan cada mes en Colpensiones lo que pueden, a manera de ahorro, y cuando llegan a la edad de jubilación, esa plata se les devuelve en mensualidades de forma vitalicia. 

Sin embargo, en el caso de los ahorros en los fondos privados la situación es diferente. Lo que sucede en la actualidad es que a los ciudadanos que no les alcanza para la pensión se les devuelve el monto completo de lo atesorado y, en muchos casos, esos dineros se vuelven “de bolsillo”.

Esa es precisamente la razón por la cual el Gobierno quiere convertir esos dineros en Beneficios Económicos Periódicos. Según ha explicado la cartera de Trabajo, el objetivo es que no les devuelvan toda la plata de un solo golpe a esas personas y así ayudar a que no se la malgasten. De esa forma podrán tener por el resto de sus días unos ingresos mensuales que se calcularían según lo que tengan ahorrado.

Por ejemplo, si una persona ahorra 80 millones de pesos en un fondo privado y llega a la edad de jubilación, evidentemente ese ahorro no le alcanza para tener una pensión, que por ley no puede ser inferior a un salario mínimo. 

Entonces, el fondo de pensión le trasladaría esos dineros a Colpensiones, entidad que la distribuiría al ahorrador por el resto de su vida, en cuotas mensuales que harían las veces de ‘pensión’. 

Esa medida suena conveniente, si no fuera porque los Beps no son heredables, es decir, no se pueden dejar a la familia en caso de que el ahorrador llegara a fallecer. 

En el decreto que prepara el Gobierno se abre la puerta a que el Estado se quede con la plata del ahorrador. Veamos un ejemplo: hoy, si una persona no se pensiona, le devuelven la plata. Pero si a esa persona le convierten su ahorro en Beps y, desafortunadamente, muere al mes de estar recibiendo el beneficio, pierde el resto del dinero que ahorró porque ni su familia lo podría reclamar. 

Recordemos que los dineros de las pensiones en Colombia son únicamente del ahorrador y su núcleo familiar. Por ende, se estaría configurando una norma que transgrede todos los principios del sistema pensional en el país.

No es menor el número de personas que se verían afectadas con esta nueva norma, ni los recursos que estarían en juego. Según datos oficiales, al año son unos 110.000 colombianos quienes solicitan la devolución de su ahorro pensional. 

De este total, 93.000 están en fondos privados, a quienes les reconocen, en promedio, 40 millones de pesos, y otros 16.000 se encuentran en Colpensiones, recibiendo cada uno aproximadamente 7 millones de pesos.

Pero ese no es el único problema que tiene este decreto. Como si fuera poco, otra vez el Gobierno está enfrentando un control de constitucionalidad por parte de la Corte, tras una demanda que se presentó al artículo 198 del Plan de Desarrollo, que -como ya mencionamos- es el que este decreto reglamentaría.

Y es que el Gobierno, como siempre con ayuda del Congreso, insistió en presentar ese artículo, pese a que sabían que no podían hacerlo, debido a que no se puede modificar una norma de seguridad social a través de un plan de desarrollo. 

Eso mismo pasó con el artículo 244 de la misma ley del PND, que cambiaba algunos aspectos sobre la cotización a seguridad social de los trabajadores independientes. Ese artículo se cayó en la Corte Constitucional porque, vuelve y juega, no se pueden cambiar las normas laborales o pensionales en el Plan de Desarrollo. 

Hay algo más: según el borrador de decreto, los colombianos tendrían seis meses para rechazar el traslado de los recursos ahorrados a los Beps, con lo cual la cosa quedaría como existe hoy, es decir, se devolvería la totalidad de lo aportado.

El problema es que no hay claridad sobre este tiempo, lo que enreda aún más la pita. ¿Son seis meses desde el momento en que la persona cumple la edad de pensión, seis meses desde que se solicita la devolución del dinero o desde cuándo? 

El Gobierno está pendiente de responder estas y otras preguntas. Sin embargo, es muy probable que sea la Corte la que tenga que arreglar este nuevo chicharrón. De todas formas, el decreto quedaría sin efectos si el alto tribunal le tumba otra vez una norma a Duque, quien aunque quiere ser magistrado, parece que no sabe de constitucionalidad.

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