
Crédito: Alcaldía de Bogotá
Estas son las medidas que se implementarán en Bogotá para reducir el gasto público
- Noticia relacionada:
- Alcaldía de Bogotá
- Carlos Fernando Galán
El alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, firmó un decreto para implementar medidas de eficiencia en el gasto público de las entidades distritales. Limitaciones en el uso de vehículos oficiales y servicios de telefonía, nuevas condiciones en los contratos por prestación de servicios, son, entre otras, las acciones de ahorro.
Por: Redacción Cambio

El alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, firmó un decreto destinado a establecer medidas de austeridad y eficiencia en el gasto público de la administración distrital. El decreto consiste en un plan de ahorro en el que se aplicarán nuevas políticas en algunas de las compensaciones monetarias de los empleados y limitaciones al uso de vehículos oficiales y servicios de telefonía, también, se crearán nuevas condiciones en los contratos por prestación de servicios, entre otros.
¿A quiénes aplica este decreto?
El alcance de estas medidas incluye a:
- Entidades y organismos comprendidos en el Presupuesto Anual del Distrito Capital
- Empresas sociales del Estado
- Fondos de desarrollo local
- Empresas industriales y comerciales del Distrito
- Sociedades públicas
- Sociedades de economía mixta en las que el Distrito Capital posea 90 por ciento o más de su capital social, entre otros
Plantas de personal, concursos abiertos y contratos por prestación de servicios
El decreto establece que la modificación de las plantas de personal solo se podrá hacer únicamente si estas generan ahorro o no implican costos adicionales, sin embargo, hay excepciones.
Así mismo, se determina que las entidades y organismos distritales llevarán a cabo concursos públicos de ascenso y de mérito con la Comisión Nacional del Servicio Civil, a través del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, con el fin de optimizar costos.
En relación con la reducción del gasto en contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, las entidades y organismos distritales implementarán un plan destinado a generar un ahorro mínimo del 10 por ciento con respecto al gasto ejecutado en la vigencia anterior para el año 2024.
¿Qué pasará con las horas extras y las vacaciones?
Se establecerán restricciones en las horas extras, autorizándolas únicamente en situaciones estrictamente necesarias para atender asuntos del servicio imprescindibles y "en ningún caso de carácter permanente". Para el caso de las entidades que laboren por el sistema de turnos, se trabajará en horarios que se adecuen a la jornada legal vigente, procurando la reducción del número de horas extras pagadas.
Por otra parte, la compensación monetaria de vacaciones causadas y no disfrutadas solo se realizará en casos de retiro definitivo del servidor público. También, se incluyeron nuevas condiciones a los bonos navideños, gastos de viajes, eventos y fondos educativos.
Restricciones para los servicios de telefonía y uso de vehículos oficiales
En lo que respecta a la gestión de servicios, se evitará la renovación o adquisición de teléfonos celulares y planes de telefonía móvil, internet y datos para los servidores públicos (de cualquier nivel) y se desinstalarán los planes o servicios contratados. Cabe aclarar que esto no aplica a aquellos destinados a la atención ciudadana, seguridad y actividades de inteligencia y contrainteligencia a cargo de las autoridades.
Para ello, se deberán adoptar modalidades de control y uso racional de llamadas internacionales, nacionales y a teléfonos móviles, incluyendo la adopción de sistemas basados en protocolos de internet.
Además, se autorizará y asignará vehículos de uso oficial o contratados mediante procesos de selección objetiva exclusivamente a servidores públicos del nivel directivo. Las entidades y organismos implementarán sistemas de monitoreo en los vehículos oficiales para establecer controles de ubicación, kilometraje y perímetros geográficos; y registrar el consumo diario de combustible.
Inmuebles en desuso: ¿qué hacer con ellos?
En un plazo máximo de seis meses, cada secretaría distrital deberá elaborar un plan de gestión para los bienes inmuebles, participaciones accionarias y activos de propiedad y que no sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
Este plan debe establecer la ruta de acción y los plazos para la disposición óptima de dichos activos, ya sea mediante su transferencia a otras entidades públicas, su enajenación, su baja del inventario, entre otros.
Para consultar todas las medidas del decreto 062 del 9 de febrero de 2024, haga clic aquí.
