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Gobierno Petro le quita el esquema de protección a algunos exministros
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Los cambios oficializados con un nuevo decreto reversan el modelo de entrega de esquemas de la UNP que había ordenado el Gobierno de Iván Duque. ¿A quiénes se les retirará la medida de protección?
Por: Redacción Cambio
Recientemente, el presidente Gustavo Petro firmó el decreto 1285 de 2023, emitido por el Ministerio del Interior, el cual modifica las condiciones para acceder a los esquemas de seguridad en el país. La medida afecta particularmente a los funcionarios que ya no ejercen sus cargos.
El decreto señala que la Unidad Nacional de Protección notificó desde el 9 de febrero que "los exservidores públicos que hayan sido miembros del Consejo Nacional de Seguridad y que hayan tenido bajo su responsabilidad la firma de la extradición deben recibir protección no por ostentar un cargo, sino por ser víctimas de situaciones que deriven en violencia política, ideológica o por el conflicto armado interno, siempre y cuando se encuentren en un riesgo extraordinario o extremo, determinado mediante el respectivo estudio de evaluación de riesgo”.
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Por ello, la nueva normativa excluye de los esquemas de seguridad de la UNP los numerales 11 (exservidores públicos miembros del Consejo Nacional de Seguridad) y 13 (exservidores públicos que hayan tenido bajo su responsabilidad la firma de la extradición) que fueron incorporados por el gobierno de Duque por medio del Decreto 1064 del 24 de junio de 2022.
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Así las cosas, exministros del Gobierno anterior como Diego Molano y Daniel Palacios y el exdirector del Dapre, Víctor Muñoz, ya no tendrían esquema de protección de la UNP, según el decreto.
Por lo tanto, de los exservidores públicos solo pueden acceder a los esquemas de seguridad aquellos "que hayan tenido bajo su responsabilidad el diseño, coordinación o ejecución de la Política de Derechos Humanos o de Paz del Gobierno nacional", además de quienes ocuparon el cargo de presidente de la república o de ministro de Despacho.
También se elimina el numeral 19, el cual asigna medidas de protección a líderes religiosos certificados por la Dirección de Asuntos Religiosos del Ministerio del Interior. Sin embargo, la UNP indicó que pueden "enmarcarse según el rol que ejercen en pro de la comunidad, tales como líderes sociales, defensor de derechos humanos, líderes de víctimas, líder de comunidades étnicas, entre otros”, que sí se contemplan como sujetos de protección en razón del riesgo.
Así mismo, dentro de los diez días siguientes a la publicación del nuevo decreto, se deberá realizar una revaluación del nivel del riesgo de las personas que se hayan beneficiado de las medidas y condiciones de protección del decreto modificado por el anterior gobierno. De esta forma, se determinará si subsiste “un nivel de riesgo extraordinario o extremo” y en tal caso, asignarles las medidas de protección ajustadas a las disposiciones vigentes.
“De llegarse a considerar que no existe nivel de riesgo extraordinario o extremo, se darán por terminadas las medidas de protección”, dice el decreto.