MinAgricultura: requisitos para acceder a tierras para damnificados por las lluvias
27 Marzo 2023

MinAgricultura: requisitos para acceder a tierras para damnificados por las lluvias

Crédito: Colprensa

El Ministerio de Agricultura anunció que entregará tierras a las familias damnificadas por las lluvias. Conozca los requisitos que debe cumplir para ser beneficiario de los predios.

Por: Redacción Cambio

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El Ministerio de Agricultura por medio del decreto 387 de 2023 anunció que otorgará tierras a las familias que han resultado damnificadas por los daños que ha causado la temporada de fuertes lluvias en las distintas regiones de Colombia. Este fenómeno natural ha dejado a centenares de personas en condiciones vulnerables. 

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Dicho decreto permitirá la entrega de tierras productivas en zonas estables para las familias y asociaciones rurales damnificadas por la ola invernal que deseen ser reubicadas y permanecer en una zona cómoda y segura.

El Ministerio de Agricultura afirmó que los afectados no solo podrán obtener el beneficio de una unidad agrícola familiar, sino también, un proyecto viable, técnico ambiental y financiero que podrá tener una inversión de hasta 34 millones de pesos. 

La Agencia Nacional de Tierras (ANT) con el apoyo de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres identificará los posibles beneficiarios.

Al respecto, el decreto de reglamentación dispone una serie de requisitos que se deben cumplir para adquirir el beneficio de acceder a las tierras.

Requisitos para acceder a tierras para damnificados por las lluvias:

  • Solo podrán aplicar familias campesinas y miembros de asociaciones rurales o comunidades étnicas (negras e indígenas).
  • Manifestar su interés voluntario de ser reubicados.
  • Estar inscritos en el Registro de Sujetos de Ordenamiento (Reso), lo cual permitirá que no solo sean beneficiarios de un predio sino también de un proyecto productivo viable técnica, ambiental y financieramente, que podrá ser financiado por parte de la Agencia de Desarrollo Rural (ADR).

El decreto determina que el proceso de selección, la compra de los nuevos predios para la reubicación y la entrega de proyectos productivos pasará por el comité de coordinación y gestión conformado por el Ministerio de Agricultura, la Agencia Nacional de Tierras, la Agencia de Desarrollo Rural y la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres que contactará a los potenciales beneficiarios. 

Finalmente, en caso de que los postulados superen la cantidad de tierras disponibles para este fin, la ANT dará prioridad a la población objeto del beneficio de dos maneras, la primera, por el nivel de afectación y la segunda, por el puntaje que le otorgue el Reso.

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