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"Sanciones de cierre no ocurren de manera deliberada": Dian sobre cierre de almacenes por incumplimiento de facturación electrónica
La Dian publicó un comunicado donde explicó por qué se han dado los cierres de algunos almacenes por el incumplimiento de la factura electrónica y aclaró lo que pasó con Éxito. Esto dijo la entidad.
Por: Redacción Cambio
Hace algunos días se dio el cierre del Éxito de Unicentro después de una visita de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian). En esa misma línea, el pasado 2 de enero, el almacén Olímpica ubicado en el centro comercial Portal 80 fue sancionado.
Ambos locales tuvieron que cerrar sus puertas por unos días debido a presuntas irregularidades en el sistema de facturación electrónica al no entregarla en todas las operaciones.
Dado que Éxito y SAO no han sido los únicos establecimientos sancionados, la Dian publicó un comunicado donde aclaró los procesos y las razones para interponer las sanciones.
"La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) concluyó el año 2023 con 355 sanciones de cierre a establecimientos comerciales en todo el país, debido a irregularidades o incumplimientos en el proceso de facturación. Del total, aproximadamente el 25 % de las sanciones tuvieron lugar en la capital del país, específicamente en diversos sectores comerciales, locales en centros comerciales y grandes superficies", se lee en el documento.
En este sentido, la entidad agregó que como resultado del seguimiento a la facturación electrónica, las sanciones interpuestas y las auditorías, día a día más compañías hacen el debido proceso de la facturación y cumplen con la norma.
Ante la sanción recibida, los directivos de almacenes Éxito aseguraron que consideraban que cumplieron con la norma.
"Consideramos que la compañía no incurrió en las supuestas irregularidades planteadas por la entidad, en tanto que Éxito siempre ha contado y cuenta con los mecanismos necesarios para la entrega de la representación gráfica de la factura electrónica dentro de sus establecimientos, como lo exigen los procedimientos, sin perjuicio de la transmisión que realiza a la Dian y a los correos electrónicos registrados por sus clientes para tal efecto", aseguró la cadena de supermercados.
En respuesta, la entidad puntualizó que todos los procesos que se hacen son rigurosos y respetan "cada una de las etapas establecidas en el Estatuto Tributario": visita de control, pliego de cargos, análisis y descargos; y resolución y sanción.
"En caso de confirmarse la sanción, el cierre debe ejecutarse en los siguientes diez días hábiles. Asimismo, el Estatuto Tributario también contempla que, en todo momento, el establecimiento que está incumpliendo con los requisitos de facturación puede acogerse al pago de una multa para evitar los tres días de cierre. La multa, dependiendo del hecho sancionable, se impondrá sobre los ingresos brutos operacionales del contribuyente en el mes anterior a la visita que originó el proceso, según el artículo 657 del ET", finalizó la Dian.