Servicio doméstico: cómo contratar las tareas del hogar
6 Junio 2024 09:06 am

Servicio doméstico: cómo contratar las tareas del hogar

Según la Gran Encuesta Integrada de Hogares del DANE, durante el año 2022 se ocuparon 649 mil personas en tareas relacionadas con el servicio doméstico (34,1% más que en 2021), y de estas, 93,1% fueron mujeres; es decir, 604 mil colombianas se ocuparon en labores del hogar.

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Aunque en este campo laboral son altos los niveles de informalidad, la normativa permite tres modalidades de contratación del servicio doméstico: con contrato a tiempo completo, con contrato por días o mediante agencia. Si usted necesita ayuda extra en su hogar, esto es lo que debe saber.

Contrato de tiempo completo

Esta modalidad implica la contratación del servicio doméstico durante la totalidad de la jornada laboral, es decir, 46 horas semanales a partir de julio de 2024 y 44 horas semanales desde julio de 2025. Se trata de una relación laboral como cualquier otra, con algunas obligaciones adicionales, como por ejemplo el suministro de calzado y vestimenta de trabajo. 

Dentro de esta opción, el servicio doméstico puede ser interno o externo, es decir, que resida o no en el hogar. En caso de ser interno, se debe respetar obligatoriamente el tiempo de trabajo, que nunca debe superar las 10 horas diarias: que el empleado viva en la casa no significa que trabaje sin horario. Si esta jornada se excede, el empleador debe reconocer el pago de horas extra.

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Contrato por días

Actualmente, esta es la modalidad más común de contratación de servicio doméstico, pues permite contar con ayuda según las necesidades específicas del hogar. Sin embargo, se presta para la informalidad. Recuerde que el hecho de no tener ayuda doméstica a tiempo completo no significa que se exima de asumir todas las obligaciones laborales.

Para empezar, esta modalidad requiere un contrato laboral, que puede ser con o sin término fijo. Este contrato tiene todas las características de uno a tiempo completo: obligaciones y responsabilidades, horario, reglamento de trabajo, sueldo y prestaciones, y liquidación en caso de terminación. La única diferencia es que los costos laborales –cesantías, aportes, auxilios, primas, indemnizaciones…– se calculan en función de los días trabajados.

Usted puede convenir con el trabajador la cantidad de días que debe presentarse a trabajar. Ya sea dos jornadas a la semana o una al mes, o el tiempo que se determine, siempre la relación debe estar cobijada por un contrato laboral, el sueldo debe ser como mínimo el autorizado ($55.956 por día, más auxilio de transporte diario y otros conceptos) y el empleador debe asumir todos los pagos de ley.

Contrato por agencia

Existen diferentes opciones de agencias que tercerizan la contratación del servicio doméstico. Esta modalidad ofrece beneficios, pero también algunas dificultades. Dentro de los puntos positivos está, por ejemplo, que la agencia es responsable de todas las obligaciones laborales, como el estudio previo, la nómina, el pago de prestaciones y la liquidación en caso de terminación del contrato.

Así, usted solo debe hacer la solicitud del servicio a la agencia especificando los requerimientos particulares (habilidades específicas o disponibilidad de tiempo, por ejemplo, y la agencia se encarga de hacer el estudio para encontrar la persona idónea, incluyendo el análisis de antecedentes judiciales. Al final del mes, usted le paga a la agencia según el tiempo que haya requerido el servicio.

Dentro de los puntos negativos de este esquema está que se dificulta tener una persona estable en los oficios de casa, pues la agencia puede decidir a quién enviar dentro de un grupo de personas que se acomoden a sus necesidades, según el agendamiento que hacen para su personal. Recuerde, además, exigir a la agencia que le presente toda la documentación laboral en regla, incluyendo la afiliación a seguridad social y riesgos laborales.


Peso a Peso, Paso a Paso es una colaboración periodística entre Cambio y Bancolombia para la educación financiera.

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