El pleito supera los 8.000 millones de pesos.
Crédito: Colprensa.
Consejo de Estado falló en contra de la comisionista Serfinco en pleito por millonaria sanción fiscal
- Noticia relacionada:
- Consejo de Estado
- Contraloría
El Consejo de Estado negó una demanda con la cual Serfinco S.A. pretendía revocar el fallo de la Contraloría, que le endilgó responsabilidad por un millonario detrimento patrimonial en Arauca relacionado con la compra de títulos TES.
La comisionista de bolsa Serfinco S.A. perdió en el Consejo de Estado una batalla con la que buscaba revertir una sanción de 8.904 millones de pesos impuesta el 14 de enero de 2014 por la Contraloría General de la República. ¿En qué consiste este pleito?
Probolsa S.A. le hizo en 2008 una propuesta a Arauca para comprar títulos TES (que son bonos del Gobierno) a nombre de ese municipio, por intermedio de la comisionista aliada Serfinco S.A. La Alcaldía aprobó el desembolso de 16.000 millones de pesos, que fueron girados a esta última empresa el 30 de octubre de 2008 en un cheque.
En 2009 la Contraloría inició una investigación y en enero de 2014 (luego de múltiples actuaciones y nulidades) se dictó fallo de responsabilidad fiscal contra varios funcionarios, así como contra Serfinco y Probolsa, por la mitad del dinero señalado: el que se alcanzó a invertir.
En ese fallo, la Contraloría dijo: "La compra de los títulos de tesorería TES por la firma Probolsa, a través de la sociedad Serfinco S.A, comisionista de bolsa, revisten de unas características financieras de alto riesgo, sin rentabilidad ni seguridad ni solidez, por cuanto se compraron títulos independientes provenientes de un TES, es decir, que se dividió el TES en sus componentes para venderlos por separado".
La comisionista insistió en que no hizo nada irregular y demandó ante la justicia administrativa la sanción. El 12 de mayo de 2016, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó sus pretensiones indicando que la gerencia de inversión de Serfinco S.A. conocía el esquema de negocio que Probolsa S.A. les ofreció a sus clientes, que contrariaba a los mandatos legales para participar en la inversión de los TES.
Lo que dijo el Consejo de Estado
La empresa apeló de nuevo y el caso llegó al Consejo de Estado. En fallo de 112 páginas conocido por CAMBIO, el alto tribunal desestimó uno a uno los argumentos de Serfinco. Por un lado, dijo que no es cierto que la Contraloría no hubiera practicado las pruebas solicitadas y suficientes para esclarecer las circunstancias del giro de los recursos efectuados por el municipio de Arauca.
"En relación con este punto, la Sala advierte que no es cierto, como lo señala el recurrente, que el fallo con responsabilidad fiscal se haya adoptado con fundamento en pruebas ocultas, puesto que, como quedó visto en el trámite de la actuación administrativa, las pruebas que sustentaron los actos administrativos acusados fueron decretadas por la Contraloría e incorporadas al expediente", dice el fallo.
La sentencia enfatiza en que no se vulneró el debido proceso de la comisionista y que no es cierto que desde el comienzo se le haya dado por responsable, pues el proceso tuvo múltiples etapas, pruebas, declaraciones y otros elementos que agotaron la investigación.
"En ese sentido, del contenido del fallo de responsabilidad fiscal se desprende que la Contraloría analizó cada uno de los elementos mencionados para establecer la existencia de responsabilidad. Al respecto, explicó las razones por las cuales Serfinco S.A. se consideraba gestor fiscal y así mismo indicó que, como gestor fiscal, había contribuido al daño patrimonial causado, por lo que no se advierte incongruencia entre la imputación y el fallo", agregó el Consejo de Estado.
Ahora, como Serfinco insistía en que no tuvo un contrato con el municipio sino que ese vínculo lo tenía solo Probolsa, el Consejo de Estado dijo que ese hecho no impedía declarar la responsabilidad fiscal de la comisionista porque fue esta la que recibió la suma de 16.000 millones de pesos para que comprara los TES.
"Fue precisamente la firma comisionista la que se prestó para gestar la operación, a sabiendas de que se trataba de recursos públicos. A estos efectos se observa que en el proceso de responsabilidad fiscal quedó acreditado que Probolsa S.A. no tenía la capacidad para adquirir directamente los TES, en la medida que solo una sociedad habilitada por el Estado para intermediar en el mercado de valores podría hacer operaciones de compra y venta de estos títulos, por lo que, como lo indicó la Contraloría, Serfinco S.A. “facilitó, colaboró y permitió que Probolsa se quedara con gran parte de los recursos”, dado que Probolsa S.A. era cliente de Serfinco S.A", agregó el fallo.