
Gregorio Eljach.
Este es el primer impedimento que le aceptó la Corte Constitucional a Gregorio Eljach
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El nuevo procurador general, Gregorio Elajch, participó como secretario del Senado en el trámite de múltiples normas. Pero solo en nueve expedientes que revisa la Corte Constitucional se declaró impedido. Ya uno fue negado –el que tenía que ver con la reforma pensional–, y otro le fue aceptado. Les contamos.

El pasado 16 de enero el procurador general, Gregorio Eljach, recién arrancando su periodo en la entidad, se declaró impedido ante la Corte Constitucional para participar en varios debates claves que avanzan en ese alto tribunal, en razón de que venía de desempeñarse como secretario del Senado, rol que tiene un papel clave en el trámite de múltiples leyes.
Eljach se declaró impedido en nueve casos, tal y como contó CAMBIO en ese momento:
- La demanda que presentó Paola Holguín en contra de la Ley 2294 de 2023 o la Ley del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 por supuestamente inobservar las reglas constitucionales y legales que regulan el procedimiento legislativo.
- La demanda de Everaldo Lamprea Montealegre en contra de unos apartados de la Ley 2086 de 2021 sobre las Juntas Administradoras Locales.
- Varias demandas acumuladas en contra de la Ley 2391 de 2024 que es la reforma al sistema de pensiones.
- La demanda que se presentó en contra de la Ley 2385 de 2024 o Ley 'No más Olé' que prohíbe las corridas de toros y las novilladas en el plazo de tres años.
- Una demanda que cursa en contra del Plan de Desarrollo de Iván Duque que creó medidas permanentes sobre el servicio de Electricaribe.
- Una demanda de Natalia Springer sobre el concepto de "persona protegida" al cual se hace referencia en la descripción de varios delitos sexuales en el Código Penal.
- La revisión de la Ley Aprobatoria del Convenio Regional para el Reconocimiento de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina, suscrito en Buenos Aires.
- La revisión de la Ley Aprobatoria del Acuerdo entre Venezuela y Colombia en materia de inversiones, suscrito en Caracas en 2023.
- La revisión automática del proyecto de Ley Estatutaria sobre la Jurisdicción Agraria.
Hasta el momento, la Sala Plena de la Corte Constitucional negó el impedimento presentado en el caso de la reforma pensional, en concreto en la demanda que presentó una bancada de 19 congresistas de la oposición y que está en manos del magistrado José Fernando Reyes.
Esa decisión, que aún no ha sido notificada, implica que Eljach podrá emitir concepto sobre la reforma, uno de los pilares del Gobierno de Gustavo Petro y que está en la cuerda floja por presuntos vicios de trámite. Hasta el momento se desconocen los pormenores de esa decisión, pero se estableció que para la Corte la labor de Eljach como secretario del Senado en ese caso no lo afecta para emitir un pronunciamiento sobre si la reforma es constitucional o no en tanto que no se trata de una ley estatutaria o una ley aprobatoria de tratado.
El impedimento aceptado
En cambio, la Sala Plena sí le aceptó el impedimento presentado en el trámite de revisión de la Ley 2370 del 12 de julio de 2024, por medio de la cual se aprueba el “acuerdo entre la República Bolivariana de Venezuela y la República de Colombia relativo a la promoción y protección recíproca de inversiones”, suscrito en Caracas el 3 de febrero de 2023.
Para que esta disposición entre a regir, se necesita el pronunciamiento previo de la Corte. La revisión de esa ley aprobatoria de tratado la tiene la magistrada Cristina Pardo y en auto del pasado 20 de febrero, la Sala Plena declaró fundado el impedimento. Esto quiere decir que el viceprocurador será el que emita el respectivo concepto sobre esta ley.
Según la Corte, el secretario del Senado puede ordenar el trámite legislativo y procurar que este cumpla las normas constitucionales y legales que lo regulan, por lo que su intervención se circunscribe al ámbito del procedimiento formal que sigue el Congreso para la formación de las leyes. Pero como pueden ser tantos casos y el procurador tiene el deber de conceptuar ante la Corte, lo que se tendrá en cuenta es que se demuestre una circunstancia "que permita considerar que su imparcialidad e independencia se encuentran comprometidas (...) al punto de que debe ser relevado del cumplimiento del deber superior de rendir concepto en los procesos de constitucionalidad".
Por eso, la Corte precisó que el impedimento no se aceptará automáticamente cuando lo que se revise sean aspectos formales del trámite de una norma y precisó:
- "Se ha de insistir en que, incluso cuando se trata de vicios de procedimiento en la formación de las normas controladas, la aceptación del impedimento no es automática. La Corte deberá, para el efecto, analizar cada caso y verificar el cumplimiento de las reglas definidas por la jurisprudencia para considerar que se configuró la causal de impedimento consistente en haber intervenido en la expedición de la norma enjuiciada".
- "No ocurre lo mismo, respecto de los procesos de constitucionalidad en los que la Corte solo analiza la norma objeto de control a la luz de parámetros sustanciales o materiales o de cargos de inconstitucionalidad de fondo. En estos casos, dada la naturaleza del estudio que adelanta la Sala, en principio, el impedimento no sería fundado. No obstante, esto no significa que, en este supuesto, el impedimento nunca esté llamado a prosperar. Lo que supone es que el procurador general de la nación deberá demostrar dos elementos: que su intervención en la expedición de la norma fue activa y determinante y que dicha intervención guarda relación con el asunto que debe resolver la Corte".
Con estos parámetros, la Corte tuvo en cuenta que para el caso concreto que Eljach sí intervino de forma determinante en el trámite pues "certificó la recepción del proyecto de ley y su exposición de motivos; remitió estos documentos a la Comisión Segunda Constitucional permanente del Senado de la República, para que esta impartiera el trámite correspondiente; anunció dicho proyecto para su discusión en la plenaria del Senado; leyó y certificó la aprobación del orden del día; hizo el llamado a lista de los senadores y certificó los cuórum deliberatorio y decisorio; cerró el registro electrónico de la votación; y certificó la aprobación del texto definitivo del proyecto de ley en la sesión plenaria del Senado del 9 de octubre de 2023".
