
Miguel Polo Polo.
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Exclusivo: Miguel Polo Polo tuvo intención de "infligir daño" a Gustavo Bolívar dice la Corte Suprema
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CAMBIO revela la acusación completa de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia en contra de Miguel Polo Polo, quien emitió un mensaje injurioso en Twitter en contra de Gustavo Bolívar. La acusación quedó en firme luego de que el alto tribunal no admitiera una retractación tardía del congresista.

El representante a la Cámara Miguel Polo Polo irá a juicio por hacer comentarios injuriosos en contra del exsenador y actual director del Departamento Administrativo de Prosperidad Social, Gustavo Bolívar. Polo Polo, quien tiene más de 335.000 seguidores en su cuenta de Twitter, no tuvo problema en asegurar que Bolívar era "el político más despreciable de Colombia".
Solo cuando fue informado de la acusación en su contra, Polo Polo intentó retractarse enviando un escrito a la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia. Pero el alto tribunal no solo no le aceptó la retractación, sino que negó un recurso y la acusación en su contra quedó en firme. El caso ya quedó en manos de la Sala de Primera Instancia del alto tribunal.
CAMBIO revela en exclusiva la acusación completa de la Sala de Instrucción que señala que los comentarios de Polo Polo no están cobijados por la libertad de expresión y que, en cambio, señala que la intención del congresista fue la de "infligir daño" a Bolívar.
El trino y los argumentos de la Corte
El 23 de agosto de 2023, Miguel Polo Polo escribió en Twitter (ahora X): “Gustavo Bolívar es el político más despreciable de Colombia por mucho, una persona que carga en su espalda dos suicidios de jóvenes que le prestaron servicios millonarios a su hotel y luego no les pagó, y por cuenta de eso los jóvenes endeudados con el banco se quitaron la vida. Un ser humano como él, que financió la primera línea que quemó a Bogotá en el paro y mató bebés en ambulancias por los bloqueos, degolló jóvenes, violó y asesinó policías, no debería ser ni siquiera candidato a una alcaldía. Y ahora ataca a la oposición y a los medios de comunicación”.
Este mensaje se dio previo a la campaña por la Alcaldía de Bogotá, a la que se postuló Bolívar. Polo Polo hacía referencia a los suicidios de los jóvenes Diego Díaz y Felipe Pasos. El primero era hijo del actor Bruno Díaz, quien denunció a Bolívar por un supuesto incumplimiento en un contrato, y el segundo era su mejor amigo. El trino también hacía referencia a las actuaciones que hizo Bolívar en el paro nacional y el supuesto financiamiento de la llamada 'primera línea'. Bolívar respondió a los comentarios y denunció a Polo Polo. En el proceso, en la Corte se intentó conciliar varias veces, pero ninguna de las dos partes cedió.
Con ponencia del magistrado Marco Antonio Rueda, la Sala de Instrucción de la Corte Suprema decidió de forma unánime que los comentarios de Polo Polo sí corresponden al delito de injuria. Tras un extenso análisis de las características de ese delito, la Sala dejó en claro que quien incurre en el mismo realiza expresiones que buscan lesionar el honor o la honra de la otra persona, en un escenario que tenga en efecto la capacidad de provocar un agravio.
En el caso concreto, se tuvo en cuenta la cantidad de seguidores de Polo Polo en la red social, así como las reproducciones del trino que superaban las 321.600 para el momento en que se hizo un informe pericial en este caso. La Sala analizó el contenido del mensaje y llegó a varias conclusiones.
Por un lado, indicó que del contexto en el que se emitió el trino, "se puede sostener que Polo Polo no solo expresó el contenido de su libre pensamiento sobre Bolívar Moreno, sino que, con el propósito de convencer a sus lectores frente a la credibilidad de su tesis, fundamentó su percepción a través de la divulgación de información que daba cuenta de la ocurrencia de hechos cuya responsabilidad le endilgó a (Bolívar)".
Además, señaló que el comentario no está amparado en la inviolabilidad parlamentaria, que está contemplada en la Constitución y que señala que "los congresistas serán inviolables por las opiniones y votos que emitan en el ejercicio del cargo". En ese sentido, la Sala dijo que el trino de Polo Polo no se emitió en el marco de una moción de censura o de un control político.
"Bolívar Moreno no ostentaba la calidad de funcionario público en aquel entonces, de suerte que con su publicación el aforado no podía plantearle una moción de censura, o solicitarle la presentación de informes ni citarlo para discutir asuntos públicos; con mayor razón, tampoco practicaba algún tipo de control presupuestal, no examinaba la declaratoria de estados de excepción y en absoluto estaba promoviendo el juzgamiento del presidente, de los magistrados de las altas cortes o del fiscal general", dice la acusación.
El comentario no está amparado en la libertad de expresión

En tercer lugar, la Sala de Instrucción apuntó que este mensaje no está amparado por la libertad de expresión, ni se trata de un discurso protegido en el marco de la jurisprudencia de la Corte Constitucional ni de los parámetros de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH).
En ese sentido, la Corte recordó que se entienden como protegidos los discursos y opiniones, incluso los que chocan, irritan o inquietan a los funcionarios públicos y también recordó que cuando se refiere a candidatos que aspiran a cargos públicos, hay una carga diferente, ya que el debate público se vuelve un instrumento de análisis. En palabras sencillas: la libertad de expresión no es absoluta y en las sociedades democráticas se asume que las instituciones estatales y sus representantes deben tolerar un grado mayor de escrutinio y de crítica.
Con esa base, la Sala de Instrucción dijo que el comentario de Polo Polo traspasó esos límites porque, aunque se hizo en campaña, no buscó plantear una discusión sobre la plataforma política de Bolívar, ni rebatir sus convicciones ideológicas o refutar su obrar público:
"Lo que resulta incuestionable es que el trino expresa una inequívoca intención de infligir daño, pues parte del supuesto de que el denunciante es despreciable y, por consiguiente, el aparte de connotación injuriosa únicamente pretende denostar a Bolívar Moreno presentándolo como el político más despreciable de Colombia, en sustento de lo cual el encausado lo sindica de ser una persona que carga en su espalda dos suicidios de jóvenes que le prestaron servicios millonarios a su hotel y luego no les pago (sic), y por cuenta de eso los jóvenes endeudados con el banco se quitaron la vida", señaló la Corte.
En resumen, la acusación de 182 páginas apunta a que Polo Polo no buscó cuestionar la candidatura de Bolívar, ni rebatir a un funcionario público (no lo era), sino difamar a Bolívar sobre actuaciones que "hacían parte de la esfera protegida de la intimidad de Bolívar Moreno".
"Dado que el congresista investigado publicó su trino el 23 de agosto de 2023, 28 meses después de ocurrido el suicidio de Diego Andrés Díaz Valdiri y transcurridos 24 meses luego del de Felipe Pasos, concretamente durante la campaña en la que el denunciante se presentó como candidato a la Alcaldía de la capital, para la Sala no está satisfecho el requisito de la actualidad del interés público frente al contenido de la información difundida. Esto, pues lo que la Corte observa es que el aforado divulgó información pretérita con el único fin de mancillar el buen nombre de Bolívar Moreno, a quien le imputó falsamente hechos verificables con miras a perjudicarlo en su candidatura", precisó la Sala.
De hecho, se revisaron las circunstancias públicas previo al suicidio de los jóvenes y la Corte indicó que no había ningún elemento que le permitiera a Polo Polo decir, como hizo, que Bolívar era el responsable como resultado de la mora frente a los pagos convenidos para costear el sistema solar fotovoltaico instalado en el establecimiento de su propiedad, Hotel Paraíso Estudios.
"Sobre ese aspecto puntual, la Corte cuenta con evidencia testimonial indicativa de que ya desde la misma fecha en que Felipe Pasos se quitó la vida, Polo Polo desplegó un comportamiento orientado a instrumentalizar ese hecho con el fin de causar un daño a la integridad moral del querellante", agregó la Sala, luego de citar los testimonios de familiares del joven Díaz que cuestionaron a Polo Polo de usar su dolor como instrumento político para atacar a Gustavo Bolívar. Incluso, la Sala indicó que de la actuación del congresista se evidenció una intención de atacar, pero no de develar la verdad sobre lo que pasó con los jóvenes.
Por último, la Sala precisó que se cumplieron todos los requisitos para la "configuración de la real malicia como criterio de habilitación para la determinación de responsabilidades ulteriores ante el ejercicio abusivo del derecho a la libertad de expresión, de pensamiento y de información". Y señaló que el trino, además de ser "manifiestamente injurioso" es "despectivo" y fue escrito por una persona que, como funcionario público que es, debe cumplir la ley. Es decir, no se trató de difundir información verificable, producto de un informe diligente y de contrastación de fuentes, sino de una difamación.
Miguel Polo Polo y su abogado han dicho que acudirán a juicio para defenderse de este caso.
