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"Abusos propios de una dictadura": presidente Gustavo Petro propone demanda común contra la Procuraduría
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El presidente Gustavo Petro se pronunció sobre la inhabilidad por parte de la Procuraduría al exalcalde de Cartagena William Dau. El mandatario pidió que se denuncie al Ministerio Público.
Por: Redacción Cambio

En la mañana de este 16 julio, la Procuraduría General de la Nación dio a conocer que suspendió e inhabilitó por cuatro meses a William Dau Chamat, exalcalde de Cartagena, por referirse en términos irrespetuosos y desobligantes a los directivos de la Universidad de Cartagena.
Tras el anuncio del Ministerio Público, el presidente Gustavo Petro se pronunció en redes sociales. El jefe de Estado recordó la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que falló a su favor, en la que condenó a la nación por la destitución que dictó el entonces procurador Alejandro Ordóñez.
"Esto sigue siendo un abuso de poder. Después de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ninguna autoridad administrativa debe suspender derechos políticos a ningún ciudadano de Colombia. La agencia de defensa del Estado debe buscar la defensa también de la ciudadanía contra abusos de autoridad ante el contencioso-administrativo", escribió Petro.

Tras su crítica y pedir a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado tomar cartas sobre el asunto, el presidente envió un mensaje a la ciudadanía.
"Invito a los ciudadanos sancionados con pérdida de derechos políticos a realizar una demanda común contra este tipo de abusos de poder propios de una dictadura", anotó el mandatario.
Y agregó: "Colombia debe ser profundamente democrática y la justicia se debe respetar".
Desde que comenzó la administración Petro, el Ministerio de Justicia anunció que entre la reforma que presentará al Congreso se pediría un cambio de las funciones del Ministerio Público.
De acuerdo con lo mencionado en su momento por el exministro Néstor Osuna el Gobierno buscará que la Procuraduría ya no tenga facultades jurisdiccionales, es decir, no podría limitar derechos ni imponer sanciones como la destitución o la inhabilidad. Así mismo, no podría intervenir en procesos judiciales, sino solo cuando sea requerido por los organismos y bajo los estatutos que determine la ley de llegarse a aprobar el documento.
