Juez niega petición de la Fiscalía y deja en libertad al gobernador Carlos Caicedo
17 Mayo 2023

Juez niega petición de la Fiscalía y deja en libertad al gobernador Carlos Caicedo

El gobernador del Magdalena, Carlos Caicedo, podría continuar uno de sus procesos en libertad.

Crédito: Foto: Yamith Mariño

El Tribunal Superior de Bogotá rechazó la petición de la Fiscalía y dijo que el gobernador Carlos Caicedo no representa un peligro para el departamento.

Por: Sylvia Charry

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El Tribunal Superior de Bogotá rechazó la petición que semanas atrás le hizo el fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia, Víctor Salcedo, y permitió que el gobernador de Magdalena, Carlos Eduardo Caicedo Omar, continúe en libertad el proceso que le llevan por, supuestamente, celebrar sin los requisitos que exige la ley el contrato de obra del 30 de diciembre de 2014 que contempló la construcción de una megabiblioteca en el colegio San Pedro Alejandrino e incurrir en supuestas falsedades por la suscripción del mismo.

Según el magistrado Dagoberto Hernández, la Fiscalía “no logró demostrar con la suficiente fortaleza que Carlos Caicedo representa un peligro para la comunidad y falló en la intención de demostrar que hubo continuidad en el delito".

“De las 32 actuaciones penales vigentes en contra de Caicedo, 23 se encuentran en indagación, hace presumir que en ellas no se ha llegado a una inferencia razonable. En esa mediad la pretensión de la Fiscalía carece de información objetiva y con la suficiente contundencia que permita arribar a la conclusión razonable de que Carlos Caicedo pondrá en peligro la comunidad del Magdalena por las investigaciones activas. Recae la presunción de inocencia porque no ha sido vencido en juicio en ninguno de los procesos penales que se siguen en su contra. El titular de la acción penal debe recordar que el principio es que el procesado pueda continuar el proceso en libertad y la excepción es que se le restrinja ese principio”, dijo el magistrado.

Sin embargo, el magistrado dijo en la audiencia que sí hay inferencia razonable, es decir, hay motivos preliminares para creer que el gobernador, siendo alcalde de Santa Marta, incurrió en el delito de celebración sin el cumplimiento de los requisitos legales, pero no hay indicios de que incurriera en el de falsedad en documento público. Es decir, sólo le creyó al 50% de la hipótesis expuesta por el fiscal Salcedo.

Sobre la contratación sin los requisitos legales, la investigación determinó que el proyecto fijó un valor inicial de 10.044 millones de pesos, pero recibió adiciones por encima de los 5.000 millones de pesos por la supuesta falta de planeación. Asimismo, se estableció que el plazo previsto de cinco meses se amplió a tres años.

El magistrado dijo que identificó por lo menos dos asuntos problemáticos o dos inconsistencias en el contrato que están ligados al delito de contrato sin el cumplimiento de los requisitos legales. La primera es la falta de claridad de las fuentes de financiación, dijo que la construcción de la megabiblioteca está ligada con el sector cultura y entonces, no se podían tomar su financiación de los recursos del sector educativo para la obra.

“No se trata de una biblioteca escolar si no pública estatal que esta orientada al servicio de la comunidad y no de la población estudiantil matriculada”, enfatizó.

Incluso, explicó que, gracias a la labor desarrollada por la policía judicial, la Fiscalía consiguió un documento que será clave para el proceso que muestra que la postura de los ministerios de Hacienda y de Educación es que no es procedente invertir los recursos de la educación para financiar un proyecto de las características contratadas “lo cual ratifica que hay una defectuosa cadena de planeación”.

La segunda inconsistencia, según el magistrado, es en el lugar en el que está ubicado la megabiblioteca, porque tendría única destinación para el sector educativo y no para una biblioteca pública estatal.

“Se construyó la Megabiblioteca en un terreno que tenía una destinación específica para exclusividad a la prestación del servicio educativo Estatal, los cuales no podían ser enajenados y de uso diferente a ese, incurriendo al posible incumplimiento a la ley 60 del 93”, fue la teoría de la Fiscalía.

 

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