La jugadita de Álvaro Prada contra la Colombia Humana en Medellín
25 Junio 2024 01:06 pm

La jugadita de Álvaro Prada contra la Colombia Humana en Medellín

Álvaro Prada, magistrado del CNE.

Crédito: Colprensa.

Un magistrado del Consejo Nacional Electoral dejó al descubierto las omisiones de Álvaro Prada que perjudicaron a la Colombia Humana en la disputa por las vicepresidencias del Concejo de Medellín. Al final, el CNE ordenó repetir las elecciones.

Por: Alejandra Bonilla Mora

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El cuestionado magistrado del Consejo Nacional Electoral Álvaro Prada tenía bajo su cargo resolver una petición del movimiento Colombia Humana que alegaba que se había vulnerado su derecho a la oposición porque en las vicepresidencias del Concejo de Medellín no quedó, como debería, un representante de un partido declarado en oposición sino integrantes de Creemos, del Centro Democrático y de la ASI, todos aliados del alcalde Federico Gutiérrez.

La petición la presentó la Junta Municipal de Coordinación Política de Colombia Humana en Medellín y se estudió de forma conjunta con una presentada por el partido político Independientes, de Juan Carlos Upegui. Lo que debía demorarse unas semanas, tardó seis meses en resolverse dentro del CNE, en perjuicio de los opositores, y con una ‘jugadita’ de Prada que casi pasa inadvertida.

Tanto Independientes como Colombia Humana se declararon en oposición en la sesión del 2 de enero de este año, en la que se hizo la votación de la mesa directiva del Concejo. El 5 de enero, el magistrado Prada asumió el estudio de la acción de protección que presentaron por aparte cada movimiento, pero al momento de presentar su ponencia omitió información clave.

Según la ponencia de Prada, la petición de Colombia Humana no debía prosperar porque no fue allegada una manifestación de la representante del movimiento, Carmen Cecilia Anachury Díaz, indicando que las Juntas Municipales de Coordinación de la colectividad sí están reconocidas estatutariamente como órganos de dirección y administración territorial.

La ponencia de Prada fue presentada ante la Sala Plena del CNE y contrario a los intereses del magistrado y excongresista del Centro Democrático, sus colegas no la avalaron, sino que la derrotaron el 10 de abril pasado. Eso significó que el expediente pasara a manos del magistrado Cristian Quiroz de la Alianza Verde, quien estudió de nuevo toda la documentación y puso en evidencia a Prada.

Según Quiroz, Prada omitió información clave para el proceso, incluida la manifestación de la representante Anachury que tanto echaba de menos. Así quedó consignado en la resolución 03061 del 12 de junio pasado, en la que la Sala Plena del CNE concedió las pretensiones de los opositores y le ordenó al presidente del Concejo de Medellín, Andrés Felipe Tobón, repetir las elecciones por la primera y segunda vicepresidencia.

“Con relación al expediente físico No. CNE-DG-2024-000318 remitido por el despacho del magistrado Álvaro Hernán Prada Artunduaga, el despacho del magistrado Cristian Ricardo Quiroz Romero evidenció inconsistencias en el foliado de los documentos y, especialmente, corroboró que en el mismo se omitió incluir una serie de abonos radicados ante el Grupo de Atención al ciudadano y Gestión documental que, no obstante, fueron reenviados por personal adscrito al despacho del magistrado mediante el aplicativo de gestión documental de la corporación”, dice la resolución.

¿Qué información omitió Prada?

La decisión del CNE dice que en el expediente no había documentos que sí llegaron a la corporación.

-Una solicitud del 11 de enero de 2024 en la que la Procuraduría pedía copia completa del expediente.

-Un certificado del 27 de febrero de 2024 mediante el cual el CNE remitió copia de los estatutos vigentes de Colombia Humana y en el que se hace constar que Carmen Cecilia Anachury Díaz es su representante.

-El pronunciamiento del 26 de febrero de 2024 mediante el cual Carmen Cecilia Anachury Díaz manifestó que las Juntas Municipales de Coordinación de la colectividad están reconocidas estatutariamente como órganos de dirección y que, en tal sentido, la solicitud presentada ante el CNE “se entiende avalada íntegramente y coadyuvada entonces por la Representación Legal de la agrupación política”.

Ante ello, el magistrado Quiroz manifestó su sorpresa por el hecho de que la ponencia de Prada dijera de manera tajante que la petición de Colombia Humana no procedía porque no estaba debidamente sustentada, cuando era claro que sí y que las pruebas de ello fueron omitidas en su despacho.

A este punto debe resaltar el magistrado sustanciador que en la ponencia que fuera sometida a deliberación y votación de la Sala Plena por parte del magistrado Álvaro Hernán Prada Artunduaga el día 10 de abril de 2024 se omitió incluir tal manifestación efectuada por la representante legal del movimiento político Colombia Humana y que, por el contrario, se expuso que la solicitud presentada por la Junta Municipal de Coordinación Política del Movimiento Colombia Humana de Medellín no cumplía con los requisitos de procedibilidad dado que no acreditaba la legitimidad, pese a que desde el día 26 de febrero de 2024 se hallaba probada dicha legitimidad, encontrándose entonces erróneamente sustentada la decisión entonces deliberada y votada”.

Prada.

Alejandra Montoya, quien hace parte de la Junta Municipal de Coordinación en Medellín del Partido Colombia Humana, le dijo a CAMBIO que las precisiones del magistrado Quiroz dejaron en evidencia a Prada, quien habría incurrido en otras irregularidades como no notificarlos en el momento en que se inició el proceso.

"Más allá de que le devuelvan los derechos políticos a Colombia Humana, creemos que hay una real persecución política por parte del magistrado Prada, que está involucrado con el tema de soborno a testigos (en el caso del expresidente) Álvaro Uribe. Esto no es un asunto de que se le perdieron los documentos, no, esto es una persecución contra Colombia Humana como partido", dijo.

Protegen los derechos de la oposición

Tras hacer la advertencia de las irregularidades de parte del magistrado Prada, en CNE resolvió de fondo la acción de protección presentada y determinó que, en efecto, hubo una violación al Estatuto de Oposición de Colombia Humana.

Primero, se indicó que el concejal Juan Carlos Upegui (Independientes) sí se declaró en oposición en diciembre de 2023, pero que no se postuló en enero de este año para el cargo de la primera vicepresidencia. Segundo, se precisó que el concejal José Luis Marín (Colombia Humana) se declaró en oposición y se postuló a la segunda vicepresidencia del Concejo. Aun así, fue ignorado.

“(…) Observa la Sala una flagrante vulneración que debe ser amparada mediante la acción de protección instituida en la misma Ley 1909 de 2018, en consecuencia, la solicitud del Movimiento Político Colombia Humana está llamada a prosperar, no así la presentada por el partido político Independientes”, dice la resolución. Sobre la decisión, Montoya se pronunció así: 

"Nosotros no tuvimos incidencia ni siquiera en el Plan de Desarrollo de Federico Gutiérrez, ni en el orden del día, ni acceder a la financiación que brinda el Estado para poder ejercer esa oposición y es muy importante hacerlo porque, aunque Gutiérrez ganó con contundencia, también hay unos derechos políticos que se han vulnerado", dijo.

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