Olmedo López y Sneyder Pinilla.
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¿Las pruebas que entregaron Olmedo López y Sneyder Pinilla a la Corte no se podrían usar?
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La magistrada Cristina Lombana, de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, salvó su voto en la decisión que llamó a indagatoria a los congresistas Iván Name y Andrés Calle por el escándalo de la UNGRD y planteó la posibilidad de que no puedan usarse las pruebas que ellos entregaron. Detalles.
La magistrada de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia Cristina Lombana Velásquez no estuvo de acuerdo con la decisión que abrió investigación formal y llamó a indagatoria a los congresistas Iván Name y Andrés Calle por el escándalo de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.
Para Lombana, las pruebas que aportaron os testigos principales en este caso no pueden usarse todavía porque Olmedo López, exdirector de la UNGRD, y Sneyder Pinilla, exsubdirector de la entidad, están tramitando una negociación con la Fiscalía que aún no se ha oficializado.
La jurista apela a que las pruebas entregadas por ambos exfuncionarios a la Fiscalía están en el marco de la Ley 906 de 2004 que apunta, en uno de sus apartados, que está prohibido usar pruebas para sí o para otros, mientras el principio de oportunidad que está en trámite no quede avalado por un juez de la república.
Y en la Corte Suprema, los procesos rigen por la Ley 600 de 2000, por lo que esas evidencias documentales solo podrían llegar al alto tribunal cuando esté avalada la negociación. Hasta que eso no pase, la información es reservada.
Según el punto de vista de la magistrada Lombana, en caso de que López y Pinilla no logren la negociación que esperan, tendría que plantearse necesariamente un debate sobre la legalidad de las pruebas.
¿De qué pruebas se habla? De los múltiples chats y documentos que entregaron ambos exfuncionarios para probar que desde el Gobierno se pactó entregar 3.000 millones de pesos a Name y 1.000 a Calle a modo de coima, para que estos ayudaran con la aprobación de reformas claves para el Gobierno.
Según Olmedo López, además, el dinero se entregó para apoyar la campaña de María Clara Name al Concejo de Bogotá; la campaña de Gabriel Calle, padre de Andrés, a la alcaldía de Montelíbano y la de su hermano Gabriel a la Gobernación de Córdoba.
La postura de la magistrada Lombana no es compartida por el resto de la Sala de Instrucción que, por mayoría, aprobó la apertura de la investigación y el llamado a indagatoria en contra de Name y Calle por la presunta comisión de los delitos de peculado por apropiación a favor de terceros y cohecho impropio.
Las pruebas ordenadas
La sala fijará más adelante la fecha para las indagatorias de los congresistas. Entre tanto, la sala ordenó otras pruebas. Por ejemplo, le solicitó al Consejo Nacional Electoral que envíe la certificación de la condición de concejal de Bogotá de María Clara Name Ramírez, señalando el partido político que le entregó el aval para su inscripción, en el cual milita, y el período o periodos dentro de los cuales ha resultado elegida como miembro de la referida corporación.
También solicitó la constancia de la condición de alcalde de Montelíbano, Córdoba, de Gabriel Alberto Calle Demoya, "señalando el partido político que le otorgó el aval para su inscripción, en el cual milita, y el período para el cual resultó elegido". Y la certificación de la inscripción de Gabriel Enrique Calle Aguas, como candidato a la Gobernación de Córdoba.