General (r) Juan Salcedo Lora.
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Primicia: la JEP llamó a versión al general (r) Juan Salcedo Lora por crimen de tres mamos arhuacos
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El general en retiro Juan Salcedo Lora fue comandante de la Segunda Brigada a finales de 1990, cuando fueron torturados y desaparecidos los mamos arhuacos Ángel María Torres Arroyo, Luis Napoleón Torres Crespo y Antonio Hugues Chaparro. Sus nombres han sido mencionados en versiones voluntarias.
CAMBIO conoció en primicia que la Jurisdicción Especial para la Paz llamó a versión libre al general en retiro del Ejército Nacional Juan Salcedo Lora en el desrrollo de la investigación por el secuestro, tortura y desaparición forzada de los mamos arhuacos Ángel María Torres Arroyo, Luis Napoleón Torres Crespo y Antonio Hugues Chaparro perpetrados a finales de los años noventa.
Las indagaciones por estos crímenes avanzan en el subcaso arhuaco, dentro del caso 09 de la JEP, que indaga los crímenes no amnistiables cometidos en contra de pueblos y territorios indígenas. El subcaso también incluye la detención y la tortura de los hermanos José Vicente y Amado Villafañe Chaparro, integrantes de la comunidad indígena, que también ocurrieron en esa época.
Luego de que estos nombres salieran a relucir en otros testimonios, la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas decidió citar a Salcedo Lora, quien para el año 1990 era el comandante de la Segunda Brigada del Ejército Nacional. Además, llamó al general en retiro Rafael Mejía Roa, quien en esa época era el comandante de Operaciones (S-3) del Batallón de Artillería No. 2 La Popa de Valledupar.
La decisión señala que la JEP sí puede llamar a versión voluntaria a personas que no se hayan sometido a esa jurisdicción, si lo encuentra necesario, cuando ha recibido información sobre su supuesta participación en los hechos que se indagan y "a efecto de cumplir los objetivos de esclarecer la verdad plena y exhaustiva de lo sucedido y garantizar los derechos de las víctimas".
"Se debe entender que el llamado a rendir versión voluntaria contribuye a la búsqueda de la verdad plena y detallada en favor de la realización de los derechos de las víctimas, pero también constituye una garantía del derecho al buen nombre, conforme el literal g) del artículo 1º de la Ley 1922 de 2018 y al debido proceso de quienes han sido comprometidos en informes o en versiones recibidas por la Sala", señala la decisión de la JEP.
La hipótesis
El auto de la JEP señala que, al analizar los informes presentados por las víctimas, el expediente de la justicia ordinaria, las versiones voluntarias que otros militares y paramilitares han rendido, se ha podido establecer lo siguiente:
1. Unidades del Ejército Nacional allanaron y registraron la vivienda de José Vicente y Amado Villafañe Chaparro. Luego a los hermanos los llevaron a las instalaciones del Batallón de Artillería No. 2 La Popa en Valledupar, donde fueron interrogados y torturados durante varios días.
2. "El nombre del general Juan Salcedo Lora, comandante de la Segunda Brigada para noviembre y diciembre de 1990, y el nombre del mayor Rafael Mejía Roa, comandante de Operaciones (S-3) del Batallón La Popa, para la misma época, han resultado mencionados en relación con el hecho representativo de este asunto".
Los que han declarado
Por este caso, el 19 de abril de 2024, la Sala tomó la versión voluntaria del teniente coronel (r) Luis Fernando Duque Izquierdo, quien fue comandante del Batallón La Popa, y del capitán en retiro Pedro Antonio Fernández Ocampo, quien fue jefe de inteligencia del mismo batallón.
Además, el pasado 3 de mayo de 2024 se tomó el testimonio del excomandante paramilitar José del Carmen Gelves Albarracín, alias el Canoso; y de Reinaldo Malaver Durán y José Eduardo Mattos Liñán.
El pasado 26 de julio, la Sala escuchó al sargento Cosme García Camacho, al subteniente Hernán Carrera Sanabria y al cabo Daniel Rivera Rincón, en su calidad de antiguos miembros del Batallón La Popa de Valledupar.
Además, el 29 de julio de 2024, se tomó el testimonio de Luis Alberto Restrepo Gutiérrez.
La Jurisdicción Especial para la Paz dispuso que Juan Salcedo Lora y Rafael Mejía Roa tengan copia de los expedientes que la Procuraduría y la Fiscalía han adelantado en este caso, copia de los informes allegados a la JEP sobre estos crímenes y de las versiones voluntarias mencionadas y que se realizaron en el resguardo Ikarwa de Valledupar.