
Para la Contraloría General de la República en Reficar hubo un detrimento de 2,9 billones de pesos.
Crédito: Colprensa
Primicia: nueva demanda contra Colombia ante un tribunal internacional por caso Reficar
CAMBIO conoció que la firma estadounidense Amec Foster Wheeler interpuso un segundo arbitraje ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias de Inversión (Ciadi), que en diciembre de 2024 rechazó la primera demanda y falló a favor de Colombia en el caso de la Refinería de Cartagena, al considerar que se presentó de forma prematura.
Por: Paola Herrera

En diciembre de 2024 parecía haberse terminado el escándalo por los sobrecostos evidenciados en la modernización de la Refinería de Cartagena (Reficar) cuando el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias de Inversión (Ciadi), que es un tribunal de arbitraje internacional, rechazó la demanda que presentaron contra Colombia la empresa Amec Foster Wheeler USA Corporation junto con Process Consultants.
Los demandantes, involucrados en el proceso responsabilidad fiscal que adelantó la Contraloría General de la República por los presuntos sobrecostos que tuvo Reficar, alegaban que el país estaba incumpliendo el Acuerdo de Promoción Comercial amparado por el tratado de libre comercio que se firmó entre Estados Unidos y Colombia. No obstante, el Ciadi rechazó las pretensiones al considerar que se presentaron de manera prematura.
Aunque Colombia celebró la noticia, hoy el proceso vuelve a empezar y se reabre el capítulo de la refinería con una nueva demanda por parte de las empresas afectadas. CAMBIO conoció en primicia que en las últimas horas fue radicado el segundo arbitraje contra el país, el cual es exactamente igual al que perdieron hace cuatro meses y hasta con el mismo bufete de abogados que estará en la defensa de las compañías.
Empieza un nuevo proceso contra Colombia
Cuando en Colombia se dio a conocer que en el contrato de construcción y modernización de la Refinería de Cartagena (Reficar) se estaban presentando demoras y sobrecostos, se destapó un escándalo de marca mayor que para muchos fue considerado como un desfalco.
Fue por eso que la Contraloría General de la República empezó un proceso de responsabilidad fiscal contra las empresas contratistas y algunos agentes de Ecopetrol que habrían tenido participación. Para el ente de control fiscal, hubo un detrimento patrimonial de 2,9 billones de pesos.
Una de las compañías investigadas por la Contraloría fue justamente Amec Foster Wheeler de Estados Unidos, la cual hizo parte del proceso de construcción de la planta de refinación de crudo en Cartagena. No obstante, mientras el proceso avanzaba en ese ente de control y aunque no había sido confirmado o revocado por una segunda instancia que para ese caso era un tribunal administrativo en Colombia, la estadounidense convocó al arbitraje internacional.
Frente a ese escenario y entendiendo que todavía existían recursos para que la empresa pudiera desvirtuar su responsabilidad, el Ciadi les dijo en diciembre del año pasado que su demanda no era procedente.
La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje) dijo en su momento, a través de un comunicado, que aún no existía una medida definitiva cuando se puso la demanda en el exterior y por eso no se podía configurar una violación del acuerdo de protección comercial o una denegación de justicia bajo el derecho internacional.
Justo después el Tribunal Administrativo de Cundinamarca echó para atrás el fallo de la Contraloría por el caso Reficar. La Contraloría apeló ante el Consejo de Estado y la decisión definitiva está pendiente por salir.
Aun así, la empresa Amec Foster Wheeler puso una nueva demanda bajo las mismas condiciones y argumentando los mismos daños.
CAMBIO habló sobre el tema con Víctor Manuel Bernal, socio de la firma Taveras Partners International y experto en arbitrajes, quien manifestó que "el inversionista puede intentar nuevamente la presentación de la demanda de arbitraje de inversión en razón a que en la primera controversia el tribunal no decidió ninguna cuestión de fondo y este desestimó la demanda por prematura".
Así mismo advirtió que "la defensa de Colombia acogida por el tribunal se centraba en el hecho de que las reclamaciones llevadas a cabo por el inversionista en Colombia aún contaban con recursos a ser presentados por lo que formalmente no se habría materializado en caso tal el incumplimiento del tratado de protección comercial suscrito entre Estados Unidos de América y la República de Colombia de 2012".
