
Monasterio de la Orden de la Visitacion de Santa María de Soatá.
Crédito: Gobernación de Boyacá
Una monja víctima de acoso pelea para ser readmitida en un monasterio de Boyacá
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La religiosa hacía parte del Monasterio de la Orden de la Visitación de Santa María, en Soatá, Boyacá, desde 2014. Al ser acosada por otra monja en 2022, el convento optó por sacarla a ella. Con una tutela, ahora busca ser reintegrada.

Por su profunda vocación religiosa, Amaranta* solicitó en noviembre de 2014 ingresar como hermana interna en el Monasterio de la Orden de la Visitacion de Santa María de Soatá, Boyacá. Su idea siempre fue la de tomar los hábitos y fue aceptada sin inconvenientes. Pero, al poco tiempo de haber ingresado, la religiosa fue víctima de acoso por parte de una compañera. El monasterio hizo una investigación interna, determinó que el acoso sí había existido y retiró a la victimaria.
Para profundizar
Aunque todo parecía volver a la normalidad, en marzo de 2022 la madre superiora le informó a Amaranta que no podía seguir con el proceso de conversión de votos perpetuos y, que, además, le iba a solicitar la dispensa de sus votos, lo que quiere decir en palabras sencillas que la mujer pasaría de hermana a la vida secular.
El 19 de marzo de 2022, fue retirada contra su voluntad. Días después, expuso su caso ante monseñor Luis Mariano Montemayor, el nuncio apostólico en Colombia, sin recibir respuesta alguna. Luego, el 20 de abril del 2022, acudió a la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica en el Vaticano, por intermedio de la Nunciatura Apostólica en Colombia. La reacción fue la misma: silencio.
En junio, la madre superiora del convento le comunicó que la Santa Sede había emitido el decreto sobre la dimisión definitiva del Instituto y la dispensa de sus votos. Y, en un mensaje de WhatsApp, le dijeron que debía ir al monasterio para firmar su retiro. Amaranta* escribió tanto al monasterio como al Vaticano que no aceptaba la dimisión. Aún espera la respuesta.
Para profundizar
En noviembre de 2022, la Conferencia Episcopal de Colombia la citó para que suscribiera la dimisión, a lo que, evidentemente, Amaranta* se negó. Por el contrario, solicitó el reingreso en febrero de 2023, pero le fue negado. Un mes después, el episcopado volvió a pedirle que renunciara a sus votos eclesiásticos y luego recibió unos mensajes en los que la amenazaban con revelar el acoso.
Amaranta*, que es la víctima acreditada de hecho, no tuvo más remedio que acudir a una tutela, en la que alega que sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la viga digna, al buen nombre, a la libertad de elección de oficio y al libre desarrollo de la personalidad fueron vulnerados. Dijo que fue obligada a renunciar a sus votos y volver a la vida secular, so pena de que se divulgaran los hechos y que se dijera públicamente que supuestamente era lesbiana, a pesar de haber sido ella la víctima de acoso.
El 10 de mayo de 2023, el Juzgado 34 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá negó la tutela, con el argumento de que la controversia debía ser resuelta ante los tribunales eclesiásticos de la Iglesia Católica. Días después, el Juzgado 25 Penal del Circuito de Bogotá con Funciones de Conocimiento revocó esa decisión, pero rechazó la tutela asegurando que no se había agotado el trámite interno en la Iglesia Católica. Ahora, el caso podría llegar a la Corte Constitucional.
El magistrado Juan Carlos Cortés, del alto tribunal, está pidiendo a sus colegas que seleccionen el caso para estudio, por tratarse de un tema novedoso.
“El caso brinda la oportunidad a la Corte para valorar cuándo y cómo se afectan los derechos de estas personas cuando las instituciones religiosas, en el marco de su autonomía interna, vulneran el debido proceso al determinar la exclusión de una persona sin que quede claro cuáles son las razones de la determinación y sin brindar a las personas las instancias y las garantías procesales correspondientes para controvertir las razones de su desvinculación”, indicó el jurista.
De acuerdo con el magistrado Cortés, ya en 2021 la Corte dijo que la tutela en las controversias religiosas sí procede porque no hay en la ley colombiana un procedimiento judicial que puedan usar los integrantes de confesiones religiosas para proteger sus derechos.
“El despacho considera que la selección del expediente obedecería a los criterios objetivos de asunto novedoso, necesidad de pronunciarse sobre una determinada línea jurisprudencial y el posible desconocimiento de un precedente de la Corte Constitucional, así como los subjetivos de urgencia de proteger un derecho y la necesidad de aplicar un enfoque diferencial”, agregó el jurista.
*El nombre fue cambiado para proteger la identidad de la religiosa.
