El polémico decreto para contratar directamente proyectos públicos con personas naturales o familias

Una reglamentación parecida, con la que se estaban construyendo los caminos comunitarios de la paz total, se cayó hace un mes en el Consejo de Estado.

Crédito: Colprensa

14 Agosto 2024 09:08 am

El polémico decreto para contratar directamente proyectos públicos con personas naturales o familias

El presidente Gustavo Petro ya firmó el decreto que reglamenta las asociaciones público-populares. Esto, según expertos, acabaría con los procesos de selección en contratos de mínima cuantía y permitiría elegir "a dedo". Detalles de la nueva forma de contratación en Colombia.

Por: Paola Herrera

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Hasta hace un par de meses, el gobierno del presidente Gustavo Petro entregó de forma directa una parte de los recursos de la infraestructura terciaria a las Juntas de Acción Comunal (JAC) a través de los llamados “caminos comunitarios para la paz total”. Sin embargo la medida, establecida en el Plan Nacional de Desarrollo, fue suspendida por el Consejo de Estado, que consideró que había una extralimitación en la idea del presidente. 

El Gobierno, entonces, no pudo continuar con la adjudicación de esos contratos, que no requieren de convocatorias o procesos de selección pública en los que se garantice la competencia. Ahora, a través del Departamento Nacional de Planeación, intenta dejar de nuevo en manos de organizaciones o asociaciones comunitarias los proyectos regionales cuyos valores sean muy bajos. 

Para hacerlo, el presidente Gustavo Petro firmó el decreto 0874 de 2024, por medio del cual reglamenta la forma en que las entidades estatales podrán celebrar directamente contratos hasta por la mínima cuantía con personas naturales o entidades sin ánimo de lucro que hagan parte de la economía popular y comunitaria. 

De esta forma, también se reglamentan las llamadas Asociaciones Público Populares (APPo), con las que se establecería una nueva forma de contratación en Colombia, que busca incluir a las unidades económicas de baja escala, ya sea personales, familiares, micronegocios o microempresas, en los proyectos que se pagan con recursos públicos. 

Según el decreto, “se entiende por economía popular a los oficios y ocupaciones mercantiles relacionados con la producción, distribución y comercialización de bienes y servicios, y no mercantiles, que hagan referencia a actividades domésticas o comunitarias, desarrolladas por unidades económicas de baja escala, ya sea personales, familiares, micronegocios o microempresas, en cualquier sector económico”. 

Sin embargo, esta nueva norma solo aplicará para los contratos de mínima cuantía. Según la ley, aquellos cuyo valor equivale al 10 por ciento de la menor cuantía que se calcula según el presupuesto de cada entidad estatal o regional. 

Por ejemplo, si una entidad pública tiene presupuestos anuales para firmar contratos de menor cuantía por 1.300 millones de pesos cada uno, los de mínima cuantía serían de 130 millones de pesos. 

Las críticas al decreto 

La medida expedida por el Gobierno nacional ha sido criticada por expertos en contratación y por los ingenieros, quienes consideran que, por ejemplo, no pueden dejar en manos de personas no idóneas la construcción de vías terciarias: las que unen las cabeceras municipales con sus veredas o que comunican centros poblados entre sí. 

El ingeniero Rodrigo Fernández, de la Asociación Colombiana de Ingenieros de Santander, le dijo a CAMBIO que la norma puede prestarse para hacer política, favorecer a los amigos e incluso para aumentar la corrupción en épocas electorales, porque se entregarán los contratos de forma directa y sin un concurso que garantice la transparencia en la entrega de los dineros. 

Lo lógico es que haya un proceso de selección, así participen en el mismo personas naturales o jurídicas de la economía popular. Pero no entregar a dedo los contratos sin ni siquiera darle la oportunidad a todos de participar y ganar o perder en franca lid” manifestó el experto. 

Fernández recordó que hasta ahora las organizaciones comunitarias, las asociaciones y las juntas de acción comunal pueden ganar un contrato de mínima cuantía, pero siempre después de participar en una selección plural en la que el ganador es quien hace la oferta más barata. 

Lo anterior protege el principio de eficacia y el cuidado de los recursos públicos, que también se estaría violando con la nueva forma de contratar, ya que sin importar cuánto diga una organización que cuesta un proyecto, de todas formas se lo van a entregar. 

“Hay que tener en cuenta también las capacidades de esas organizaciones o personas para hacer proyectos de ingeniería, como vías o incluso placas huellas para evitar detrimento o pérdida de recursos. Claro que hay actividades que perfectamente podrían adelantarse por parte de las JAC o en proyectos comunitarios, pero a los ingenieros hay que dejarles el trabajo que les corresponde”, dijo Fernández. 

Entre tanto, Mario Valencia, subdirector general de Prospectiva y Desarrollo del DNP, explicó en declaraciones a los medios de comunicación que el mecanismo surgió en la discusión del Plan Nacional de Desarrollo y fue aprobado por el Congreso de la República. 

Valencia señaló que el objetivo es que las asociaciones tengan la posibilidad de acceder a las convocatorias y se fortalezca la economía popular en las regiones, ya que siempre ha estado concentrada en los grandes contratistas que, aunque desarrollan los proyectos, en algunos casos no invierten en la región.

En otras palabras, el funcionario considera que hay para todos. No obstante, aclaró que este nuevo decreto no subsana, corrige o reemplaza el que fue suspendido por el Consejo de Estado, que no habla de contratación de mínima cuantía sino de valores más altos.

La defensa de Petro a los contratos con las JAC

Democratizar la contratación ha sido una de las banderas del presidente Gustavo Petro, quien estuvo en desacuerdo con la decisión del Consejo de Estado de suspender la contratación con las Juntas de Acción Comunal. 

En un mensaje que publicó el mandatario a través de su cuenta de X el pasado 11 de junio de 2024, en el que responde a la decisión de la corporación, señaló que “si no se puede contratar con juntas de acción comunal, cabildos indígenas y consejos comunitarios afrodescendientes, entonces hay que declarar a Colombia una plutocracia y hay que decir que el capítulo étnico del acuerdo de paz no se puede cumplir. Vuelve y juega. Incumplimos como Estado una declaración unilateral de Estado”. 

Días antes, había dicho que no dejar que se contrate con organizaciones comunales es beneficiar la corrupción. “Me parece que impedir que el Estado contrate con acciones comunales solo sirve a la corrupción. ¿Qué tanto temor le tienen a empoderar el pueblo? ¿por qué quieren frenar el gobierno del cambio?”. 

A pesar de eso, es importante recordar que la decisión del Consejo de Estado se da porque el decreto con el que el Gobierno buscaba reglamentar la contratación de los caminos comunitarios con las JAC “fue un acto expedido sin competencia y con extralimitación de la potestad reglamentaria del presidente, pues la facultad de reglar la selección de menor cuantía tenía reserva de ley y, lo que hizo el gobierno fue crear, mediante un decreto reglamentario, el mecanismo de selección de contratación directa de menor cuantía”.

Según esa corte, los derechos a la igualdad y a la libre competencia se vulneraron, así como el principio de selección objetiva, pues con la expedición de la norma, se excluyó de la contratación de obras de menor cuantía que adelanten los entes territoriales a quienes no tengan la condición de organismo de acción comunal.

La pregunta que queda es: ¿podrá pasar lo mismo con la nueva norma que permitirá la contratación y la entrega de recursos con personas naturales? 

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