Iván Serrano
¿Testigos a conveniencia?: el salvamento de voto en la condena de Guerra de la Espriella por el caso Odebrecht

En fallo de segunda instancia, la Corte Suprema de Justicia condenó recientemente al exsenador Antonio Guerra de la Espriella por el caso Odebrecht. El excongresista fue sentenciado a 11 años de prisión por los delitos de concierto para delinquir, tráfico de influencias y enriquecimiento ilícito.
La justicia encontró a Guerra culpable de haber utilizado su influencia para favorecer a la constructora brasileña en la firma de un contrato de estabilidad jurídica. Dicho contrato, firmado en 2012 entre el gobierno de Juan Manuel Santos y la constructora, le aseguraba a Odebrecht que, si se implementaban cambios en la legislación colombiana que afectaran su proyecto, la empresa no se vería perjudicada. A través de este acuerdo, Odebrecht pudo obtener beneficios fiscales. Cabe recordar que Néstor Humberto Martínez, quien años después sería fiscal general, fue asesor jurídico del consorcio Ruta del Sol II, al que pertenecía Odebrecht, en el contexto de las gestiones legales del contrato de estabilidad jurídica.
La Corte consideró que Guerra de la Espriella actuó en connivencia con otros funcionarios para facilitar actos corruptos a cambio de una recompensa económica.
Sin embargo, la decisión no fue unánime. El magistrado Jorge Emilio Caldas Vera se apartó del criterio de sus compañeros y presentó un salvamento de voto en el que expresó su desacuerdo con los fundamentos utilizados para dictar la sentencia. El magistrado alegó insuficiencia probatoria y la existencia de dudas razonables sobre la culpabilidad de Guerra de la Espriella, argumentando que la condena estaba basada más en conjeturas que en hechos probados.
En su salvamento de voto, el magistrado defendió la presunción de inocencia y el principio in dubio pro reo (en caso de duda, que se resuelva a favor del acusado), y sostuvo que los testimonios presentados por la Fiscalía no fueron suficientes para desvirtuar la inocencia de Guerra.
Esto tiene relevancia.
En sonados casos de corrupción en Colombia —como el Carrusel de la Contratación y el propio caso Odebrecht— se han evidenciado situaciones en las que testigos cambian sus versiones, o estas no logran ser cotejadas con pruebas, y, a veces, ni siquiera coinciden entre sí. Recientemente, por este mismo caso, la justicia absolvió en segunda instancia al exsenador Plinio Olano, al determinar las imprecisiones del principal testigo en su contra, el condenado Federico Gaviria.
Tal y como argumenta el magistrado Caldas en su salvamento de voto, los testimonios de Elías Vidal y Otto Bula presentaron contradicciones y cambios de versión durante el proceso. El magistrado destacó, por ejemplo, el cambio en el testimonio de Elías Vidal respecto a una reunión con el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, la cual inicialmente fue descrita como una gestión administrativa normal, pero que, en un testimonio posterior, fue calificada como una acción de “presión sutil” por parte de Guerra para favorecer a Odebrecht. También resaltó la falta de concordancia entre los testimonios de Vidal y Bula; este último no corroboró que Guerra de la Espriella hubiera tenido un rol relevante en las gestiones de la multinacional, lo que reforzó las dudas del magistrado sobre la solidez de la acusación.
El magistrado también manifestó dudas frente a un cálculo pericial elaborado por la Procuraduría, el cual no habría sido lo suficientemente confiable para fundamentar la acusación por enriquecimiento ilícito. Señaló además la falta de pruebas directas que demostraran que Guerra hizo parte de una estructura criminal organizada, y cuestionó los posibles beneficios jurídicos que Elías Vidal estaría buscando como testigo. Al respecto, escribió:
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“El 27 de septiembre de 2017 se negó a declarar en el entendido de encontrarse en un proceso de negociación para lograr beneficios por colaboración con la justicia. Nótese cómo, de entrada, el testigo condicionaba su relato a la concesión de beneficios”.
Esto es clave porque plantea que posibilidad de que la motivación del testigo no fue la búsqueda de la verdad, sino la obtención de un tratamiento favorable. Además, el magistrado sugirió que los relatos de Vidal deberían ser analizados con especial rigurosidad, ya que sus intereses personales podrían haber influido en su versión de los hechos.
Cuando el sistema de justicia deposita su peso en testigos de conveniencia, se crea un enorme riesgo si no se exige coherencia ni respaldo probatorio. El peor escenario sería premiar a un delator con intereses propios antes que a la verdad.
