Las 10 preguntas más frecuentes sobre la declaración de renta 2024

Crédito: Colprensa

15 Abril 2024

Las 10 preguntas más frecuentes sobre la declaración de renta 2024

A la hora de presentar la declaración de renta, cada año surgen preguntas nuevas entre los usuarios. Aquí le respondemos las diez preguntas dudas más comunes acerca de la obligación tributaria para este año.

Por: Redacción Cambio

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La declaración de renta es un proceso fundamental y obligatorio en el cual los contribuyentes presentan su información financiera a la Dian para calcular los impuestos correspondientes. A pesar de que el director de la institución, Luis Carlos Reyes, ha dedicado sus redes sociales para aclarar algunas de las dudas de los usuarios, aún quedan muchas inquietudes por resolver. Aquí le respondemos las diez preguntas más comunes acerca de la declaración de renta para el año gravable 2023. 

¿Cómo saber si debo declarar renta en 2024? 

Los criterios para determinar quién está obligado a presentar la declaración de renta van más allá de los salarios percibidos. También se consideran el patrimonio bruto, los consumos realizados con tarjeta de crédito, las compras y las consignaciones bancarias acumuladas y se calculan en Unidades de medida de valor tributario (UVT), que para este año corresponde a $47.065 pesos colombianos.

Las personas naturales que deben declarar renta en 2024 son:

  1. Aquellas cuyo patrimonio bruto al final del año gravable 2023 supere los $190.854.000. Esto implica sumar el valor de la vivienda, el vehículo o el dinero en cuentas bancarias y, si el total es superior a esa cantidad, deben declarar renta, incluso si están pagando esos activos a través de una deuda.
  2. Quienes hayan obtenido ingresos superiores a $59.376.800, lo que equivale a un promedio mensual de $4.900.000.
  3. Personas que hayan realizado consumos con tarjeta de crédito que superen los $59.376.800, independientemente de si tienen los medios para pagar la deuda.
  4. Aquellos cuyo total de compras y consumos en 2023 haya sido superior a $59.376.800.
  5. Aquellas con un acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras superior a $59.376.800.

Las personas jurídicas que deben declarar renta en 2024 están sujetas a una tarifa del 35% sobre el valor total de su patrimonio.

¿Cuándo debo declarar renta?

La Dian dispuso un calendario en el que las personas naturales deben declarar renta según los dos últimos dígitos de la cédula. Estas fechas de la declaración de renta 2024:

Agosto

  • Agosto 12: NIT terminado en 01-02
  • Agosto 13: NIT terminado en 03-04
  • Agosto 14: NIT terminado en 05-06
  • Agosto 15: NIT terminado en 07-08
  • Agosto 16: NIT terminado en 09-10
  • Agosto 20: NIT terminado en 11-12
  • Agosto 21: NIT terminado en 13-14
  • Agosto 22: NIT terminado en 15-16
  • Agosto 23: NIT terminado en 17-18
  • Agosto 26: NIT terminado en 19-20
  • Agosto 27: NIT terminado en 21-22
  • Agosto 28: NIT terminado en 23-24
  • Agosto 29: NIT terminado en 25-26

Septiembre

  • Septiembre 2: NIT terminado en 27-28
  • Septiembre 3: NIT terminado en 29-30
  • Septiembre 4: NIT terminado en 31-32
  • Septiembre 5: NIT terminado en 33-34
  • Septiembre 6: NIT terminado en 35-36
  • Septiembre 9: NIT terminado en 37-38
  • Septiembre 10: NIT terminado en 39-40
  • Septiembre 11: NIT terminado en 41-42
  • Septiembre 12: NIT terminado en 43-44
  • Septiembre 13: NIT terminado en 45-46
  • Septiembre 16: NIT terminado en 47-48
  • Septiembre 17: NIT terminado en 49-50
  • Septiembre 18: NIT terminado en 51-52
  • Septiembre 19: NIT terminado en 53-54
  • Septiembre 20: NIT terminado en 55-56
  • Septiembre 23: NIT terminado en 57-58
  • Septiembre 24: NIT terminado en 59-60
  • Septiembre 25: NIT terminado en 61-62
  • Septiembre 26: NIT terminado en 63-64
  • Septiembre 27: NIT terminado en 65-66

Octubre

  • Octubre 1: NIT terminado en 67-68
  • Octubre 2: NIT terminado en 69-70
  • Octubre 3: NIT terminado en 71-72
  • Octubre 4: NIT terminado en 73-74
  • Octubre 7: NIT terminado en 75-76
  • Octubre 8: NIT terminado en 77-78
  • Octubre 9: NIT terminado en 79-80
  • Octubre 10: NIT terminado en 81-82
  • Octubre 11: NIT terminado en 83-84
  • Octubre 15: NIT terminado en 85-86
  • Octubre 16: NIT terminado en 87-88
  • Octubre 17: NIT terminado en 89-90
  • Octubre 18: NIT terminado en 91-92
  • Octubre 21: NIT terminado en 93-94
  • Octubre 22: NIT terminado en 95-96
  • Octubre 23: NIT terminado en 97-98
  • Octubre 24: NIT terminado en 99-00
     

 Si no vivo en Colombia, ¿debo declarar renta?

El artículo 10 del Estatuto Tributario establece las siguientes condiciones para determinar si una persona que no vive en Colombia, debe declarar renta porque se considera residente a efectos tributarios:

  1. Si está en el país por más de 183 días consecutivos en un período de 365 días, se le considera residente a partir del segundo año.
  2. Si está exento de impuestos en otro país debido a su relación con el servicio exterior colombiano.
  3. Si es colombiano y durante el año fiscal:
    • Su cónyuge, pareja o hijos menores dependientes son residentes en Colombia.
    • El 50 por ciento o más de sus ingresos provienen de Colombia.
    • El 50% o más de sus bienes están en Colombia.
    • El 50% o más de sus activos son poseídos en Colombia.
    • Si la Administración Tributaria le solicita, no puede demostrar que eres residente en el extranjero para efectos fiscales.
    • Si tiene residencia fiscal en un país considerado paraíso fiscal por el Gobierno Nacional.

¿Qué pasa si no presento la declaración de renta o la presento tarde? 

Si una persona natural no presenta su declaración de renta a tiempo o lo hace después de la fecha establecida, puede enfrentar sanciones. En 2024, la sanción mínima por incumplimiento o presentación tardía ante la Dian es de $471.000. Incluso si no debe pagar impuestos, tendrá que asumir esta multa si presenta la declaración un día tarde.

La sanción por presentar la declaración después de la fecha límite se conoce como sanción por extemporaneidad y equivale al 5 por ciento del impuesto que debía pagar. Esta multa aumenta mensualmente hasta que presente la declaración.

Recibirá un aviso informándole que tiene un mes para pagar el impuesto adeudado. Si no lo hace, se añadirá un 10 por ciento adicional al monto total, según lo establecido en el artículo 641 de la ley.

Si no presenta declaración de impuestos en ninguno de los casos anteriores, enfrentará una sanción del 20 por ciento basada en sus consignaciones bancarias o ingresos brutos, según el periodo en que no declaró o en relación con sus ingresos en la última declaración realizada, según el artículo 643 de la ley.

¿Cómo puedo realizar el pago de la declaración? 

Las entidades que pueden recibir pagos pueden hacerlo en efectivo, con tarjeta de débito, tarjeta de crédito o cheque de gerencia. El cheque debe ser girado en la misma ciudad donde se encuentra la oficina que lo recibe y solo se puede hacer a favor del banco receptor. También se pueden usar otros métodos como transferencias electrónicas o abonos en cuenta, tanto en persona como en línea.

¿Si soy una persona natural no obligada a declarar, lo puedo hacer de forma voluntaria?

Desde que se aprobó la ley 1607 de 2012, si una persona vive en Colombia y no tiene que presentar su declaración de renta, aún puede hacerlo si le han descontado impuestos durante el año fiscal.

¿Qué formularios se utilizan para presentar la declaración de renta?

Formulario 210: Documento para declarar impuestos sobre la renta y complementos para individuos residentes, así como para sucesiones no liquidadas de fallecidos residentes.

Formulario 110: Documento para declarar impuestos sobre la renta y complementos para entidades jurídicas y asimiladas, individuos no residentes y sucesiones no liquidadas de fallecidos no residentes, o para informar ingresos y patrimonio para entidades sujetas a declarar.

Si supero el tope, pero el dinero no es mío, sino que fue transferido por alguien más, ¿debo declarar?

Sí, debe declarar. Según explica la Dian, presentar la Declaración de Renta no se aplica solo a ingresos personales, sino movimientos que superen los topes del UVT del año. 

Si soy pensionado, ¿debo declarar renta?

Aunque las pensiones no se consideran para calcular los impuestos directos ni se les retiene impuestos automáticamente, los pensionados aún tienen algunas responsabilidades fiscales y existen situaciones específicas en las que un pensionado debe declarar y pagar impuestos:

  1. Ingresos brutos: Si el pensionado ha recibido ingresos por un valor igual o superior a 1.500 UVT durante el año fiscal.
  2. Patrimonio bruto: Si el patrimonio total del pensionado fue igual o superior a 4.800 UVT al final del año fiscal.
  3. Consumos con tarjeta de crédito: Si los gastos realizados con tarjeta de crédito fueron iguales o superiores a 1.500 UVT durante el año fiscal.
  4. Consignaciones bancarias e inversiones financieras: Si el total acumulado de consignaciones bancarias e inversiones financieras alcanza o supera 1.500 UVT durante el año fiscal. 

¿Puedo modificar un borrador luego de haberlo presentado?

Sí, puede hacerlo. Solamente debe ingresar a la sede electrónica de la Dian, escoger la opción de "Modificar declaraciones ya presentadas" y hacer los cambios necesarios.

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