Calendario DIAN 2024: Conozca todos los impuestos y sus fechas clave de pago

La Dian emitió la resolución que define el calendario de impuestos para el próximo año.

Crédito: Freepik

9 Abril 2024

Calendario DIAN 2024: Conozca todos los impuestos y sus fechas clave de pago

Estas son las fechas en que las empresas y las personas deberán pagar sus impuestos este año. ¿Cuáles son los plazos para tributos como la renta, IVA, impuesto a las bebidas azucaradas y para el régimen simple de tributación?

Por: Laura Lucía Becerra Elejalde

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A medida que avanza el año son varios los impuestos que deben pagar los ciudadanos y las empresas. Y para ello todos los años el gobierno fija las fechas para el pago de impuestos. En 2024 quedaron determinadas a través del decreto 2229 de 2023, que indica los días hábiles para cumplir las obligaciones tributarias para el próximo año en los impuestos de orden nacional. 

Según estipuló la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), la Unidad de Valor Tributario (UVT) aplicable para el 2024 quedó en 47.065 pesos. Así las cosas, las fechas para el pago de impuestos se aplicarán de la siguiente manera: 

Calendario impuesto sobre la renta y complementario para grandes contribuyentes

Todas las personas naturales o jurídicas catalogadas ‘Grandes Contribuyentes’ deberán presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementario del año gravable 2023. El pago del valor de este impuesto se debe hacer en tres cuotas, de acuerdo con el último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT):

Primera cuota: Se deberá pagar entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de febrero. Es decir, entre el 9 y el 22 de febrero de 2024.

Presentación de declaración y pago segunda cuota: Entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de abril. Es decir, entre el 9 y el 22 de abril de 2024.

Pago de la tercera cuota: Entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de junio. Para 2024, será entre el 13 y el 26 de junio.

Fechas del Impuesto sobre la renta y complementario para personas jurídicas

Este impuesto aplica para las personas jurídicas, sociedades y contribuyentes del régimen tributario especial que no estén calificados como grandes contribuyentes. Estas deberán presentar su declaración de renta y efectuar el pago en dos cuotas. El pago para el año gravable 2023, que se realiza en 2024, también debe tener en cuenta el último dígito del NIT así: 

Presentación de la declaración y pago de la primera cuota: Entre el séptimo y décimo sexto día hábil de mayo: del 10 al 24 de mayo de 2024.

Pago de la segunda cuota: Entre el séptimo y décimo sexto día hábil de julio. Del 10 al 23 de julio de 2024.

Calendario del impuesto sobre la renta y complementario para personas naturales 

Según el calendario presentado por la Dian, las personas naturales y las sucesiones ilíquidas deberán presentar en 2024 su declaración y realizar el pago a partir del séptimo día hábil de agosto hasta el séptimo día hábil de octubre, es decir entre el 12 de agosto y el 24 de octubre, según los últimos dos dígitos del NIT.

En 2023, alrededor de 5,4 millones de personas declararon renta y la Dian alcanzó un recaudo récord por este concepto, que llegó a 19,6 billones de pesos. 

Las fechas correspondientes para el pago de este impuesto según el NIT se presentan en la siguiente tabla: 

Renta personas naturales
Fechas para la declaración y el pago del impuesto de renta a personas naturales. Crédito: Dian

Declaración anual de activos en el exterior

A este impuesto están sujetos todos los grandes contribuyentes, personas jurídicas y personas naturales con un valor patrimonial de activos en el exterior, al 1 de enero de 2024, superior a 2.000 UVT, que para 2024 es 94’130.000 (94,1 millones) de pesos.  Los plazos para el cumplimiento de esta obligación son: 

Para los grandes contribuyentes: De acuerdo con el último dígito del NIT, entre el séptimo y décimo sexto día hábil de abril. Es decir, entre el 9 y el 22 de abril de 2024.

Para las personas jurídicas: De acuerdo con el último dígito del NIT, entre el séptimo y décimo sexto día hábil de mayo. Es decir, del 10 al 24 de mayo de 2024.

Para las personas naturales: De acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT, entre el séptimo día hábil de agosto y el décimo séptimo día hábil de octubre. Es decir, entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2024.

Impuesto al patrimonio

Este impuesto aplica a personas naturales o sucesiones ilíquidas que a 1 de enero de cada año tengan un patrimonio líquido, es decir, el patrimonio bruto menos las deudas a cargo, igual o superior a 72.000 UVT, lo que equivale a 3.888’680.000 (3.888 millones) para el año 2024, tendrán la obligación de presentar la declaración y hacer el pago en dos cuotas. La primera será entre el 10 y el 24 de mayo de 2024, la segunda el 13 de septiembre

Impuesto al patrimonio
Fechas para el pago del impuesto al patrimonio en 2024. Crédito: Dian

Fechas del pago del impuesto de retención en la fuente 

“Los agentes de retención del Impuesto sobre la Renta y Complementario y/o Impuesto de Timbre, y/o Impuesto sobre las Ventas (IVA) tendrán la obligación de declarar y pagar las retenciones y autorretenciones efectuadas en cada mes, de acuerdo con el último dígito del NIT”, indica la Dian. Estos pagos se realizan entre el séptimo y el décimo sexto día hábil de cada mes, de modo que para 2024 las fechas son: 

  • Enero: Del 9 al 22 de febrero de 2024.
  • Febrero: Del 11 al 22 de marzo de 2024.
  • Marzo: Del 9 al 22 de abril de 2024.
  • Abril: Del 10 al 24 de mayo de 2024.
  • Mayo: Del 13 al 26 de junio de 2024.
  • Junio: Del 10 y al 23 de julio de 2024.
  • Julio: Del 12 al 26 de agosto de 2024.
  • Agosto: Del 10 al 23 de septiembre de 2024.
  • Septiembre: Del 9 al 23 de octubre de 2024.
  • Octubre: Del 13 al 26 de noviembre de 2024.
  • Noviembre: Del 10 al 23 de diciembre de 2024.
  • Diciembre: Del 13 al 24 de enero de 2025.

Impuesto sobre las ventas (IVA) 

Este gravamen aplica a grandes contribuyentes, personas jurídicas y naturales que hayan tenido ingresos brutos iguales o superiores a 92.000 UVT al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, es decir, por 3.901’904.000 (3.901 millones de pesos) en el año gravable 2023. La presentación y el pago de esta obligación es bimestral. El pago debe hacerse del séptimo al décimo sexto día hábil en los meses en que se paga la obligación de la siguiente manera: 

Los vencimientos por cada bimestre son:

  • Enero – febrero: del 11 al 22 de marzo.
  • Marzo – abril: del 10 al 24 de mayo.
  • Mayo – junio: del 10 al 23 de julio.
  • Julio – agosto: del 10 al 23 de septiembre.
  • Septiembre – octubre: del 13 al 26 de noviembre.
  • Noviembre – diciembre: del 13 al 24 de enero de 2025.

Impuesto Nacional al Consumo 

De acuerdo con la Dian, los responsables del Impuesto Nacional al Consumo, así como al de bolsas plásticas y al consumo de cannabis tienen la obligación de presentar la declaración y hacer el pago con una periodicidad bimestral, teniendo en cuenta el último dígito del NIT, entre el séptimo y el décimo sexto día hábil. Las fechas para el pago en 2024 son: 

  • Enero – febrero: entre el 11 al 22 de marzo.
  • Marzo – abril: entre el 10 al 24 de mayo.
  • Mayo – junio: entre el 10 al 23 de julio.
  • Julio – agosto: entre el 10 al 23 de septiembre.
  • Septiembre – octubre: entre el 13 al 26 de noviembre.
  • Noviembre – diciembre: entre el 13 al 24 de enero de 2025.

Régimen Simple de Tributación 

Este régimen fue diseñado para que emprendedores y pequeñas empresas puedan declarar sus impuestos en un formulario único. Aquellos contribuyentes inscritos en el régimen simple deberán presentar su Declaración Anual Consolidada entre el décimo primer y el décimo quinto día hábil de abril. De acuerdo con la Dian, para el periodo gravable 2023 las fechas de vencimiento serán entre el 15 y el 19 de abril de 2024, de acuerdo con el último dígito del NIT.

Los inscritos al Régimen Simple responsables del impuesto sobre las ventas (IVA), tendrán que presentar su Declaración Anual Consolidada del Impuesto sobre las Ventas entre el 15 y el 21 de febrero de 2024, según el NIT. 

Estos contribuyentes también deben tener presente el pago de los anticipos bimensuales para el régimen simple. 

Régimen simple de tributación
Fechas para el pago del Régimen Simple de Tributación en 2024. Crédito: Dian.

Presencia Económica Significativa (PES) en Colombia

En 2024 entrará a regir el impuesto para las empresas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con presencia económica significativa y que elijan declarar y pagar el impuesto de renta a través del formulario que defina la Dian. Este es un tributo que se incluyó por medio de la reforma tributaria de 2022, la Ley 2277.

De acuerdo con la autoridad tributaria, estas tendrán que hacer pagos anticipados bimestrales el décimo día hábil de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero, independientemente del último dígito del NIT:

  • Enero – febrero: Hasta el 14 de marzo de 2024.
  • Marzo – abril: Hasta el 16 de mayo de 2024.
  • Mayo – junio: Hasta el 15 de julio de 2024.
  • Julio – agosto: Hasta el 13 de septiembre de 2024.
  • Septiembre – octubre: Hasta el 18 de noviembre de 2024.
  • Noviembre – diciembre: Hasta el 16 de enero de 2025.

Impuesto nacional sobre empaques plásticos 

Otro impuesto que se deberá pagar en 2024 y que se introdujo con la reforma tributaria de 2022 es el impuesto a los productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes. Los responsables tendrán que declarar y pagar esta obligación por los años gravables 2022 y 2023 el décimo séptimo día hábil de febrero de 2024. Es decir, el 23 de febrero.

Impuesto a bebidas azucaradas y ultra procesadas y a alimentos ultraprocesados 

En 2024 también será la presentación de la declaración y el pago de este impuesto que creó el Gobierno con la ley 2277 de 2022. La declaración y el pago anual de este impuesto, se realizará de manera bimestral, el décimo día hábil de los meses que correspondan. Para 2024, los vencimientos serán los siguientes:

  • Enero – febrero: El 14 de marzo de 2024.
  • Marzo – abril: El 16 de mayo de 2024.
  • Mayo – junio: El 15 de julio de 2024.
  • Julio – agosto: El 13 de septiembre de 2024.
  • Septiembre – octubre: El 18 de noviembre de 2024.
  • Noviembre – diciembre: El 16 de enero de 2025.

‘Obras por impuestos’

Aquellas empresas que se hayan vinculado a este programa que permite pagar hasta el 50 por ciento del impuesto de renta a cambio de inversiones en infraestructura  y que hayan solicitado la vinculación hasta el 31 de marzo de 2024, tendrán como plazo hasta el 31 de mayo para presentar su declaración y pagar la primera cuota. 

“Hasta el 31 de mayo de 2024 es el plazo para que los contribuyentes, a quienes se les apruebe la vinculación del impuesto de renta a obras por impuestos, consignen en la Fiducia los recursos destinados a la obra o proyecto”, indicó la Dian. 

Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM

El calendario tributario de la Dian también contiene los plazos para el pago del Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM. Los contribuyentes responsables deberán presentar y pagar esta obligación todos los meses, con plazo hasta el décimo día hábil de cada mes, sin importar cuál sea el número de su NIT. La fecha máxima para el pago de este impuesto el próximo año es: 

  • Enero: hasta el 14 de febrero de 2024.
  • Febrero: hasta el 14 de marzo de 2024.
  • Marzo: hasta el 12 de abril de 2024.
  • Abril: hasta el 16 de mayo de 2024.
  • Mayo: hasta el 18 de junio de 2024.
  • Junio: hasta el 15 de julio de 2024.
  • Julio: hasta el 15 de agosto de 2024.
  • Agosto: hasta el 13 de septiembre de 2024.
  • Septiembre: hasta el 15 de octubre de 2024.
  • Octubre: hasta el 18 de noviembre de 2024.
  • Noviembre: hasta el 13 de diciembre de 2024.
  • Diciembre: hasta el 16 de enero de 2025.

Impuesto Nacional al Carbono

Otro impuesto que deben tener presentes los contribuyentes es el Impuesto Nacional al Carbono, cuya declaración y pago se hace cada dos meses. En este caso, el plazo máximo para el pago es hasta el décimo día hábil de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero así:

  1. Enero – febrero: 14 de marzo de 2024.
  2. Marzo – abril: 16 de mayo de 2024.
  3. Mayo – junio: 15 de julio de 2024.
  4. Julio – agosto: 13 de septiembre de 2024.
  5. Septiembre – octubre: 18 de noviembre de 2023.
  6. Noviembre – diciembre: 16 de enero de 2025.

Impuestos regionales 

Además del calendario nacional, los contribuyentes también deben estar atentos a las fechas para el pago de los impuestos regionales. Según el calendario tributario para Bogotá en 2024 de la Secretaría Distrital de Hacienda, en el caso del predial, la declaración el pago, sin descuento ni sanción, se podrá hacer hasta el 14 de junio. Quienes paguen antes del 26 de abril recibirán un descuento del 10 por ciento.

El Distrito recuerda a los ciudadanos que se puede hacer el pago en cuatro cuotas, sin intereses. Las fechas para realizar los pagos son las siguientes: primera cuota, el 7 de junio; segunda, el 9 de agosto; tercera, el 4 de octubre; y cuarta, el 6 de diciembre.

De igual forma, quienes declaran y pagan el impuesto sobre vehículos tienen como plazo máximo el 24 de mayo de 2024 para acceder al descuento del 10 por ciento y hasta el 28 de junio para declarar y pagar sin descuento ni sanción.
 

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