Las facilidades de pago que ofrece la Dian a deudores para evitar multas y embargos

Crédito: Tomado de la página de Analdex

27 Junio 2024

Las facilidades de pago que ofrece la Dian a deudores para evitar multas y embargos

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales tiene un mecanismo que le permite a los morosos establecer un plazo para pagar sus deudas y evitar que la entidad los denuncie por incumplimientos tributarios.

Por: Juan David Cano

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Este jueves 27 de junio, la Procuraduría General de la Nación abrió una indagación previa a funcionarios de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) por la caída en el recaudo tributario entre enero y mayo de este año. Solo en abril, la entidad recogió 18,6 billones de pesos en impuestos, 40,8 por ciento menos frente al mismo mes del año anterior. 

A la Dian le deben cerca de 9,3 billones de pesos en obligaciones tributarias incumplidas. Crédito: Pixabay. 

Uno de los problemas de la entidad estatal radica en la deuda acumulada por aproximadamente 230.982 contribuyentes, quienes deben cerca de 9,3 billones de pesos en obligaciones tributarias incumplidas. Varios de estos morosos ya han sido denunciados ante la Fiscalía. Por ello, para evitar que más personas enfrenten acciones legales, la Dian recordó que dispone de facilidades de pago.

Las facilidades aplican para diversos impuestos como el de renta o el IVA. Sin embargo, los contribuyentes deben cumplir una serie de requisitos y seguir algunos pasos para ser beneficiarios de este mecanismo.

¿Cómo solicitar facilidad de pago a la Dian?

La Dian explica que el proceso no tienen ningún costo. El solicitante debe pedir la facilidad a través de los buzones electrónicos de la entidad o las ventanillas de correspondencia en las Direcciones Seccionales del país. 

La solicitud debe cumplir con una serie de requisitos generales para ser considerada válida:

  • Ciudad, fecha y dirección de la oficina seccional de la Dian correspondiente a su domicilio tributario.
  • Nombre o denominación social, junto con su Número de Identificación Tributaria (NIT), dirección y teléfono del solicitante.
  • Firma y número de documento de identificación del solicitante, representante legal o apoderado.
  • Copia del documento de identidad del solicitante, representante legal o apoderado.
  • Descripción de la calidad en que actúa (si es en nombre propio, como representante legal o apoderado de una empresa o persona natural) y los documentos que lo respalden. (los documentos que respaldan esta calidad son: Certificado de Cámara de Comercio o poder).
  • Identificación de las obligaciones para las cuales se realiza la solicitud.
  • El plazo de pago solicitado.
  • Periodicidad y modalidad de las cuotas de pago.
  • En caso de ser una sociedad, deberá adjuntar lo indicado en: Páginas - Trámites tributarios (dian.gov.co).

El proceso varía dependiendo del plazo que busca para pagar sus deudas

Requisitos para facilidades de pago con plazo igual o inferior a un año: 

  • Si aplica, haber cumplido las facilidades de pago durante el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Puede presentar la solicitud por escrito o en persona.
  • No se requiere una garantía.

Requisitos para facilidades de pago con plazo superior a un año:

  1. Descripción detallada y documentos que respalden la garantía ofrecida para el pago, de acuerdo con el Instructivo IN-COT-0070 Garantías.
  2. Si es un contribuyente obligado a llevar contabilidad debe adjuntar:
    • Estados financieros firmados de los dos últimos cierres anuales, incluyendo sus notas.
    • Copia de la cédula y tarjeta profesional del contador que los elaboró.
    • También copia de la cédula y tarjeta profesional del revisor fiscal.
  3. Proyección del flujo de caja para el periodo de la facilidad de pago, con inclusión del pago de las cuotas acordadas.
  4. Fotocopia de la tarjeta profesional y cédula del contador público o revisor fiscal, según corresponda.
  5. Si es un contribuyente no obligado a llevar contabilidad o un trabajador independiente debe adjuntar:
    • Certificado de ingresos y retenciones firmados por un contador público.
  6. Si es un asalariado:
    • Certificado de ingresos y retenciones emitido por la entidad o empresa con la que tiene vinculación laboral.

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