Niegan suspensión provisional del fiscal Mario Burgos, como pretendía la defensa del presidente Petro

Mario Burgos es el fiscal del caso de Nicolás Petro Burgos, hijo mayor del presidente Gustavo Petro.

Crédito: Colprensa

9 Mayo 2024

Niegan suspensión provisional del fiscal Mario Burgos, como pretendía la defensa del presidente Petro

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial respondió negativamente a la solicitud que hizo el abogado del presidente Gustavo Petro, Mauricio Pava.

Por: Redacción Cambio

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Este jueves, el magistrado Alfonso Cajiao, presidente de la Comisión de Disciplina Judicial, respondió a la solicitud del abogado del presidente Gustavo Petro, Mauricio Pava. 

La defensa del jefe de Estado pedía la suspensión provisional del fiscal Mario Burgos y pedían el acceso al expediente del proceso disciplinario que se adelanta respecto de las actuaciones de ese fiscal en el caso de Nicolás Petro Burgos, a quien la Fiscalía llamó a juicio por los delitos de lavado de activos y enriquecimiento ilícito. 

De acuerdo con el abogado del presidente, Burgos debía explicar cómo se filtró el video de la captura de Nicolás Petro Burgos. 

“Este vídeo se encontraba en custodia exclusiva de la Fiscalía y el despacho del fiscal primero delegado para la seguridad territorial, Mario Burgos Patiño. De hecho, en el descubrimiento probatorio realizado a Nicolás Petro Burgos al interior del proceso penal, después de la formulación de acusación el 11 de enero de 2024, nunca se le realizó entrega de este documento fílmico de delicado contenido”, argumentaba la defensa en su carta del 19 de marzo de 2024. 

La decisión de la Comisión de Disciplina Judicial

“Mediante auto comunicado hace pocos minutos, el Magistrado Cajiao negó las pretensiones del abogado, al señalar que no corresponde a la Jurisdicción Disciplinaria compartir procesos en curso a quienes no ostentan la condición de sujetos procesales, y que no están dadas las condiciones objetivas para tomar una medida de suspensión, menos cuando la ley establece una clara independencia de poderes que otorgan autonomía a la Rama Judicial”, describe la entidad encargada de velar por el cumplimiento de las garantías constitucionales y legales en la tramitación de los procedimientos disciplinarios. 

En ese sentido, la autoridad disciplinaria de la Rama Judicial menciona que mantendrán su independencia y actuarán en derecho frente a “las decisiones que correspondan y en los términos de ley” en el caso de Petro Burgos. 

De hecho, la Comisión de Disciplina Judicial es un órgano independiente que hace parte de la rama judicial, como también hace parte la Fiscalía, los tribunales, los juzgados, la Procuraduría y las altas Cortes, entre otros. La comisión es la encargada de investigar y sancionar disciplinariamente a todos los funcionarios y empleados de esta rama.

El cambio de magistrados

Este 6 de mayo, la magistrada que llevaba la investigación contra el fiscal Mario Burgos se apartó del proceso. Indicó que debía apartarse, porque en el pasado trabajó en las Empresas de Telecomunicaciones de Bogotá (ETB), en un cargo directivo. En concreto, desde el 16 de marzo de 2012, hasta el 16 de febrero de 2016 y allí ejerció funciones de representación judicial y legal de la ETB. 

“Durante ese lapso, el entonces alcalde mayor de la ciudad de Bogotá, doctor Gustavo Petro Urrego, presidió la junta directiva de la empresa, máximo órgano de administración de la compañía”, apuntó. 

Como era la defensa del presidente Petro la que pedía la suspensión provisional de Burgos, la magistrada puso de presente tal circunstancia, que fue aceptada por la Comisión. 

Tras la decisión, Cajiao llegó al proceso escuchando los testimonios de Katia Burgos, madre de Nicolás Petro; Laura Ojeda, esposa del exdiputado del Atlántico; y de dos de los funcionarios de policía judicial que participaron en la captura: Víctor Alfonso Forero y Juan Camilo López Linares. 

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