Comisión Séptima negó la solicitud de prórroga de la oposición para presentar ponencia de la reforma pensional

Congreso de la República

Crédito: Colprensa.

17 Mayo 2024 11:05 am

Comisión Séptima negó la solicitud de prórroga de la oposición para presentar ponencia de la reforma pensional

La presidencia de la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes notificó al Gobierno que no es viable darle una prórroga para la presentación de la reforma pensional. ¿Por qué?

Por: Redacción Cambio

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Este 16 de mayo, en las horas de la mañana, la presidencia de la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes notificó que no dará prórroga para la radicación de la ponencia para primer debate en la Cámara de Representantes a los ponentes de la reforma pensional. 

De acuerdo con lo mencionado por el legislativo: "lamentablemente no es viable, esto porque cuanto dicho proyecto de ley es de interés nacional; y además está próximo a cumplir sus dos legislaturas y atendiendo en lo dispuesto en el Artículo 190 de la ley 5a". 

La Comisión agregó que la decisión se tomó debido a tres factores: 

  1. La cercanía de la terminación de la legislatura 2023-2024
  2. La alta importancia del proyecto de ley
  3. A la fecha los demás ponentes del proyecto de ley incluida la coordinadora, no han solicitado prórroga para la radicación de la ponencia 

La reforma impulsada por el Gobierno nacional pasó los debates del Senado a finales de abril del año en curso. El quórum decisorio era de 53 votos. En el tablero se contabilizaban 50: 44 por el sí y seis por él no. Además, dos votos manuales.

De los proyectos que ha presentado la administración del Petro, este es el que ha logrado concretar más acuerdos entre las partes tanto del sector aliado como de la oposición, pese a que sigue generando algún ruido. 

  • Pilar solidario: beneficiará a 2,5 millones de adultos mayores de 65 años los hombres y 60 las mujeres, que no cotizaron nunca. Tendrán un bono de 132.000 pesos mensuales.  
  • Pilar semicontributivo: buscará que todas las personas afiliadas al sistema, que no hayan podido cumplir con los requisitos para la pensión, tengan un aporte para su vejez. Recibirán un beneficio económico costeado a partir de sus propios aportes y una contribución del Estado.
  • Pilar contributivo: en este estarán los trabajadores formales, dependientes e independientes, servidores públicos o personas con capacidad de pago. Es para quienes cotizan entre uno y hasta 2,3 salarios mínimos mensuales (SMMLV), que estarán en Colpensiones (este fue uno de los puntos que se cambió en el Senado). Esto quiere decir que, si una persona gana, por ejemplo, 4 SMMLV, lo correspondiente a 2,3 SMMLV se irán al fondo de pensiones público: Colpensiones, y el restante iría a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) de preferencia del cotizante. 
  • Pilar voluntario: es para las personas que cotizan por encima de 2,3 salarios mínimos. Todas estas personas podrán cotizar el excedente en el fondo privado de pensiones de su preferencia. 

 

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