Violencia digital de género: las conductas en línea que se penalizarían en Colombia
22 Noviembre 2022

Violencia digital de género: las conductas en línea que se penalizarían en Colombia

Crédito: Fotoilustración de Yamith Mariño

El proyecto que busca tipificar el delito de violencia digital de género hace trámite en el Congreso y le daría más herramientas a la justicia para proteger a las mujeres ante conductas en internet y, principalmente, en redes sociales. ¿De qué se trata?

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En el actual periodo legislativo hace trámite un proyecto de ley que busca incluir todo un capítulo nuevo al Código Penal colombiano orientado a sancionar las conductas que violen el derecho a la intimidad personal mediante el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones.

La iniciativa fue radicada por la senadora Ana María Castañeda de Cambio Radical y tiene énfasis en la protección de la mujer ante las violencias a las que están expuestas en la red.

Según el proyecto, a partir de la pandemia de covid-19, la violencia digital de género se ha recrudecido a nivel mundial y su atención es compleja por la falta de definición de sus características y la tipificación de las conductas penales que les permitan a los sistemas judiciales sancionar eficazmente.

Además, al entrelazarse con la violencia doméstica y de pareja, se ha dificultado el reconocimiento de la violencia digital de género como una nueva conducta delictiva que merece ser tipificada por aparte.

¿Qué es la violencia digital de género?

Según el texto radicado del proyecto, con la tipificación de este nuevo delito en Colombia se sancionaría a quien, por cualquier medio de las tecnologías de la información y las comunicaciones, capte, grabe o fotografíe imágenes íntimas, así como aquellos que las divulguen por redes sociales y plataformas digitales sin el consentimiento de la otra persona.

Además, la pena aumentaría si el responsable es cónyuge o pareja sentimental de la víctima o si esta sufre de algún tipo de discapacidad o se encontrara en estado de inconsciencia.

La penalización de esta conducta ya había sido pedida por la Corte Constitucional al Congreso en septiembre pasado al revisar el caso de una mujer que fue grabada en el baño de una escuela de equitación con una cámara escondida. El video fue divulgado sin su consentimiento a través de grupos de WhatsApp y el alto tribunal determinó que los derechos como mujer de la víctima fueron vulnerados y que sufrió violencia digital de género.

Igualmente, la Corte dejó claro que en Colombia no existe una norma que permita atender adecuadamente estos casos.

“La grabación de esas imágenes mediante dispositivos de filmación subrepticia exclusivamente en los baños predeterminados para las mujeres indica un parámetro de violencia de género digital”, dice una parte del pronunciamiento de la Corte Constitucional.

Por ello, la petición al Congreso de la Corte fue la de acoger las recomendaciones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que incluyen la prevención, protección, reparación, prohibición y penalización de la violencia de género en línea.

Según la OEA y ONU Mujeres, la violencia de género digital incluye el ciberacoso, la suplantación de identidad, ataque a la reputación, monitoreo y vigilancia, explotación sexual, utilización de plataformas digitales para planear ataques a mujeres, entre otras conductas.

El proyecto también plantea la creación del Programa Nacional de Prevención y Concientización de Violencia Digital de Género que se aplicaría en instituciones educativas con la participación de empresas proveedoras de internet en Colombia.

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