ABC de la reforma al Código Electoral: las reglas de juego que quiere cambiar el Gobierno
10 Noviembre 2022

ABC de la reforma al Código Electoral: las reglas de juego que quiere cambiar el Gobierno

Crédito: Colprensa

El Gobierno de Gustavo Petro envió un mensaje de urgencia para tramitar rápidamente la reforma al Código Electoral, y de ser aprobada, las elecciones de 2023 pueden ser muy diferentes.

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A pesar de que el Gobierno nacional radicó la reforma al Código Electoral desde agosto, más de tres meses después su trámite en el Congreso no ha avanzado sustancialmente. Por eso, el 9 de noviembre pasado, el ministro del Interior, Alfonso Prada, envió un mensaje de urgencia para agilizar la discusión de esta iniciativa y lograr que las nuevas reglas de juego sean aplicables para las elecciones de 2023, en las que serán elegirán las autoridades locales.

Después de la reforma tributaria y el marco jurídico de la paz total, la aprobación de la reforma electoral es la nueva batalla que tendrá el Gobierno en el Legislativo para actualizar una normatividad vigente desde 1986.

Aunque en la legislatura anterior ya se había aprobado una reforma, esta fue tumbada por la Corte Constitucional, por lo que este será el segundo intento en un año para poner nuevas reglas de juego. ¿Cuáles son los cambios que se quieren hacer?

Jornada electoral más larga y con transporte gratis

Según el proyecto de ley estatutaria, el objetivo es ampliar una hora la jornada electoral en Colombia, es decir, ya no se cerrarían las urnas sobre las cuatro de la tarde, sino a las cinco de la tarde con el fin de ampliar la participación de los ciudadanos.

Además, el transporte fluvial y terrestre desde y hacia los puestos de votación debe ser garantizado por el Estado de manera gratuita en el horario de siete de la mañana a seis de la tarde el día de las elecciones.

Voto electrónico, anticipado y registro biométrico

Otro de los cambios que quiere introducir el nuevo Código Electoral, de manera progresiva, es el de implementar avances tecnológicos en las jornadas de elecciones. Por un lado está la implementación del sistema de identificación biométrico en todos los puestos de votación para identificar con la huella dactilar a cada votante.

También se pretende que las personas puedan votar de manera anticipada, es decir, que se ejerza el derecho al voto ocho días antes de la fecha de elecciones. Aún así, los resultados deben conocerse solo cuando se termine la jornada electoral y no antes. Se debe garantizar la custodia de esos votos y que los electores no puedan votar dos veces.

Igualmente se daría paso al voto electrónico mixto, que es cuando la persona vote en el sistema electrónico pero quiera ir a su puesto de votación para dejar la constancia. Estos cambios van a requerir una fuerte inversión por parte del Estado y un reto en términos de ciberseguridad. 

Depuración del censo electoral

Antes de las elecciones regionales de 2027, la Organización Electoral debe tener listo un censo electoral en Colombia actualizado y depurado, excluyendo a las personas que no deberían estar autorizadas para votar y evitar intentos de fraude y trashumancia. 

Además, el objetivo es fortalecer la pedagogía para que los ciudadanos informen oportunamente cuando cambien de domicilio y tengan que actualizar sus puestos de votación.

Encuestas y propaganda electoral

El nuevo Código Electoral que se tramita en el Congreso indica que la Registraduría Nacional debe reglamentar la propaganda política de los candidatos a través de los medios electrónicos, especialmente las redes sociales, pues al estar la normatividad tan desactualizada, es necesario reconocer estas plataformas como una de las principales formas en las que los aspirantes a un cargo de elección popular comunican sus propuestas.

Además, se crearía un registro público de contratos relacionados con encuestas electorales. En otras palabras, todos los contratos para la elaboración de encuestas y sondeos hechos entre firmas encuestadoras y partidos o movimientos políticos deben ser públicos, así las encuestas contratadas no sean publicadas.

Igualmente, las firmas encuestadoras deben aportar copia de todos los contratos celebrados durante los últimos tres años sin importar si fueron con entidades públicas o privadas.

También se fijan unos requisitos técnicos que deben aprobar las encuestas y sondeos para ser publicados, relacionados con el tamaño de la muestra, el margen de error y la cantidad de candidatos que sean tenidos en cuenta.

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