Un juez de segunda instancia decidirá sobre la libertad de ‘Memo Fantasma’
28 Junio 2022

Un juez de segunda instancia decidirá sobre la libertad de ‘Memo Fantasma’

Guillermo León Acevedo

Crédito: Yamith Mariño

Un juez de garantías le negó la posibilidad al señalado exparamilitar de recuperar su libertad por vencimiento de términos. La decisión fue apelada por su abogado.

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El juez 53 de garantías de Bogotá le negó la libertad por vencimiento de términos a Guillermo León Acevedo, un señalado exparamilitar conocido como ‘Memo Fantasma’, señalado de lavar millonarios activos de las extintas Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).


Según el funcionario judicial, hubo maniobras dilatorias por parte de su abogado David Espinosa, en el proceso de recoger las pruebas que la Fiscalía tenía en su contra. Restándole ese tiempo, no habrían transcurrido todavía los 240 días que exige la ley para iniciar el juicio en contra del procesado. La defensa del señalado exparamilitar apeló la decisión, lo cual quiere decir que la decisión final sobre la libertad del procesado quedará en manos de un juez de segunda instancia, es decir, un juez de conocimiento.


Sin embargo, para el abogado de Acevedo, los tiempos perdidos no fueron por su culpa sino por acontecimientos que él atribuye a la Fiscalía y al juez que lleva el caso. La delegada del Ministerio Público estuvo de acuerdo con su postura.


La defensa argumentó que solicitó la libertad por vencimiento de términos porque transcurrieron más de 240 días desde que se radicó el escrito de acusación en contra de ‘Memo Fantasma’ y aún no ha iniciado el juicio en su contra.


Según la cronología que presentó el togado, el 10 de diciembre de 2021 fue citada la audiencia de acusación, que es el inicio formal del juicio, y la diligencia no se realizó por incapacidad del juez. Después, dijo, el 12 de enero de este año inició la audiencia de acusación, pero frente a las observaciones hechas sobre las pruebas de la Fiscalía, el delegado del ente acusador solicitó que se suspendiera para completar datos que no tenía en ese momento. Luego, el 8 de marzo se terminó la acusación y se fijaron las audiencias preparatorias para el 28 de abril, para 6, 7 y 8 de junio y para julio; sin embargo, el 28 de abril no se hizo la audiencia porque la Fiscalía no había terminado de compartir todas las pruebas en contra de Acevedo. Dice el abogado de ‘Memo Fantasma’ que llegó el 6 de junio y no se pudo iniciar con las audiencias preparatorias porque el juez se encontraba por fuera del país en un evento académico. Y, finalmente, por estas razones, advierte el abogado, se vencieron los términos para que su cliente permanezca privado de la libertad.


Uno de los argumentos del fiscal del caso, para oponerse a la petición, es que la defensa de Acevedo se demoró del 11 de marzo al 11 de mayo para recolectar las pruebas de la Fiscalía, es decir, un promedio de 29 días, que, para el delegado del ente acusador, debían restarse de las cuentas del abogado.


Finalmente, el juez 53 de garantías negó la solicitud haciendo alusión a que las falencias administrativas de la Fiscalía para trasladar las pruebas no se pueden atribuir al ejercicio del fiscal del caso, o a una deficiencia de la justicia. Y que, entonces, esos días se deben restar, así como la fecha en la que el juez estuvo incapacitado. No obstante, como el abogado y la delegada del Ministerio Público interpusieron un recurso de apelación, la decisión final queda en manos de un juez de segunda instancia.

Sin embargo, el vencimiento de términos en este caso es casi que inminente. Esto, si se tiene en cuenta que las audiencias preparatorias se reprogramaron para el 24, 25, 26 y 28 de octubre. Es decir que, aunque no le den la libertad por vencimiento de términos en esta oportunidad, el abogado podría volverla a solicitar en un mes.

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