Es oficial: no le pueden pedir el RUT actualizado si no cambió ningún dato
16 Marzo 2023

Es oficial: no le pueden pedir el RUT actualizado si no cambió ningún dato

Crédito: Fotoilustración: Yamith Mariño

El director de la Dian firmó la circular externa que le da vigencia indefinida al registro único tributario (RUT).

Por: Angélica M. Gómez

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Luis Carlos Reyes, director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) firmó este miércoles 15 de marzo una circular externa que busca agilizar trámites en el país: el registro único tributario (RUT) ahora tiene una vigencia indefinida. 

Como había anticipado vía Twitter el funcionario, la circular busca que ninguna entidad le pida a un ciudadano o empresa que su RUT esté actualizado con una vigencia de máximo 60 o 90 días, como se acostumbra para hacer trámites como cobros o contratos. 

En ese momento, Reyes explicó que dado que el RUT es la constancia de que una persona o empresa está registrada ante la Dian, solo debe pedirse la copia actualizada en caso de que exista nueva información sobre el registrado. Es decir, si usted cambió de nombre, dirección o es responsable de más impuestos además de la renta, debe entregar su RUT actualizado, de lo contrario no. 

Algo similar ocurre con las empresas: a menos que la empresa cambie de domicilio, régimen tributario o tenga alguna otra actualización en su información, no debe presentar la copia actualizada del RUT en ningún trámite. 

La circular también recuerda que los datos del RUT son los únicos que la Dian utilizará para contactarse con las personas o empresas para las comunicaciones oficiales, a menos que se presente una situación extraordinaria o diferente a los procesos tributarios normales.

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