LA ISLA DE MR. DRUMPF

Donald Trump quiere eliminar el derecho automático a la nacionalidad que tienen los naturales de los Estados Unidos —es decir, nacidos en su territorio— cuando sus padres sean inmigrantes sin residencia legal. Pretende que tiene el poder de hacerlo mediante sus ucases. Solo que eso era en épocas de zares, no de presidentes de supuestas democracias.
Un país se forma por la conjunción de una población asentada en un territorio y capaz de gobernarse. La población aglutinada en esa célula de la sociedad internacional forma la nación, y la nación forma el país. Sin nacionales un país simplemente no existe. Cada nación soberana puede imponer sus propias reglas sobre nacionalidad. Los factores determinantes son el suelo y la sangre, pero existen otros. Así, por derecho de suelo se le reconoce nacionalidad al que nazca en el territorio; sujeto, en muchas legislaciones, a que sus padres sean nacionales de ese mismo país; o, eventualmente, que tengan residencia legal, o que el propio titular de la opción haga uso de ella fijando domicilio legal en la tierra en donde nació. Estas reglas varían según los países y las épocas, y pueden ser más o menos restrictivas. Además, con el cambio de circunstancias son susceptibles de modificaciones hacia el futuro. Nunca pueden ser retroactivas para despojar de la nacionalidad a quien la adquirió bajo la vigencia de leyes del momento.
Si bien cada país puede establecer sus propias normas, la jurisprudencia internacional ha consagrado que en caso de conflicto de nacionalidades prima la efectiva, la dominante. En otras palabras, se pueden tener muchos sombreros, pero si hay conflicto el que vale es el que está encasquetado. El cuento de que misiá Íngrid era francesa cuando estuvo secuestrada es engañoso, pues para ser candidata presidencial ostentaba su condición de nativa sin conservantes ni aditivos. Por razones humanitarias, sin embargo, hubo que mirar para otro lado y estimular que los franceses intervinieran. Bajo otras circunstancias el gobierno de Colombia tendría que haber impedido cortésmente esa injerencia.
Otra regla aceptada universalmente es que toda persona tiene derecho a una nacionalidad, y esta parece que a Mr. Trump lo tiene sin cuidado. Porque si alguien nace en los Estados Unidos y no tiene opción a otra nacionalidad por derecho de sangre o cualquier otro vínculo, no se lo puede expulsar ni puede quedar apátrida. Con sus salvajes agentes de inmigración (ICE), Trump pretende expulsar del territorio de los Estados Unidos a un contingente monumental de gente ya arraigada, y a criaturas inocentes que merecen protección por su condición de infantes o menores de edad. Si se le aplicara su propia medicina, él mismo tendría que ser expulsado por impuro, descendiente de inmigrantes: madre escocesa y padre hijo de alemanes. En realidad, el abuelo Friedrich era bávaro y se apellidaba Drumpf. El reino de Baviera le retiró la nacionalidad cuando se enteraron de que había eludido el servicio militar. Al igual que luego haría su hijo Fred, el nieto Donald y el biznieto Barron.
Donald, pues, en virtud de tan deshonrosa tradición familiar debería desnacionalizarse y solicitar nacionalidad alemana como Herr Donald Drumpf.
Las reglas sobre nacionalidad no las puede determinar el ejecutivo, que es el encargado de ejecutarlas y respetarlas; no de inventarlas. Se requiere de la concurrencia de los órganos del poder propios de cualquier democracia. El legislativo es el que dicta las leyes, y el judicial el que imparte justicia e interpreta las leyes. Por añadidura, los principios rectores de la nacionalidad forman siempre parte de la ley fundamental. Si los Estados Unidos quieren modificar la norma constitucional que le otorga derecho automático a la nacionalidad a todo el que nazca en su territorio, se requiere una enmienda constitucional. Y sea como fuere, los jueces tendrán que considerar toda circunstancia en que alguien nacido en el territorio de los Estados Unidos pueda resultar apátrida, acogiendo en sus providencias el principio que prohíbe la apatridia.
Los amanuenses legales de Trump pretenden interpretar la decimocuarta enmienda en el sentido de que no fue intención de los legisladores otorgar el derecho automático a la nacionalidad a los hijos de un elenco grande de inmigrantes en distintas situaciones legales que nazcan en territorio de los Estados Unidos. A la Corte Suprema corresponde definir el punto, y por primera vez en la historia un presidente de ese país se presenta en persona a una audiencia del máximo tribunal de justicia con la evidente intención de impactar a los magistrados con su divina aureola molecular. Por ahora no se ve que la pirueta le haya funcionado. Los abogados del gobierno trataron de alegar que había una variedad de nuevas circunstancias. Las habrá, le replicó un magistrado, pero están en la misma Constitución. Y dice así:
“Enmienda XIV - Sección 1. Todas las personas nacidas o naturalizadas en los Estados Unidos, y sujetas a su jurisdicción, son ciudadanas de los Estados Unidos y del estado donde residen. Ningún estado promulgará ni aplicará ley alguna que restrinja los privilegios o inmunidades de los ciudadanos de los Estados Unidos; ni privará a persona alguna de la vida, la libertad o la propiedad sin el debido proceso legal; ni negará a persona alguna dentro de su jurisdicción la igual protección de las leyes”.
El balón en estos momentos está en la cancha de la Corte Suprema.
¡Felices Pascuas!
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