Falsos positivos: JEP prepara sanción por más de 100 casos en Catatumbo
21 Octubre 2022

Falsos positivos: JEP prepara sanción por más de 100 casos en Catatumbo

Crédito: JEP

Diez militares y un civil recibirán sanciones propias como máximos responsables de falsos positivos en el Catatumbo. Así serían estas penas.

Por: Santiago Luque Pérez

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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) emitió una resolución de conclusiones en la que acepta a diez militares retirados y un civil como elegibles para sanciones propias. A los comparecientes se les acusa de ser máximos responsables de asesinatos extrajudiciales, conocidos como falsos positivos, en Catatumbo

Para el tribunal los comparecientes cumplieron con el reconocimiento de responsabilidad en los crímenes que se les imputaron y aportaron verdad completa, detallada y exhaustiva. Por esta razón son elegibles para obtener una sanción propia. 

El Grupo de Análisis de la Información de la JEP identificó 420 víctimas de esta práctica en el departamento de Norte de Santander en el período 1985-2016. El 82 por ciento de las víctimas del departamento se concentran en el periodo comprendido entre 1999 y 2008.

La Sala de Reconocimiento indicó que la Brigada Móvil No 15 (BRIM15) y el Batallón Francisco de Paula Santander (Bisan) asesinaron a 120 civiles en estado de indefensión.

En seis meses la JEP deberá emitir la sentencia contra estas 11 personas. En ella deberá hacer una evaluación de la resolución de conclusiones, recién emitida. Además deberá verificar la correspondencia entre las conductas reconocidas, su calificación jurídica, los responsables y emitir las sanciones correspondientes.

El reconocimiento y la verdad

Los días 26 y 27 de abril de 2022 se realizó en Ocaña, Santander, la audiencia pública de reconocimiento de estos hechos. En ella comparecieron diez militares pertenecientes al BRIM15 y al Bisan, y un civil ante las víctimas.

Los comparecientes debieron responder las preguntas de los magistrados de la JEP y de las víctimas acreditadas. Además de reconocer que fueron los máximos responsables de los casos de falsos positivos en el Catatumbo.

Tanto las víctimas como el Ministerio Público emitieron su concepto en relación con los aportes de verdad posterior a la audiencia. La JEP realizó una consideración del caso y de los comparecientes para emitir la resolución de conclusiones.

La JEP destacó las contribuciones a la verdad sobre las circunstancias institucionales y estratégicas en las cuáles sucedieron los asesinatos y desapariciones forzadas de víctimas presentadas como bajas en combate.

Además, sobre el conocimiento que tenían sus superiores de las denuncias presentadas por las víctimas y por integrantes de las unidades militares

Durante la audiencia el cabo primero Néstor Guillermo Gutiérrez detalló cómo era el modus operandi de los militares para llevarse a las víctimas. “Los secuestrábamos, nos los llevábamos. Los asesinamos, madre, esa es la verdad (..) venían tranquilos porque no debían nada y nos los llevábamos”, señaló el suboficial retirado del Ejército.

Además la JEP indicó que fue importante el reconocimiento de Gutiérrez para conocer detalles del conflicto en la región. Por ejemplo, señaló: “Tuve un solo combate real con la guerrilla. De resto, ellos por un lado y nosotros por el otro”. 

Los representantes de las víctimas calificaron el testimonio del cabo primero como “información valiosa”. Además el Ministerio Público señaló que el reconocimiento fue replicado por los medios de comunicación y añadió que esto “representa la claridad con la cual buscó aceptar su reconocimiento ante las víctimas y la sociedad colombiana”

Por otra parte, el testimonio del brigadier general (r.) Paulino Coronado fue cuestionado por las víctimas. En un concepto emitido por los representantes de las víctimas, señalaron que se sintieron revictimizadas con parte de su testimonio. “El compareciente adoptó una posición justificatoria y negacionista que no guardaba coherencia con la atribución de responsabilidad”.

Sin embargo, para las víctimas fue importante la ampliación realizada el primero de julio de este año, en la que se aclararon algunos hechos. Los representantes señalaron que en esta audiencia se esclareció la “solidaridad de cuerpo y guerra jurídica, que habrían sido utilizados por el Ejército Nacional como parte de una estrategia de justificación para desestimar las denuncias manifestadas por la comunidad”. 

Por su parte, la JEP valoró el aporte documental entregado por el brigadier general y que sirven de aporte a la verdad. Entre los documentos entregados está, por ejemplo, el plan de campaña del año 2006 de la segunda división y que “fue de utilidad para la comprensión de los elementos institucionales en los que tuvo lugar el patrón macrocriminal”. 

Las sanciones

El siguiente paso dentro del proceso será la sentencia en la que el tribunal de paz impondrá las sanciones propias. Este método de pena alternativa tiene dos componentes: uno reparador y restaurador, y otro de restricción efectiva de libertades y derechos, que puede extenderse hasta por ocho años y que debe ser verificado y monitoreado por Naciones Unidas.  

Estas sanciones se imponen en medio del subcaso Catatumbo y en el macrocaso 03 que investiga los asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado.

Los comparecientes que son acreedores de esta sanción son quienes cumplan con tres dimensiones: 

  • Fáctico: el reconocimiento de los hechos y un aporte detallado y exhaustivo a la verdad.  
  • Jurídico: alude a la naturaleza criminal no amnistiable de las conductas y a las razones de la responsabilidad penal individual. 
  • Restaurativo: relacionada con la necesidad de nombrar y aceptar el daño causado a las víctimas y a la sociedad en su conjunto.

La Sala de Reconocimiento presentó siete propuestas de sanción propia con contenido restaurativo y reparador. Estas fueron construidas a partir de los proyectos originales presentados por los comparecientes y las opiniones, consideraciones, modificaciones sugeridas y contrapropuestas de las víctimas

Los proyectos que entrarán a deliberación del tribunal de paz y que quedarán consignados en la sentencia de primera instancia que será emitida en un plazo máximo de seis meses son: 

  1. Salón de exposición dentro del Museo Nacional de la Memoria de Colombia sobre asesinatos y desapariciones forzadas de personas para ser presentadas como bajas en combate por agentes del Estado. 
  2. Parque memorial de las 6.402 víctimas de asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate por agentes del Estado. 
  3. Placas ubicadas en los parques donde fueron aprehendidas las víctimas para posteriormente ser asesinadas y desaparecidas forzadamente y presentadas como bajas en combate por agentes del Estado. 
  4. Construcción de espacios físicos donde las víctimas de hechos relacionados con asesinatos y desapariciones forzadas de personas para ser presentados como bajas en combate por agentes del Estado puedan congregarse y realizar actividades para su fortalecimiento organizacional. 
  5. Proyectos de recreación, deporte y ocupación del tiempo libre para jóvenes en contextos de vulnerabilidad social y económica. 
  6. Documental fílmico Las verdades del Catatumbo, proyecto presentado por los comparecientes Santiago Herrera, Rubén Darío Castro, Álvaro Diego Tamayo Hoyos y Juan Carlos Chaparro. 
  7. Cátedras para fortalecer la no repetición, proyecto presentado por los comparecientes Santiago Herrera, Rubén Darío Castro, Álvaro Diego Tamayo Hoyos, Gabriel Rincón Amado y Juan Carlos Chaparro.
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