La ruta de cese al fuego bilateral: esto es lo estipulado en los 5 decretos del Gobierno
4 Enero 2023

La ruta de cese al fuego bilateral: esto es lo estipulado en los 5 decretos del Gobierno

Crédito: Yamith Mariño

Así funcionarán los procesos de cese al fuego y verificación de su cumplimiento, según los decretos publicados por el Gobierno.

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El 31 de diciembre de 2022, el Gobierno nacional emitió los decretos 2660, 2659, 2658, 2657 y 2656 de 2022 que establecen el cese al fuego bilateral con cinco grupos al margen de la ley: los Pachenca, el Clan del Golfo, la Segunda Marquetalia, el Estado Mayor Central de las Farc y el Ejército de Liberación Nacional (ELN). 

Todos los decretos establecen la designación de delegados, por parte del Gobierno y de las estructuras armadas, para conformar un Mecanismo de Veeduría, Monitoreo y Verificación, que serán protegidos por la Policía Nacional a través de la unidad especializada en edificación de paz. 

Este 4 de enero, el ministro del Interior, Alfonso Prada, anunció en una rueda de prensa que el decreto 2657 se suspendió, a raíz de los comunicados públicos del ELN en los que manifestaron que no se ha definido el cese a las hostilidades con ese grupo guerrillero. 

El ministro aseguró que no se reanudarán los efectos jurídicos del decreto hasta que el ELN ordene una tregua oficial, y mientras tanto, las fuerzas militares reactivarán sus operaciones en pro de la seguridad de las comunidades afectadas. 


Condiciones de los decretos

Para el Estado Mayor Central, el documento especifica que este grupo armado acordó pausar las operaciones el 24 de diciembre. Con ellos también se contempla la participación en el proceso de paz y que "se encuentren dentro de los procedimientos”. 

Frente a los otros tres grupos, los decretos hablan de un posible sometimiento a la justicia. El ministro también dijo que existe un sexto decreto en el que se disponen los mecanismos de negociación. 

Con las AGC se estipula que para facilitar la instalación de la mesa de diálogo se instauró el cese de las operaciones militares y así, “lograr el sometimiento a la justicia y su desmantelamiento”.  

Para las ACSN y la Segunda Marquetalia también instaurar la mesa de negociación, el sometimiento a la justicia y el desmantelamiento respectivo. En todos los decretos se ordena el cese bilateral del fuego desde el 01 de enero de 2023, hasta el 30 de junio de 2023.

“El cese al fuego bilateral y temporal de carácter Nacional (CFBTN) podrá ser prorrogado por el Gobierno Nacional, previa recomendación que en tal sentido realizará el Mecanismo de Veeduría, Monitoreo y Verificación”, se especifica respecto a la necesidad de continuar con el acuerdo. 

Verificación

Los decretos dictaminan que el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, que la Misión de Verificación de ONU, en Colombia, verifique el cumplimiento del cese al fuego, y le otorga al Ministerio de Defensa Nacional y la Oficina del Alto Comisionado el poder de solicitarles a otros organismos gubernamentales que observen, monitoreen y verifiquen dichos ceses al fuego. 

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