Demandada la Ley de seguridad ciudadana por inconstitucional
Crédito: Yamith Mariño Diaz
La Comisión Colombiana de Juristas y las organizaciones Sisma Mujer y DeJusticia argumentan que la norma, promovida por el exministro Diego Molano, viola varios derechos de la ciudadanía contemplados en la Constitución.
Por: Maria F. Fitzgerald
En conjunto con Sisma Mujer, y con DeJusticia, la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ) demandó la Ley de seguridad ciudadana, firmada por el presidente Iván Duque, por “atentar contra los derechos básicos que debe garantizar el Estado a la ciudadanía”.
La demanda reúne siete puntos claves que los colectivos señalaron como inconstitucionales:
- Demandaron las modificaciones creadas por la Ley de seguridad ciudadana que cambiaron el Código de Extinción de Dominio, así como la asignación de contratos a privados para el cuidado de cárceles. En ambos casos señalaron que se trataban de modificaciones que no tenían relación alguna con la seguridad ciudadana y por lo mismo no había motivo para incluirlos en esta ley.
- Demandaron la figura de legítima defensa privilegiada por considerarla inconstitucional. El colectivo señala que, en este caso, la legítima defensa no puede aplicar a eventos que ocurran en el espacio público ya que “dificultaría perseguir penalmente a personas que actúen por fuera de la legítima defensa, lo que afecta la seguridad pública y la administración de justicia”.
- Demandaron una de las medidas pedagógicas de la ley, que exige un manejo especial a personas a quienes, en la misma ley, califican como "inimputable sociológico", y también como "error de prohibición culturalmente condicionado". Esto, refiriéndose a personas que, por su identidad étnica, tienen una jurisdicción distinta al del grueso de la población. Señala la CCJ que “la medida adopta una suerte de ‘corrección cultural’ que considera la imposición de valores culturales mayoritarios a personas de culturas [diversas], lo que es inconstitucional porque anula la diferencia cultural, base del Estado multicultural colombiano”.
- Demandaron el aumento de la pena máxima de prisión permitida en Colombia, que pasó de 40 a 60 años. La ley incluye también un apartado que señala casos de excepción, que podrían permitir penas incluso mayores. Esto, porque con estas medidas se vulneraría la prohibición de la cadena perpetua en el país.
- Uno de los puntos principales de la demanda señaló las modificaciones hechas a la figura de traslado por protección. En este caso, la CCJ considera que las causales para esta figura son incluso más ambiguas que las que existían previamente, lo que podría derivar en mayor probabilidad de abusos policiales: “Al eliminar su carácter como último recurso para la protección de una persona, se fomenta su uso arbitrario y desproporcionado por parte de las y los miembros de la Policía”.
- Demandaron el artículo 48 de la Ley de seguridad ciudadana que le permite a la Policía acceder, sin orden judicial previa, a circuitos privados de seguridad. En este caso señalan que es una medida desproporcionada que podría prestarse a vulneraciones a la privacidad de toda la ciudadanía.
- Demandaron el artículo que permite la penalización del avasallamiento penal de inmueble, que es el artículo que da luz verde a capturar y penalizar a quienes ocupen una propiedad privada, o pública, sin previa autorización de sus propietarios. Aquí, la CCJ señala que, por su ambigüedad, el artículo podría terminar de estigmatizar espacios de protesta social, o incluso el simple hecho de estar ocupando un lugar del espacio público: “Este tipo penal resulta violatorio del principio de legalidad estricta exigido por la Constitución”.
Adicionalmente, los colectivos solicitaron a la Corte Constitucional revisar la ley en su totalidad, pues consideran que fue construida sin perspectiva de género y que su fin último, que es promover la seguridad, no está teniendo en cuenta las perspectivas de violencias diferenciales que enfrentan las mujeres y las minorías de género.