Daniel Coronell
5 Septiembre 2021

Daniel Coronell

El fiscal indolente

Esta es la historia de una mujer golpeada y abusada por su pareja a quien Colombia no le hizo justicia por cuenta de la incompetencia de un fiscal.

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Esta es la historia de una mujer golpeada y abusada por su pareja a quien Colombia no le hizo justicia por cuenta de la incompetencia de un fiscal. Los hechos fueron revelados esta semana por el periodista Jorge Espinosa de Caracol Radio. La víctima se llama Ingrid Karina Sánchez. Ella denunció inicialmente que a lo largo de catorce años fue sometida a repetidas golpizas y todo tipo de vejámenes por parte de su compañero sentimental, un hombre doce años mayor que ella y con quien empezó a salir cuando tenía 18 años. Seis meses después se fueron a vivir juntos.

El hombre se llama Pedro Juan Bonett González y acaba de ser absuelto del delito de violencia intrafamiliar por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. La sentencia deja claro que el caso se cayó por la ineptitud del fiscal asignado.

Aunque eran muchos años de terribles abusos, el proceso terminó reduciéndose a las agresiones físicas sucedidas entre el 15 y el 18 de mayo de 2015, cuando Ingrid fue encerrada en el apartamento del barrio El Chicó de Bogotá, donde vivía con Bonett y los dos hijos que habían tenido juntos. De acuerdo con la denuncia allí fue sometida “a golpes, insultos, ahogamientos con bolsa plástica, prácticas sexuales en contra de la voluntad de la mujer e ingesta de sustancias que anularan su consciencia”.

Un examen de Medicina Legal acredita el estado físico de Ingrid Karina Sánchez en el momento de denunciar los hechos.

Aunque inicialmente Bonett fue enviado a la cárcel, imputado con cargos de tortura y acceso carnal violento, el proceso empezó a caerse a pedazos porque la denuncia estaba limitada a esos días y no todos los abusos fueron incluidos en la acusación. Así que el 24 de julio de 2019 el juez de primera instancia lo declaró inocente.

Sin embargo, la Fiscalía apeló y en segunda instancia Bonett fue condenado a ocho años de prisión por el delito de violencia intrafamiliar. El Tribunal Superior de Bogotá afirmó que  “de acuerdo con las pruebas de cargo aportadas en el juicio, era posible sostener que tanto Ingrid Karina Sánchez como sus hijos, habían sido sometidos por un largo periodo a constantes maltratos físicos y verbales por parte de su compañero permanente y padre, Pedro Juan Bonett, actuación sistemática que tuvo su punto más álgido durante los días 15, 16, 17 y 18 de mayo de 2015”.  

El Tribunal Superior de Bogotá afirma

Bonett alegó que su esposa estaba fuera de sus cabales y que la mejor prueba era que desistía de las querellas contra él y se retractaba de las acusaciones. El Tribunal anotó, con razón, que esa es una conducta recurrente en mujeres maltratadas. 

Pese a todo, los abusos sexuales y las palizas fueron considerados por la justicia como no probados porque la víctima no acudió al juicio a reiterarlos. Es decir que para que los dieran por ciertos, Ingrid debería haberse revictimizado con una declaración pública sobre las vejaciones.

Existía, en todo caso, una forma de avalar sus declaraciones iniciales con los testimonios de otras personas que las reiteraban, como la directora del colegio de sus hijos que la había visto golpeada o el agente del CTI que recibió la denuncia y pudo ver el estado en que llegó. 

Lo triste es que esos testimonios no fueron tenidos en cuenta en el proceso por la incompetencia del fiscal del caso. Sobre esas evidencias ignoradas, la Corte Suprema dice en la sentencia “no fueron solicitadas ni decretadas como tales dentro de la oportunidad legal y conforme el rito procesal establecido para su validez, resultan ser pruebas ilegales que, por lo mismo, deben excluirse del torrente probatorio”. 

Evidencias ignoradas

Por eso en la sentencia que absuelve a Bonett, la Corte Suprema acepta que la decisión favorece la impunidad y explica “la Corte encuentra necesario hacer un llamado de atención al Fiscal del caso, pues por falta de una adecuada diligencia y una muy deficiente actividad probatoria, en un asunto como el presente constitutivo de un grave delito de violencia intrafamiliar, se terminó propiciando una triste y nociva impunidad”.

Sentencia

La Corte ordena que copia de la decisión le sea enviada al fiscal general, Francisco Barbosa, para que en casos futuros se superen las deficiencias cometidas por su delegado. 

El fiscal del caso, quien por su desgreño dejó en libertad a un hombre peligroso y en peligro a sus víctimas, se llama Gabriel Ramón Jaimes Durán. Sí, el mismo que está pidiendo precluir a favor del señor expresidente Álvaro Uribe el caso por soborno de testigos y fraude procesal.

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