¿Mi mascota puede ser mi único heredero? Esto dice la ley Colombiana

Imagen referencia de un perro compartiendo con sus dueños.

Crédito: Freepick

15 Abril 2024

¿Mi mascota puede ser mi único heredero? Esto dice la ley Colombiana

En Colombia los animales de compañía se han convertido en un miembro más de la familia, incluso en muchos casos, cumplen la función de un hijo, por lo que muchos se preguntan ¿Mi mascota puede ser mi heredero legalmente?

Por: Redacción Cambio

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En Colombia los niveles de natalidad se han disminuido en los últimos años, pero la adopción y tenencia de perros, gatos y otros animales domésticos ha aumentado. De acuerdo con datos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) para 2022, al menos, 3 millones de hogares gastaban mensualmente en alimentos y cuidados para sus mascotas. 

En algunos hogares, los animales domésticos se han convertido en una parte importante de las familias, incluso, algunos tenedores consideran que son como "hijos". Es por eso en los casos donde las personas no tienen a quién dejarle la herencia, se preguntan si pueden hacer a sus animales los herederos directos de todas sus pertenencias materiales. 

¿Qué dice la ley colombiana sobre la herencia?

Lo primero que se debe tener en cuenta es que en Colombia la herencia es una figura jurídica del derecho civil y busca que antes del fallecimiento de una persona se tenga claro quién o quienes son los destinatarios de los bienes, derechos y obligaciones de la persona que puede fallecer o que ya falleció. 

Por lo que, "si el difunto no deja descendientes ni ascendientes legítimos, le suceden sus hijos naturales y su cónyuge. La herencia se divide en dos partes: una para el cónyuge y la otra para los hijos naturales. No habiendo cónyuge sobreviviente, la herencia corresponde íntegramente a los hijos naturales", dice la ley 45 de 1936. 

En caso puntual que la persona que murió no tenga a quien dejarle sus bienes, derechos y obligaciones, automáticamente, el Estado colombiano puede tomar dominio sobre todo lo del fallecido. 

Por lo que, teniendo en cuenta lo mencionado por la ley, hasta el día de hoy, las mascotas no pueden ser herederos directos de ningún bien material, por más de que su adoptante lo desee, ya que en Colombia se hace énfasis en que solo puede recibir está responsabilidad y derecho las personas naturales o jurídicas. 

Alternativas para salvaguardar el bienestar de su mascota 

Sin embargo, pese a que el animal no puede recibir la herencia de forma directa, existen algunos mecanismos que pueden ser aplicados en estos casos para salvaguardar los derechos y el bienestar de las mascotas. 

El mecanismo más común es que deje a cargo a una persona de confianza la responsabilidad de su animal de compañía. Asimismo, puede dejar en su herencia especificando un monto para los gastos de su mascota. Otra opción es buscar una fundación que se haga cargo de animales y pueda dejarle la responsabilidad legal del suyo. 

En ambos casos se debe dejar consignado su deseo en un documento legal, para que sea de obligatorio cumplimiento. También que hable con las personas que estarán inmiscuidas en el proceso para que estén pendientes de que tendrán una nueva responsabilidad. 

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